El Hincha

Conflicto en puerta

Derechos de formación: Musto, en medio de una lucha

El club Alumni de Casilda le reclama a Central dinero por el pase del volante. Son unos 35 mil dólares y es en base a la ley de derechos de formación aprobada a fines de 2015.


Alumni de Casilda demandó a Central ante la Justicia al reclamarle cerca de 35 mil dólares.

En un nuevo round en la disputa entre los equipos grandes y los clubes formadores, Alumni de Casilda demandó a Central ante la Justicia al reclamarle cerca de 35 mil dólares por el pase del volante Damián Musto en base a la ley de derechos de formación aprobada a fines de 2015.

Según se supo, la presentación fue efectuada por la abogada Graciela Sosa ante el juzgado civil y comercial número uno de Casilda, a cargo de Carina Clelia Gómez.

En la demanda, Alumni afirma que Musto (hoy en Huesca de la primera división de España) estuvo en la institución desde mayo de 1997 hasta marzo de 2004, cuando se marchara a Quilmes.

Si bien el monto del resarcimiento deberá ser fijado por la Justicia una vez que falle, el club formador reclama el 3,5% de la cifra que le pagó Central a Olimpo.

De acuerdo al contrato de transferencia celebrado en aquella ocasión, el Canalla hizo uso de la opción de compra de un millón de dólares, por lo que a la institución casildense le corresponderían 35 mil de la moneda estadounidense.

En las últimas semanas, dos fallos judiciales condenaron en primera instancia a River y Estudiantes de La Plata a pagarle por los derechos de formación de Nicolás Domingo y Facundo Sánchez a Unión de Totoras y Bochófilo Bochazo de San Vicente, respectivamente.

Con este escenario, el presidente de la Superliga, Mariano Elizondo, junto a otros directivos, se juntaron con Daniel Scioli, presidente de la Comisión de Deportes de la Cámara de Diputados, para plantear su malestar por la ley 27.211.

Aprobada en diciembre de 2015 y elaborada por Ricardo Frega Navía y Norberto Outerello, abogados especializados en derecho deportivo, esta ley le da un 0,5 por ciento por año a las instituciones que tuvieron a los jugadores entre los 9 y los 18 años.

La misma se aplica cuando se realiza una venta entre clubes argentinos, cuando se firma el primer contrato profesional del jugador o cuando se produce la renovación de los sucesivos vínculos.

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