Edición Impresa

El desafío de la reforma penal

Por Ana Laura Piccolo.- El juez Javier Beltramone dijo que si se quiere tener éxito, el sistema deberá resolver los conflictos menores con mayor rapidez y apuntar las nuevas herramientas de persecución en casos de los delitos graves, complejos y organizados.


reformadentro

“La aplicación cotidiana de la pena como único fin de un proceso penal poco aporta a la sociedad. Debería también reparar y no sólo distribuir, ya que la prisión como única alternativa aparece ligada a la idea de control social, por lo general en personas con algún grado de vulnerabilidad, mientras que en los particulares esconde un claro deseo de venganza. Quien sostiene lo contrario, a la luz de los hechos, se equivoca. La pena de prisión efectiva, como único camino, sólo genera más daño y sabemos que en la cárcel no hay posibilidades serias de resocialización”. La reflexión es parte del análisis que hizo el juez penal Javier Beltramone sobre la inminente puesta en marcha del nuevo Código Procesal Penal en la provincia de Santa Fe, que empezará a regir a partir de febrero próximo.

“De la reforma deberíamos esperar una Justicia más cercana a la gente y más democrática, pero necesitará un cambio cultural muy profundo de todos los actores del sistema. Por una parte, el Ministerio Público de la Acusación, si utiliza las herramientas que hoy ya se encuentran en vigencia y poco se aplican –criterios de oportunidad, probation, mediaciones penales– para comprender que detrás de algunos delitos se esconden conflictos sociales y personales, podrá fácilmente resolver cuestiones menores y dedicarse al delito económico, violento y organizado, que es el verdadero desafío de dicho Ministerio”, dijo Beltramone.

En relación al Servicio Público de la Defensa, refirió que “tiene la posibilidad de lograr acuerdos con la Fiscalía y ello le servirá para finalizar conflictos menores en poco tiempo, sobre todo cuando se puede restaurar el daño causado y por ende reparar el conflicto producido. Esta cuestión debe ser el cambio cultural necesario, pues so pretexto de una defensa irrestricta de un hecho con apariencia penal y menor, se puede desembocar en una multiplicación de ese conflicto por el mero transcurso del tiempo sin respuesta, en desmedro de encontrar su solución. Además, los jueces por imperio de la ley deberemos tratar de coadyuvar a las partes cuando  presenten estas peticiones de acuerdos”.

En líneas generales, el magistrado se acercó a la idea de un derecho penal restaurativo en oposición a uno distributivo: “El nuevo Sistema permite acercarse más a las personas y explicarles que en muchos casos hay una solución distinta que mejora y supera, que es la Justicia restaurativa, que busca reparar, componer. Es verdad que nunca va a ser igual que antes y por eso se habla de restaurar. Si se quiebra la pata de una mesa la puedo pegar, enderezar y aunque no quede igual, la mesa va a seguir siendo una mesa”.

Pero para ello –prosiguió– “es necesario que los actores jurídicos entendamos que detrás de varias conductas que se tipifican como delitos hay conflictos cuya lógica muchas veces está por fuera de la producción del daño que produce el ilícito”.

Como contracara, Beltramone se refirió a los obstáculos que hay que afrontar para alcanzar el cambio cultural que desafía el nuevo paradigma y reconoció que detrás de los pedidos de justicia a veces se esconden deseos de venganza. “El derecho penal, usualmente, es meramente distributivo y hoy solamente se legitima en la pena, que esconde un deseo de venganza y poco o nada le aporta a la sociedad en su conjunto”.

En ese sentido se refirió a que “la pena que se cumple en la cárcel, la pena de prisión efectiva, usualmente genera más violencia y más daño. En algunos casos es necesaria porque no hay otra posibilidad, frente al conflicto no restaurable, como por ejemplo frente a un homicidio doloso, delitos graves contra la propiedad o los provenientes del crimen organizado. Probablemente hoy no tenemos otra alternativa que la cárcel. Pero la pregunta que tenemos que hacernos como sociedad es por qué tenemos las prisiones atestadas de gente semianalfabeta y en condiciones claras de vulnerabilidad, y no con lavadores de dinero, estafadores, miembros de cárteles o del crimen organizado”.

Al respecto, dijo que “es vital comprender que los conflictos menores deben ser resueltos rápidamente y así entender que los recursos del Ministerio Público de la Acusación deben estar esencialmente comprendidos para las investigaciones más  complejas, ya que el crimen organizado, en todas sus variantes, aparece hoy como base del mayor daño social”.

En un análisis más técnico, Beltramone resaltó como positivo que en el nuevo Código Procesal “el fiscal será quien investigue y acuse, la defensa efectiva, y el juez sólo deberá resolver las peticiones de las partes”.

No obstante, resaltó algunos puntos débiles: “Lo que el nuevo sistema no trae, que a mi criterio es un tema importante, es un proceso de flagrancia para cuando una persona es detenida «con las manos en la masa», al menos aplicable para delitos menores. El sistema hoy, tal como está, te invita a lograr en un hecho de flagrancia menor una simple libertad sin discusión del hecho de fondo, despersonalizando el hecho y evitando un trámite rápido que concluya con una condena o una absolución. Y estoy convencido de que, frente a hechos menores, es preferible una advertencia penal (como una probation) en una audiencia; frente a una mera libertad  dada por un fiscal a la espera de un juicio que, sabemos, siendo un hecho menor difícilmente va a llegar, porque es muy posible que prescriba. En el camino, y ello es muestra cotidiana, muchos jóvenes creen que como el sistema no les dio una respuesta rápida y temprana, se sienten impunes y terminan presos del propio sistema y ya con varios hechos, concluyendo condenados a prisión efectiva cuando quizás una advertencia anterior les hubiera puesto algún tipo de convencimiento de que todo no es posible”.

La identificación del conflicto que hay detrás de algunas conductas tipificadas como  delitos es uno de los puntos claves para el magistrado. “La academia es necesaria pero no estamos preparados a veces para comprender cómo abordar un conflicto interpersonal. Poco se enseña sobre percepción, sentido común, tratamiento del dolor ajeno o cuantificación de la tragedia; todas cuestiones que son atendibles y mensurables”, dijo para concluir: “Más que un cambio de sistema, estamos frente a un cambio de paradigma y además, profundamente cultural. El sistema, si quiere tener éxito en la sociedad y legitimarse frente a la misma, deberá resolver conflictos menores con herramientas tempranas y rápidas. Algunas están y otras, creo, faltan. Tendremos que  dejar esencialmente al Sistema de Persecución Penal para los delitos graves, complejos y organizados”.

Comentarios

10