Coronavirus

Suman 42 camas al servicio público

Coronavirus: la provincia expropia por decreto una clínica privada en Santa Fe

El gobernador Omar Perotti y el ministro Carlos Parola firmaron un decreto por el cual se declara “de interés general y sujeto a ocupación temporal” al Instituto Privado de Cardiología Sagrada Familia, que había cerrado sus puertas en enero.


El gobierno provincial expropió por decreto una clínica privada en la ciudad de Santa Fe y sumó de esa manera 42 camas más para la atención de personas infectadas con coronavirus. Se trata del Instituto Privado de Cardiología Sagrada Familia, ubicado en el macrocentro de la capital provincial, que cerró sus puertas en enero y cuyo dueño se había presentado a concurso de acreedores.

El decreto 330/2020, fechado en 11 de abril y firmado por el gobernador Omar Perotti y el ministro de Salud de la provincia Carlos Parola, aun no fue publicado en el Boletín Oficial.

La decisión del gobierno santafesino se apoya en los decretos 213 y 270 por los cuales la provincia adhirió a los decretos nacionales de necesidad y urgencia 260 y 297, dictados en virtud de la declaración de pandemia emitida por la Organización Mundial de la Salud en atención a la evolución de la situación epidemiológica con relación al coronavirus.

En su tramo resolutivo, el decreto 330 dispone declarar “de interés general y sujeto a ocupación temporal” al Instituto Sagrada Familia y explica que es en el marco de las acciones para afrontar la pandemia del coronavirus en Santa Fe.

A través del mismo decreto, el gobernador faculta al ministro de Salud a convenir con los propietarios de la clínica “las condiciones de la ocupación y la compensación por la privación temporal del uso”, tanto del edificio como de su equipamiento.

El sanatorio, que cerró sus puertas a fines de enero, despidió a sus 53 trabajadores y dejó a la capital de la provincia con 42 camas menos, que ahora podrán ser utilizadas por el sistema público de salud.

En ese sentido, aclara el decreto, el acuerdo “deberá tomar en debida cuenta el conflicto referido (en relación a los 53 trabajadores despedidos), el que se encuentra judicializado como es de público y notorio conocimiento, tanto a los fines de las notificaciones que corresponda efectuar como en lo referente el modo de concretar el pago”.

En los considerandos del decreto se recuerda que “puede expropiarse el uso temporal de un bien inmueble y de los demás convenientes o necesarios al fin principal, por dos años como máximo. Como así también que por razones de necesidad y urgencia, vinculadas con un peligro grave e inminente para la colectividad que ponga en juego la solidaridad recíproca de los miembros de ésta e impidan toda forma de procedimiento, el titular del Poder Ejecutivo o la autoridad administrativa a quien éste faculte debidamente mediante decreto motivado, puede disponer, bajo su responsabilidad, la ocupación temporal de bienes inmuebles”.

“Se trata de una limitación a la propiedad, en cuyo mérito la Administración Pública se posesiona materialmente, y en forma transitoria, de un bien o cosa ajeno para satisfacer un requerimiento de interés general motivado por imperiosas necesidades públicas”, añade el párrafo siguiente.

Teniendo en cuenta que “a la fecha el Instituto Médico no está en actividad y el inmueble se mantiene ocupado por trabajadores debido al conflicto laboral existente como consecuencia de eso”, el gobierno sostiene que ese contexto vuelve “más razonable aún el ejercicio de la facultad constitucional de disponer el uso temporal del inmueble y los demás bienes por razones de necesidad y urgencia, vinculadas con un peligro grave e inminente para la colectividad, que pone en juego la solidaridad recíproca de sus miembros e impidan concretar otro procedimiento efectivo con la celeridad que se requiere, en el contexto de la emergencia dada en virtud de la pandemia declarada en relación con el coronavirus”.

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