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EPE: ¿Kilovatios por los servicios no prestados?

“Es un mecanismo sencillo y no representaría un gasto excesivo para le EPE”, afirmó Edgardo Bistoletti, Defensor del Pueblo e impulsor de esta recomendación.

bistoletti

Las alteraciones en el suministro eléctrico en lo que va de enero han generado innumerables inconvenientes a los comerciantes, a quienes viven en edificios de propiedad horizontal y tienen problemas de salud en general y perturban la cotidianeidad de los ciudadanos. Frente a esta situación El Defensor del Pueblo solicitó hoy una reunión al ministro de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente, Antonio Ciancio, con el objetivo de recabar información acerca de la prestación del servicio de energía eléctrica por parte de la EPE.

Ante estas alteraciones en el suministro eléctrico, los usuarios se encuentran con dos situaciones. Por una parte, la falta de luz en sí misma y los inconvenientes que esto genera, y por otra, los daños que pueda haber sufrido en los artefactos electricos de su propiedad.

Respecto de los daños sufridos por los usuarios a causa de los reiterados y prolongados cortes en el servicio, el Defensor pidió que se estudie la factibilidad de implementar un mecanismo de resarcimiento.

En cuanto al servicio no prestado, se elevará una recomendación para que se reglamente la aplicación del artículo 30 de la Ley de Defensa del Consumidor, que dice:

“Cuando la prestación del servicio público domiciliario se interrumpa o sufra alteraciones, se presume que es por causa imputable a la empresa prestadora. Efectuado el reclamo por el usuario, la empresa dispone de un plazo máximo de treinta días para demostrar que la interrupción o alteración no le es imputable. En caso contrario, la empresa deberá reintegrar el importe total del servicio no prestado dentro del plazo establecido precedentemente. Esta disposición no es aplicable cuando el valor del servicio no prestado sea deducido de la factura correspondiente. El usuario puede interponer el reclamo desde la interrupción o alteración del servicio y hasta los quince días posteriores al vencimiento de la factura”.

De acuerdo a Bistoletti, “un mecanismo sencillo y aplicable sería el de reconocer y devolver a los usuarios los kilovatios por los servicios no prestados”. El Defensor evaluó que esta medida “no representaría un gasto excesivo para la EPE” y añadió que se trataría de “un mecanismo simple y justo para que los ciudadanos no tengan que realizar largos trámites”. El Ombudsman aclaró finalmente que, una vez realizada la recomendación, queda en manos del Ejecutivo y Legislativo provinciales definir la implementación de la medida.

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