Ciudad

Fallo judicial

El Estado deberá pagar un mini cooper que secuestró y compactó por error

Le quitaron el auto mientras lo investigaban por un robo, pero resultó inocente. Cuando lo fue a recuperar, eran sólo chatarras. El juez entendió que la Provincia no custodió el vehículo como debía y ahora deberá indemnizar al dueño.


Un hombre fue investigado por un hurto en 2013. En medio de la pesquisa, por orden judicial, le secuestraron su auto: un Mini Cooper negro que quedó a disposición del juez penal correccional. Después de cuatro años, el hombre fue sobreseído del caso. Cuando fue a reclamar el auto, le dijeron que lo habían compactado. Hizo una demanda civil contra el Estado provincial y pidió 196 mil pesos por los daños ocasionados. El juez de circuito Eduardo Arrichuluaga le dio la razón y entendió que fue un claro caso de incumplimiento del deber de custodia.

En 2013 Cristian quedó involucrado en una investigación por hurto junto a una mujer. En noviembre de ese año, el juez correccional ordenó un allanamiento en su casa. Le secuestró un Mini Cooper negro que quedó a disposición judicial y fue derivado, en agosto de 2016, al depósito del Estado provincial ubicado en zona Oeste.

En mayo de 2017, y luego de que el caso pasara al sistema residual, a Cristian lo sobreseyeron. Cuando fue a buscar su auto, le informaron que el Mini Cooper había sido compactado en el marco del Programa Nacional de Compactación (PRO.NA.COM). Cristian presentó un reclamo administrativo ante la provincia para obtener una reparación económica, pero no tuvo respuestas. Ante la negativa, inició una demanda en el fuero civil y solicitó 180 mil pesos por daños materiales y 16 mil pesos por la privación del uso del auto más intereses.

El caso cayó en el Juzgado de Circuito N° 2 a cargo del magistrado Eduardo Arichuluaga quien notificó a la provincia. Pero desde el Estado santafesino negaron los hechos y cualquier responsabilidad. Como si fuera poco, pidieron que le cobren cerca de 63 mil pesos de una deuda de patente que tenía el auto de alta gamma.

La responsabilidad del Estado

El juez avaló el derecho de Cristián a demandar al Estado provincial luego de acreditar un boleto de compra venta del auto, que había sido reconocido por el vendedor en el trámite penal. Se basó en el Código Civil que habilita este tipo de reclamo para quien acredite “ser propietario, tenedor o poseedor de buena fe del bien”.

En el fallo, el magistrado señaló que el auto había sido secuestrado de forma adecuada como elemento del delito por orden de un juez penal. Pero que el vehículo debió quedar en custodia a la espera de una resolución y devuelto en las mismas condiciones en el caso de un sobreseimiento.

Arichuluaga dijo que “existió de parte de la provincia un claro supuesto de responsabilidad por omisión del deber de custodia del auto secuestrado”. El juez concluyó que deberá reparar el daño causado, y condenó al Estado de Santa Fe a pagar la indemnización solicitada. Además rechazó el planteo de la demandada de descontarle a Cristian las patentes adeudadas y dijo que, de existir esa deuda, debió reclamarse debidamente dentro del proceso.

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