Ciudad

Ilegales

Definen el tipo de drogas a detectar por la narcolemia

A la espera de la reglamentación, la ordenanza no contempla relevar presencia de psicofármacos en conductores.


Un mes pasó desde que se aprobó en el Concejo Municipal sumar un control de narcóticos al habitual test de alcoholemia a conductores. A la espera de la reglamentación todavía no se sabe cuáles serán los estupefacientes que detectarán los aparatos que se dispongan para ello. En lo preliminar se buscaría, siempre sin afán de perseguir el consumo, presencia de cocaína y marihuana. Si da positivo corren a rodar multas de 600 a casi 2.000 pesos e inhabilitaciones de quince días a tres meses.

La tarea de prevención no contempla por el momento a conductores que tomen psicofármacos como las benzodiazepinas conocidas por los nombres comerciales Rivotril, Clonazepam o Alplax. Sin embargo, estas pastillas junto con el alcohol constituyen, desde la óptica del Sedronar, el principal problema en cuanto a adicción en el país. Y a su vez, un estudio europeo difundido por un laboratorio nacional indicó que hay relación entre esos medicamentos y los accidentes de tránsito.

Desde el Colegio de Farmacéuticos admitieron que se trata de drogas legales establecidas en la ciudad y reguladas por el sistema de recetas. Sin embargo, insistieron en que creció la adquisición de medicamentos por internet, que no es controlada.

Pastillas y colores

En diálogo con El Ciudadano, el concejal y promotor de la iniciativa conocida como “narcolemia” –que espera reglamentación del Ejecutivo municipal– Jorge Boasso indicó que se busca alinearse con la prohibición nacional, provincial y local de conducir bajo el efecto de alcohol o estupefacientes.

“No se trata de criminalizar el consumo sino evitar que el conductor ponga en riesgo su vida y la de los demás. Por los datos que tenemos de otros países que lo han implementado el control ha resultado en un descenso de siniestralidad. En España se sorprendieron con los resultados ya que cuando empezaron a controlar un 50 por ciento de los conductores dio positivo”, detalló el edil radical.

En cuanto a qué estupefacientes serán detectados, Boasso informó que depende de la reglamentación del Ejecutivo municipal. Esto significa que si así se determina se podrá fiscalizar presencia de hasta seis drogas dependiendo de los reactivos químicos aplicados a la muestra.

“Podés controlar cannabis o cocaína. Me parece que se puede llegar a avanzar con drogas más duras. Hablé con Asegurado (por Fernando, el secretario de Gobierno local) y me dijo que tenían voluntad de implementarlo”, agregó Boasso, quien descartó que el espíritu de la norma sea perseguir a quienes consumen ansiolíticos o hipnóticos.

“Esos medicamentos ya llevan en sus prospectos la advertencia de no conducir”, finalizó el concejal.

Cuándo y cómo

A diferencia de otras ordenanzas, la normativa no tiene un tiempo límite para su implementación aunque sí un informe que debe elevar el Ejecutivo en menos de 120 días al Concejo con los resultados de la implementación.

Según la ordenanza, se harán pruebas a conductores mediante un dispositivo que permite detectar drogas psicoactivas en la saliva. Consiste en una plaqueta que se apoya sobre la lengua, absorbe la saliva y en unos minutos se obtiene el resultado. En caso de detectarse el uso de estupefacientes, el proyecto prevé que se apliquen las sanciones determinadas en el Código de Faltas Municipal.

Así, quienes conduzcan bajo los efectos de estupefacientes serán penados con multa de 600 a 1.940 pesos, además de inhabilitación de quince días a tres meses. En caso de reincidencia, se aplicará una multa de 1.940 pesos además de la inhabilitación de tres a seis meses. “Y allí paran las penas ya que no se persigue el consumo sino la venta. Es similar a cuando una persona ingresa a una guardia de salud pública y un análisis revela rastros de estupefacientes. Allí el empleado público no se ve obligado a denunciar al paciente”, indicó un consultor legal.

Fármacos en la mira

Si sólo se detectarán marihuana y cocaína quedarán por fuera las drogas legales, en su mayoría psicofármacos, que funcionan como ansiolíticos, sedantes, hipnóticos, miorrelajantes y anticonvulsivantes. Desde el Colegio de Farmacéuticos de Rosario, su presidente, Cándido Santa Cruz, desestimó un aumento del consumo de psicofármacos en la ciudad al menos en los canales legales. Sin embargo, advirtió que “es probable que si pudiésemos detectarlo se registraría mucho aunque quedaría ver si las dosis impiden conducir” y agregó que en la actualidad mucha gente usa benzodiazepinas para dormir, desacelerar o sobrellevar una depresión.

El farmacéutico recordó que todos los psicofármacos se consumen bajo la orden de un médico y la receta de un farmacéutico. “Se recomienda, siempre según la dosis, que una persona que toma un antidepresivo no maneje porque le va a producir somnolencia. Lo mismo con una benzodiazepina. Con los abusos del paciente, el médico se da cuenta rápidamente que éste está poniendo en riesgo su salud. Dentro del sistema está restringido el abuso de medicamentos, y más los psicofármacos. Si vamos a detectar drogas ilegales me parece que vamos a encontrar en clase alta y baja un consumo de marihuana, cocaína, morfina, LSD o paco”, explicó Santa Cruz.

Lo que preocupa al Colegio es el aumento en la adquisición de estas drogas legales a través de internet con las compras online. “Hay que recordar que la persona que se automedica pone su vida y la de los demás en riesgo. Ahí no existe ni dosis ni asesoramiento profesional. Cada vez es más habitual conocer que pacientes consiguen psicofármacos online”, sintetizó, y sumó: “Ahí se pone en juego la conciencia de la persona que debe entender que adquirir un medicamento no es lo mismo que una prenda de vestir. No es el grueso de quienes hoy consumen pero es un canal de venta que ha crecido”.

En efecto, esta práctica gana espacio a pesar de que en 2008 la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió “la entrega a domicilio y cualquier tipo de entrega directa o indirecta al público de medicamentos o a establecimientos no habilitados para tal fin, incluyéndose en esta prohibición la venta por vía postal, electrónica, telefónica, por internet o cualquier modalidad que pueda ser considerada como ajena a la habilitación que se otorga a cada una de las Personas Físicas o Jurídicas para su inscripción y registración”.

Comentarios