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En el Concejo propusieron la colocación de radares preventivos en avenidas y bulevares. Los dispositivos avisan la velocidad máxima permitida y la de circulación de cada vehículo


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El concejal Aldo Pedro Poy propuso la colocación de radares preventivos –“no recaudatorios ni sancionatorios”, remarcó– en avenidas y bulevares de la ciudad con el objetivo de evitar accidentes de tránsito. Según explicó el edil, los dispositivos se componen de dos carteles donde, en uno de ellos, se indica la velocidad máxima permitida de la arteria y en el otro la velocidad de circulación del vehículo que pasa en ese momento.
“Los aparatos sólo tendrán una finalidad informativa y tendrán como objetivo hacer disminuir la marcha a quienes se excedan en los kilómetros por hora, en el que caso que corresponda. Lo que proponemos es que no se establezca ninguna clase de pena a los conductores que sean advertidos por exceso de velocidad”, explicó el edil del Partido Demócrata Progresista (PDP).

Tránsito tiene la palabra

Además, en la iniciativa se deja explícito que es la Municipalidad de Rosario –a través de la Dirección General de Ingeniería de Tránsito– la que determinará los lugares aptos para la instalación de los denominados “radares de velocidad preventivos”, siendo el mismo Ejecutivo el que asigne las partidas presupuestarias específicas para la adquisición, puesta en funcionamiento y mantenimiento.
La propuesta de Poy surge de la idea de que “es necesario implementar medidas que tiendan a lograr una mejor conducta vial en los automovilistas que circulan por avenidas y bulevares de nuestra ciudad. La función principal del radar será meramente informativa, sin capacidad sancionadora”, insistió.

Miami como ejemplo

“Esto es algo que yo personalmente vi en Miami cuando estuve de viaje hace un tiempo y la verdad es que me pareció muy útil, más que nada como precaución y como modo de educación para los conductores. Allá en Estados Unidos recuerdo que la velocidad máxima permitida en esa avenida era de 30 millas y nosotros íbamos a 28 millas por hora, pero en los casos donde los conductores se excedan éstos serán alertados en el momento”, añadió.
El funcionario destacó que se comenzaría con distintas pruebas piloto. “Tenés dos o tres avenidas y bulevares en la ciudad donde podría empezar la experiencia. Acá lo importante no es recaudar sino concientizar a la gente de que respete la velocidad. Se pueden colocar en cualquier parte pero lo mejor es hacerlo a unos quince o veinte metros de las bocacalles para que los que van manejando tengan tiempo para amainar la marcha antes de llegar a la esquina”, señaló.
Estos radares funcionan de forma automática las veinticuatro horas y no requieren la presencia de un agente de tránsito ni un equipamiento especial móvil que deba ponerse en práctica para su funcionamiento.
Cabe recordar que en Rosario las avenidas y bulevares encabezan el ranking de accidentes viales según lo indican informaciones difundidas por el Sistema Integrado de Denuncias de Accidentes de Tránsito (Sideat), el Ente de la Movilidad (EMR) y la Dirección Municipal de Tránsito, por lo cual son los lugares sugeridos para la instalación de estos aparatos.

Multas, a la par de la nafta

Cabe recordar que desde mediados de enero de este año rige en la ciudad la ordenanza que establece los nuevos valores para las multas de tránsito. Los aumentos son significativos, calculados en Unidades Fijas (UF), que tiene como costo unitario el valor del litro de nafta súper más barato que se encuentre en ese momento a nivel local. Conducir bajo los efectos del alcohol, desobedecer las señales de los semáforos, efectuar picadas y manejar a mayor velocidad que la permitida tienen una multa que varía, según las condiciones del hecho, entre 150 UF a 500 UF.
Circular en motos sin casco, usar celular, no utilizar cinturón de seguridad y no respetar carriles de circulación o efectuar maniobras injustificadas u obstructivas tienen una multa que varía entre 50 UF y 150 UF. Ocupar indebidamente un espacio público, estacionar en lugares prohibidos, en sector reservado para vehículos de personas con discapacidad o delante de rampas para sillas de ruedas, así como efectuar carga o descarga fuera de horario permitido, tienen una multa que varía entre 25 UF y 75 UF.

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