Coronavirus

Varias opciones

Desde el lunes las empresas pueden inscribirse en los programas de asistencia de emergencia

Si bien la preinscripción para obtener la prórroga de los aportes patronales arrancó el jueves pasado –y hasta la víspera sumó más de 220.000 firmas registradas-, a partir de mañana lo podrán hacer las firmas que quieran acceder al resto de los beneficios


Las empresas afectadas por la pandemia de coronavirus podrán inscribirse a partir del lunes al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), para poder acceder a ayudas en el pago de salarios de los trabajadores, la postergación y/o eximición del pago de contribuciones patronales y la extensión del seguro de desempleo.

El ATP fue creado por el DNU 332/2020, y busca cuidar las fuentes de trabajo en medio de la crisis por las restricciones impuestas a la circulación para frenar la propagación del Covid-19.

Si bien la preinscripción para obtener la prórroga de los aportes patronales arrancó el jueves pasado –y hasta la víspera sumó más de 220.000 firmas registradas-, a partir de mañana lo podrán hacer las empresas que quieran acceder al resto de los beneficios .

La inscripción –que se extenderá hasta el miércoles próximo- se deberá realizar en la web de AFIP, con su clave fiscal y declarar la información económica que el Programa requiera.

Luego comenzará una etapa de análisis de la empresa y, en caso de resultar afectada a partir de la cuarentena, se procederá a aplicar el beneficio.

Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción: ya se registraron más de 220 mil empresas

El Programa consiste en que el Estado se hará cargo de parte de los sueldos de las empresas afectadas, ya sea con Repro o Asignaciones Complementarias al Salario; una rebaja o postergación de las contribuciones patronales y el aumento de las prestaciones por desempleo.

Los empleadores alcanzados por los beneficios deberán acreditar ante la AFIP la nómina del personal alcanzado, y en qué medida su actividad fue afectada por el aislamiento.

Por su parte, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social considerará la información y documentación remitidas por la empresa, podrá relevar datos adicionales y podrá disponer la realización de visitas de evaluación.

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