Policiales

Un monstruo en Rincón

Abusó de seis miembros de su familia durante más de 30 años: lo condenaron a 16 años de prisión

El atacante sometió a su pareja, sus hijos y una nieta y lo hizo en un contexto de extrema violencia psíquica, física y económica, resaltó la fiscal, para indicar que la decisión judicial sobre la no prescripción de estos delitos sentó un precedente en la provincia


Un hombre de 56 años resultó, fue condenado, mediante un acuerdo abreviado, a 16 años de cárcel por el abuso sexual de seis miembros de su familia. Los ataques se cometieron entre 1984 y 2015 en la localidad de San José del Rincón, es decir se perpetuaron por 31 años. La decisión fue tomada por el tribunal a cargo de José Patrizi, Sergio Carraro y Leandro Lazzarini. En el caso se hizo una interpretación de los plazos de prescripción ajustada a los derechos humanos de las víctimas, lo que es un hecho sin precedentes en la provincia, resaltó la Fiscalía.

El caso fue investigado por la fiscal Alejandra Del Río Ayala y las víctimas fueron la pareja del acusado, hijos e incluso una nieta. La investigación se inició en 2019 por una denuncia que hizo una de las víctimas, y el acusado, identificado como CAO. terminó detenido e imputado por los abusos.

La fiscal manifestó que “a partir de 1984 y durante 31 años, el condenado vulneró en reiteradas oportunidades la integridad sexual de integrantes de su entorno familiar” y precisó que “excepto la mujer que fue su pareja durante 30 años, las otras cinco víctimas eran menores de edad que transitaban su escolaridad primaria al momento de sufrir los ataques”.

Del Río Ayala remarcó que las agresiones se perpetuaron en un marcado contexto de violencia física, psicológica y económica, en la que el condenado, ahora de 56 años, sometía a su familia, con la que convivía. “La mayoría de los ultrajes se produjeron en dos viviendas de Rincón y sólo una de las víctimas era mayor de edad. Se trataba de su pareja, a quien obligó a mantener relaciones sexuales contra su voluntad y solía golpearla para evitar que opusiera resistencia al abuso. El resto sufrió las agresiones mientras eran niños y adolescentes, y los hechos delictivos “tuvieron entidad suficiente para interferir en el libre y progresivo desarrollo sexual de las víctimas”, sostuvo la fiscal.

A su vez, de la acusación se conoció que “en más de una ocasión, el violador amenazó a su hijastro con matar a familiares de ambos, e incluso lo amedrentó con un cuchillo y le tapó la boca para que no gritara”.

El acusado aceptó su responsabilidad en los ataques sexuales seriales cometidos contra su propia familia mediante un acuerdo abreviado. Fue condenado a 16 años de cárcel por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante, abuso sexual con acceso carnal y corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas y por la guarda, describieron los voceros judiciales.

Del Río Ayala señaló que “el condenado delinquió con conciencia de las consecuencias negativas de su accionar”.

Según planteó, “por eso aceptó su culpabilidad por haber perpetrado los ilícitos en perjuicio de su propia hija, de la mujer con la que mantenía una relación de pareja y de las dos hijas, un hijo y una nieta de ésta”.

 

Leading case, un precedente 

La fiscal remarcó que esta investigación es un “leading case” –caso cuya resolución o sentencia genera tendencia– y sienta un precedente en la provincia: “Desde una mirada tradicional de la prescripción, no hubiéramos podido investigar gran parte de los abusos y tampoco se hubiera llegado a una condena por esos hechos delictivos”, marcó. Y agregó: “Tras una apelación que presentamos, el camarista Bruno Netri entendió que los ilícitos no estaban prescriptos y habilitó la posibilidad de seguir investigando lo que había ocurrido en esa familia”.

“Cuestionamos los plazos de la prescripción desde el paradigma de los derechos humanos de las víctimas de abuso sexual, y el magistrado de segunda instancia hizo lugar a nuestros argumentos”, sostuvo.

“Hay principios del Derecho, garantías constitucionales y gran cantidad de doctrina, jurisprudencia y normativa que establece que los delitos contra la integridad sexual tienen un inicio del plazo de prescripción distinto”, concluyó.

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