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Ocurrió en VGG

Confirman condena a dueño de una radio FM por engañar y violar a una adolescente

En noviembre le habían dado 8 años de cárcel por abusar de una nueva empleada de la emisora. Ahora falta saber si seguirá con domiciliaria y el sistema de tobillera para ver si la incumple. El acusado tiene 64 años y la víctima 17. 


La Justicia evaluó la situación de “debilidad” en que se encontraba la joven frente al hombre. Ilustración: Arte El Ciudadano

La Cámara de Apelaciones de los Tribunales Provinciales confirmó en los últimos días la condena a un hombre de 64 años por abusar sexualmente de una joven de 17 años que había empezado a trabajar en la estación de FM que él manejaba. Según ella denunció, la llevó engañada a su casa para arreglar temas laborales y la violó. Los jueces Alfredo Artacho, José Mascali y Carolina Hernández analizaron los argumentos de la defensa y coincidieron con la sentencia de noviembre, donde le dieron ocho años de cárcel. Sin embargo, no definieron si el condenado, identificado como Juan Osvaldo Casaniti, puede seguir con prisión domiciliaria con la tobillera electrónica o es enviado a una unidad penitenciaria.

Si bien el hombre se defendió diciendo que el sexo había sido consentido y que él padecía de disfunción eréctil, los jueces analizaron las pruebas médicas y de ADN.

En especial, se basaron en lo definido por los peritos psicológicos para descartar que ella estuviera mintiendo. También valoraron que si bien no hubo señales de fuerza y arañazos en el hombre, la violación ocurrió.

“Algo parecido ocurre en otros delitos: las víctimas de asaltos armados, robos o arrebatos no necesitan probar que fueron lesionadas o que se utilizó tal o cual nivel de fuerza o intimidación. Es paradójico que sí se lo exija a las víctimas de ultrajes sexuales”, escribieron los jueces.

Aprovechar la necesidad

 

El sábado 18 de junio de 2016 la joven, que hacía poco había empezado a desempeñarse en la FM del condenado, fue a trabajar.

Él la llamó para que fuera a su casa con la excusa de darle las contraseñas para manejar las redes sociales de la emisora. Sin embargo, siempre según denunció la joven, él la hizo entrar en su pieza y la violó. Ella tenía 17 años, una beba y estaba de novia hacía dos años. Necesitaba trabajar y había ido a la emisora con su suegra después de escuchar una convocatoria laboral en la FM.

Después de la violación la adolescente salió de la casa y fue a la comisaría para hacer la denuncia. El médico policial la revisó y comprobó que tenía lesiones. También tomó una muestra de la ropa interior que fue fundamental para comprobar que tenía ADN del dueño de la FM.

La investigación sumó otro análisis de un preservativo que los policías encontraron en la habitación de la casa de él, en el que encontraron perfil genético de una mujer.

Con las pruebas la fiscal Nora Marull imputó al dueño de la FM por el delito de abuso sexual con acceso carnal y pidió 11 años y 11 meses de prisión.

En noviembre y después de dos años de proceso, la jueza Mónica Lamperti decidió condenarlo a 8 años de cárcel. La defensa pública intentó que lo absolvieran basada en la teoría de que había sido una relación sexual consentida. Incluso apelaron el fallo.

Revisión

 

Pero este mes los jueces de la Cámara de Apelación entendieron que no había motivo para que ella vaya a la casa de su nuevo empleador, tenga sexo y después armara una mentira para llevarlo a la Justicia porque para ella significaba exponerse y perder el trabajo. Insistieron en que la joven mantuvo la causa penal sin contramarchas. “No se detectaron signos de fabulación o situación símil”, señalaron.

“La defensa parte de suponer que la reacción global y natural -casi obligatoria- de toda mujer accedida sexualmente contra su voluntad es resistirse activamente. Pero esto no es así”, explicaron en el fallo al que accedió El Ciudadano. “El sujeto activo puede aprovecharse de la situación de superioridad sobre la misma y así emprender su cometido incluso sabiendo, al monitorear a su víctima antes o durante el encuentro, que su tarea no tendrá mayores obstáculos al enfrentar a alguien vulnerable, débil física o psíquicamente, en cierto sentido «inferior»”, agregaron.

La derecha

 

Los jueces de la Cámara también valoraron no “solo hay que oír sino escuchar a la mujer e intensificar los esfuerzos para reconstruir el contexto en el que padece la ofensa sexual”.

Eso ocurrió en la audiencia oral y fue confirmado por las pruebas de los peritos psicológicos que la trataron. “Esta joven no solo no parece mentir, sino que se vio involucrada en los hechos sin las herramientas internas indispensables para defenderse de ellos en forma eficaz y oportuna”, sumaron los profesionales de la salud.

Más alta

 

El mínimo de la pena por el delito de violación es de 6 años y los jueces entendieron que darle dos años más era correcto por la dispareja situación de poder que mantenían.

Se llevaban 44 años y él la había empleado en negro recientemente. “Con este dominio es que además logró llevarla hasta su casa e introducirla en su habitación bajo el artificio de buscar papeles”, concluyeron los jueces.

En paralelo, desestimaron una imputación contra el dueño de la FM por amenazas a su ex esposa que fue sumada en la apelación. Sobre la modalidad de la condena establecieron un mes de tiempo para la nueva audiencia donde analizarán si va a la cárcel o sigue con la tobillera en prisión domiciliaria sin salidas laborales.

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