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Balcarce y Tucumán

Discriminación en Crema Lounge: el Concejo Municipal insta a una investigación y pide informes

La joven a la que le prohibieron el ingreso a un bar por su contextura física, tramita una denuncia en el INADI y contó que intentaron comunicarse para ofrecerle una disculpa. Por su parte, la Secretaría de Género y Derechos Humanos de la Municipalidad tomó intervención para acompañarla


La denuncia realizada por la fotógrafa rosarina Pane Maruco en torno al episodio de discriminación que sufrió el fin de semana cuando intentaba ingresar al bar Crema Lunge, en Balcarce y Tucumán, tuvo eco en el Concejo Municipal de Rosario a partir de un pedido de informe realizado por la concejala Norma López, presidenta de la Comisión de Feminismos, Disidencias y Derechos Humanos en la cual solicitan a la Municipalidad información sobre las “campañas de promoción de derechos para favorecer la integración y la progresiva eliminación de todas formas de discriminación” , y el detalle de las sanciones impuestas a los lugares abiertos al público en cumplimiento de la ordenanza antidiscriminatoria.

Además, se aprobó una declaración de preocupación presentado por la edila Susana Rueda en donde recuerdan que en Rosario “todos los espacios donde se realizan actividades recreativas, culturales y sociales están obligados a respetar las normas y derechos humanos fundamentales, sin ningún tipo de discriminación” e instan a que “la denuncia sea investigada y, en caso de confirmarse, que se apliquen las sanciones que correspondan”.

Una denuncia en el INADI y un intento de disculpas

Tras la difusión pública del caso, la joven reveló que los dueños del local intentaron comunicarse con ella a través una persona conocida para ofrecerle “una disculpa por el mal accionar del personal” y a invitarla a  volver para pasar “una linda noche”. Maruco entiende que el mensaje es una suerte de reconocimiento explícito de que se trata de un “caso de discriminación” por el que ya tramita acciones frente al INADI (Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo).

Por su parte, la Secretaría de Género y Derechos Humanos de la Municipalidad tomó intervención en el caso para acompañar a la damnificada, y explicaron que los hechos de discriminación están contemplados en el Nuevo Código de Convivencia que está en vigencia desde agosto del 2022. En este sentido, es posible presentar una denuncia frente al Tribunal de Faltas que deberá iniciar una investigación, y en caso de hallarlos culpables podrá aplicar una multa económica u obligarlos a tomar un curso de formación con perspectiva de género y derechos humanos.

En tanto, según detalla el sitio Punto Biz, Crema Lounge pertenece a la empresa Habituar S.R.L y aparecen como referentes del grupo empresario Nicolás Giandoménico y Sergio Spagnolo. El emprendimiento gastronómico, en donde históricamente funcionó el Bar del Mar, abrió sus puestas a finales de agosto, y se presenta como “un exclusivo bar – restaurante” con espacio para bailar. El portal señala también que son administradores del boliche Nómade, ubicado en la esquina de Salta y Alvear en el barrio de Pichincha. Tras la noticia, las redes sociales del lugar siguiendo anunciando su agenda de actividades y reservas para el fin de semana.

Admisión y permanencia ¿qué dice la normativa municipal?

La ordenanza 8522 del año 2010 que regula las actividades del personal de control, establece en su artículo 7 que los agentes podrán impedir el ingreso de personas que “manifiesten actitudes violentas, que se comporten en forma agresiva o provoquen disturbios y/o molestias a otros concurrentes”.

También tendrán prohibido la entrada quienes hayan consumido sustancias alucinógenas, estupefacientes, o tengan armas, pirotecnia o elementos que puedan poner en riesgo la seguridad del lugar. Además es motivo de exclusión la portación de símbolos racistas o xenófobos, cuando no se posea la edad permitida para estar en el lugar, la capacidad del local se encuentre colmada o frente a un horario límite de cierre.

La reglamentación local está en sintonía con la Ley 26.370 de espectáculos públicos, y se complementa con la ordenanza 8508 también del 2010 en la cual determinan que no se podrán utilizar carteles genéricos que planteen una “restricción arbitraria del derecho de admisión y permanencia” y sí podrán establecer las pautas de ingreso en un cartel de 30 x 60 en la boletería que detalle las cuestiones vinculadas a “vestimentas, calzado, edad y cualquier tipo de distinción que legalmente corresponda”.

El mismo cartel deberá llevar una inscripción que advierta la prohibición de discriminar por “raza, etnia, género, orientación sexual, identidad de género, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, características físicas, condición psicofísica, social, económica o cualquier circunstancia que implique distinción, exclusión, restricción o menoscabo”, y deberá estar acompañada por un número de teléfono para notificar a las autoridades municipales o a la policía.

A su vez, Rosario tiene en vigencia la ordenanza 6321 sancionada en 1996 en donde se “reconoce y garantiza el derecho a ser diferente, no admitiéndose discriminaciones que tiendan a la segregación, exclusión, restricción o menoscabo” por aspectos vinculados a la orientación sexual, identidad de género, condición social o caracteres físicos, entre otros. En caso de incumplimiento, el artículo 4 prevé sanciones para quienes apliquen el derecho de admisión de un modo arbitrario.

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