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El alias CBU para hacer transferencias será obligatorio a partir de junio

Cada vez que se realice una transferencia, se pasará ese alias y no los 22 números del CBU. Para aquello que para entonces no cuenten con uno le será asignado "por defecto" como a todas las cuentas que se abran de allí en más, según informó el Banco Central.


El Banco Central (BCRA) informó que a partir del próximo 1° de junio todas las cuentas bancarias deberán estar denominadas con un “alias” y que a aquellas que para entonces no cuenten con uno le será asignado “por defecto” como a todas las cuentas que se abran de allí en más.

La figura del Alias CBU fue creada el año pasado para dar impulso a las transferencias automáticas al simplificarlas su trámite e identificación. Los códigos alfanúmericos, conocidos en la jerga bancaria como “alias CBU”, surgieron de una disposición adoptada por el Banco Central (BCRA) para fomentar el uso de la banca móvil y por internet, dentro de los planes del ente monetario tendientes a adecuar el funcionamiento financiero a los grandes avances tecnológicos.

El nuevo “alias CBU” tiene la función de referenciar una cuenta bancaria mediante la utilización de un código simple de transmisión de persona a persona, que se encontrará vinculado de forma unívoca con un CBU o cuenta.

Según el comunicado del Central, los usuarios bancarios podrán consultar por los canales habituales el alias asignado.

Los bancos y las aplicaciones de pagos para celulares permiten realizar transferencias inmediatas identificando al receptor por su alias. Antes de confirmar el pago, una pantalla indica el nombre real del destinatario para evitar errores.

Para tener en cuenta, el Alias CBU tiene tres características básicas:

El Alias CBU es portable, por lo que si el usuario cambia de banco, se le asigna a la nueva cuenta y automáticamente se da de baja la anterior. Y ningún otro usuario puede usar un alias que ya haya sido utilizado.

Desde la opción de Administración de cuentas de transferencias disponible en banca por internet y móvil, el usuario puede incorporar un alias a cada una de sus claves bancarias uniformes (CBU) con una extensión de entre 6 y 20 caracteres, que sean letras, números, signo punto o guión medio.

El alias es único para cada cuenta y/o CBU e irrepetible para todo el sistema financiero.

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