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El artículo que nadie vio en la reforma tributaria provincial

Por Luciano Couso.- El texto aprobado en el Senado deroga la ley que fija la unidad económica agraria, y permite concentrar la tierra.


El proyecto de reforma tributaria –o lo que de ella quedó– aprobado por el Senado provincial contiene un artículo absolutamente desvinculado de la cuestión impositiva que, de ser sancionado por Diputados, permitirá incrementar sin límites el proceso de concentración de tierras productivas en pocas manos en la provincia de Santa Fe.

El Instituto de Derecho Agrario del Colegio de Abogados de Rosario advirtió la gravedad del hecho y le pidió una reunión al presidente de la Cámara baja provincial, el kirchnerista Luis Rubeo, con el fin de detener el avance de ese artículo de la norma que pondría en peligro cientos de minifundios santafesinos y habilitaría un formidable negocio para quienes realizan planos de subdivisión de tierras y para los capitales interesados en adquirirla.

Se trata del artículo 30 del proyecto que obtuvo media sanción en el Senado, y que no posee ningún vínculo con lo tributario pero habilita el negocio de quienes quieren comprar parcelas de tierra.

El mismo deroga la ley provincial 9319 que reglamenta la existencia de la Unidad Económica Agraria (UEA), una norma que fija el límite de las dimensiones de los terrenos agropecuarios a partir del cual no se pueden dividir, con el fin de que no se conviertan en antieconómicos.

Entre gallos y medianoche

“Esto es nocivo, implica retroceder 40 años y provoca acumulación de tierras”, dijo a este diario el titular del Instituto de Derecho Agrario del Colegio de Abogados de Rosario, Luis Facciano, quien junto a colegas de otras circunscripciones de la provincia pidió una reunión a Rubeo para impedir que se avance con esa medida.

Según explicó Facciano a El Ciudadano, el proyecto aprobado en el Senado deroga la ley 9319, sancionada en 1983 y reglamentada a su vez por un decreto de 1994, por lo que de arobarse en la Cámara de Diputados no habría límites para la división de tierra productiva.

“Realmente es una cosa muy grave, está introducida entre gallos y media noche en una norma que no tiene nada que ver”, advirtió el abogado rosarino sobre la inclusión en el proyecto de reforma impositiva del artículo que deroga la ley de la UEA.

La iniciativa que salió del Senado no fue la propuesta originalmente por el Ejecutivo. El texto aprobado en la noche del 12 de julio pasado fue el resultado de una negociación de última hora entre el gobierno provincial y los senadores del PJ, que poseen mayoría en la Cámara alta. Como consecuencia de ese intercambio apareció en el dictamen el artículo que deroga la UEA.

Divide y comprarás

Facciano explicó ayer a este diario que la norma que regula las unidades económicas fue incluida en el artículo 2326 Código Civil y “está destinada a los campos”. “Para que las cosas sean divisibles, lo que queda tiene que ser homogéneo: un campo si se divide sigue siendo un campo”, abundó el especialista. También recordó que “se derivó en las provincias la reglamentación de la norma”.

Así, el 23 de septiembre de 1983, sobre el final de la última dictadura, se sancionó la ley provincial 9319 que establece límites a las extensiones de los inmuebles rurales, por debajo de los cuales no se pueden subdividir, con el fin de que no pierdan su condición de rentables económicamente. La ley fue posteriormente reglamentada por el decreto Nº 292 de 1994.

“Esta norma estuvo suspendida por dos año, entre 2007 y 2009, y hubo estudio de ingenieros agrónomos de la ciudad de Santa Fe que señalan que los resultados fueron catastróficos”, contó el director del Instituto de Derecho Agrario del Colegio de Abogados rosarinos.

“Hubo una gran cantidad de expedientes, pero recuerdo un lote que quedó subdividido en 9 hectáreas en el departamento Castellanos, que es un departamento ganadero, inutilizando el destino rural sustentable de la tierra”, rememoró.

Para Facciano, la desaparición de la UEA “produce un desmembramiento de la tierra y condena indefectiblemente al productor al empobrecimiento o a venderlo”.

Según señaló el especialista, “a mediano plazo el efecto es muy nocivo, es una cuestión de ordenamiento territorial y la derogación de la norma es antiecológica, porque provoca una degradación muy grande”.

Por último, el abogado rosarino dijo: “Lo que a mi me preocupa es que todo el mundo está enterado, saben en el Ministerio de la Producción. Pero tengo la impresión de que nadie va a hacer nada”.

Beneficios y perjuicios de la división

La abogada María Soledad Senn, docente y especialista en Derecho Agrario, graficó en un texto de opinión publicado en marzo de 2009 en la página web del Foro de Prácticas Profesionales los pro y contra de la Unidad Económica Agraria. Al referirse a la suspensión de la ley 9319 que se estableció entre 2007 y 2009 en Santa Fe, Senn señaló entre los beneficios que el nuevo régimen permitió “atenuar las urgencias de los pequeños productores agrarios que apremiados por problemas legales (herencias) o financieros (deudas o moras impositivas) no podían explotar sus parcelas con total libertad”.

“Con este régimen de excepción se les presenta a los propietarios rurales que estén en condiciones de hacerlo, la posibilidad de poder disponer libremente de sus fundos por el término de dos años”, agregó.

Senn, que es colaboradora de la diputada nacional del PJ Celia Arena en la comisión de Agrícultura, estableció también los riesgos de la medida: “Creo que esta disposición es el comienzo para la resolución de algunos problemas que surgieron a partir de la indivisibilidad del concepto de UE, pero no puedo dejar de reconocer que también puede traer aparejado algunos riesgos, como ser la conformación de minifundios improductivos o sea aquellos lotes rurales pequeños fuera del circuito de explotación sustentable”.

Y agregó: “Como así también una mayor concentración de la tierra en pocas manos, problema este último que caracteriza el modelo productivo agrario actualmente en la provincia”.

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