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Histórico fallo contra asesinos de la dictadura

Condenaron a 18 represores que actuaron en la Esma en la última dictadura.

En un fallo histórico, por primera vez desde la recuperación de la democracia en 1983 el ex marino Alfredo Astiz y otros represores que secuestraron, torturaron y mataron en la Esma fueron condenados en la Argentina. El “ángel de la muerte”, como se lo conoció al represor que se convirtió en emblema del terrorismo de Estado, recibió una condena de reclusión perpetua de parte del Tribunal Oral Federal Nº 5 porteño, al igual que Antonio Pernías, Oscar Montes, Raúl Scheller, Ricardo Cavallo, Alberto González, Néstor Savio, Adolfo Donda, Raúl “Mariano” Scheller, Julio Coronel, Ernesto Weber y Jorge Radice, por delitos de lesa humanidad cometidos durante la represión ilegal.

En tanto, el tribunal condenó a 25 años a Manuel García Tallada y a Juan Carlos Fotea, mientras que Carlos Capdevilla recibió 20 años y Juan Antonio Azic 18, y Juan Carlos Rolón y Pablo García Velasco fueron absueltos.

Familiares de las víctimas y sobrevivientes de la Escuela de Mecánica de la Armada –uno de los mayores centros clandestinos de detención de la dictadura– estallaron en gritos y se fundieron en abrazos al escuchar el veredicto judicial.

Durante casi dos años el tribunal integrado por los jueces Ricardo Farías, Daniel Obligado y Germán Castelli escuchó a más de 200 testigos que dieron cuenta del accionar de los marinos del famoso Grupo de Tareas 3.3.2., cuya misión era infiltrar organismos políticos, secuestrar disidentes y torturarlos. El jefe de la patota está muerto: era el almirante Emilio Massera, condenado en 1985 en el Juicio a las Juntas y luego indultado por el ex presidente Carlos  Menem.

Al conocer la sentencia, Astiz –que ya fue condenado en ausencia a prisión perpetua en Francia en 1990 y en Italia en 2007– mostró una sonrisa y apretó una escarapela que llevaba sobre la solapa del saco.

Bajo el seudónimo de Gustavo Niño, el ex marino se infiltró en el grupo de las madres de desaparecidos en 1977 y marcó a las víctimas: entre ellas –que fueron torturadas en la Esma y luego arrojadas vivas al mar– figuran la fundadora de Madres de Plaza de Mayo, Azucena Villaflor, y las monjas francesas Léonie Duquet y Alice Domon.

Astiz y el resto de los represores que recibieron reclusión perpetua fueron considerados responsables por delitos de lesa humanidad, incluidos los secuestros y desapariciones de Villaflor y sus compañeras María Bianco y Esther de Careaga; y del periodista y escritor Rodolfo Walsh.

En su fallo y a diferencia de otros juicios por los crímenes de la dictadura, el tribunal no dispuso la prisión en cárcel común, por lo que muchos de ellos cumplirán sus penas en su domicilio, y tampoco enmarcó los delitos en la figura de “genocidio”.

De hecho, el tribunal solicitó a las máximas instancias judiciales que soliciten a instancias internacionales la incorporación de la figura de “genocidio” para el caso de perseguidos políticos, a fin de poder aplicarlo en los procesos locales. Como sea, el fallo de ayer, posibilitado a partir de la declaración de nulidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, significó un paso histórico en la reparación de las víctimas y en la búsqueda de verdad y justicia.

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