Policiales

Crimen en la zona oeste

Condenaron a un hombre por matar a una adolescente frente a un boliche

Lo sacaron de la disco, volvió con un arma al cierre del local y disparó sin importar la gente que estaba en la puerta. Mató a una adolescente de 17 años e hirió a otros dos jóvenes. Después de más de cinco años el caso cerró con una condena: el acusado reconoció su responsabilidad en un abreviado


Un hombre de 29 años fue condenado por tirotear la puerta del boliche Dorian en abril de 2014 y matar a la adolescente Rocío Martín y herir a otras dos personas. El acusado enfrentaba un pedido de pena de 25 años por parte de la Fiscalía pero decidió cerrar un acuerdo abreviado a pesar de la recomendación de su defensora oficial. En el convenio reconoció la autoría del hecho y aceptó 14 años de prisión. El acuerdo además fue consentido por los padres de la víctima a través de su abogado querellante.

La madrugada del 13 de abril de 2014 Rocío Martín, de 17 años, salió del boliche Dorian ubicado en Presidente Perón al 5600. Estaba en la puerta junto a un gran número de personas que empezaban a dispersarse cuando un hombre en moto pasó por el lugar y disparó contra el local y la gente sin medir consecuencias.

Rocío recibió un disparo en la cabeza mientras otros dos jóvenes resultaron heridos, uno de ellos en el pie izquierdo y el otro en el pecho. Los tres fueron trasladados al hospital Clemente Álvarez, pero Rocío murió a poco de llegar.

La investigación cayó en manos del fiscal Adrián Spelta, quien explicó que la mecánica del hecho quedó registrada en las cámaras de seguridad de un depósito que está pegado al boliche. También evaluaron las del local bailable. En las imágenes se observa pasar una moto con dos personas y el conductor extrajo un arma y disparó contra el grueso de la gente que estaba en el lugar.

Si bien no se pudo determinar el móvil del hecho, algunas versiones dijeron que el agresor había sido echado del boliche poco antes y retornó en moto y armado para vengarse de los dueños del local a los tiros. Un testigo de identidad reservada se contactó con un familiar de la víctima vía redes y le brindó datos. En su declaración en Fiscalía contó que esa noche estaba en el lugar, vio pasar la moto y reconoció a su conductor, de quién brindo sus datos.

El otro testigo presencial fue el hermano de Rocío quien contó que esa noche estaba por calle Presidente Perón, un poco retirado de la puerta del boliche hablando con su cuñado y otros dos jóvenes. Estaba a unos cinco metros de Rocío cuando vio venir la moto y a su conductor disparar. Dijo que el tirador llevaba una capucha puesta pero pudo ver su cara y distinguió un diente de lata.

Recién en junio de 2017 los investigadores lograron ubicar al sospechoso durante un allanamiento en Barra al 3400. Allí detuvieron a Gustavo Darío Espíndola, además secuestraron documentación, cuatro cartuchos calibre 9 milímetros de punta teflonada, un cartucho calibre 38, otro calibre 57 y uno 27 además de varios celulares.

Lo imputaron por el crimen y dos tentativas de homicidio más la portación de arma de guerra. El hermano de Rocío lo reconoció en rueda de personas y quedó detenido preventivamente. Más de dos años después Espíndola reconoció su responsabilidad en el hecho a través de un procedimiento abreviado.

El fiscal dijo que esa madrugada Espíndola iba con su pareja que no tuvo ninguna participación en el hecho. Contó que acordaron una pena de 14 años de cárcel por los mismos delitos que fue imputado. Lo que fue acompañado por la querella representada por el abogado del Centro de Asistencia Judicial (CAJ) Valentín Hereñú. La defensora oficial Andrea Siragusa aclaró que por pedido del defensor regional Gustavo Franceschetti aclaraba que si bien su cliente había prestado un consentimiento informado al acuerdo le había recomendado no suscribir el convenio al entender que había insuficiencia probatoria en el caso.

Esta circunstancia generó desconcierto en el tribunal compuesto por los jueces Nicolás Foppiani, Facundo Becerra y Gustavo Pérez de Urrechu. Foppiani pidió varias veces que la defensora aclare el planteo. Siragusa dijo que no pedía ni que se homologue ni que se rechace el acuerdo pero quería que supieran que técnicamente le habían recomendado no firmar y el imputado, habiendo recibido toda la información del caso, decidió seguir adelante con el acuerdo abreviado.

Ello derivó en un cuarto intermedio dónde por mayoría los jueces entendieron que estaban dadas las condiciones de admisibilidad (que se habían cumplido los requisitos formales) del acuerdo. Pérez de Urrechu aclaró que votó en contra. Dijo que es una cuestión compleja y el planteo vuelve la pelota hacia los jueces. Para el magistrado la conformidad se puso en tela de juicio por eso consideró que no estaban cumplidos los requisitos. Explicó que el consentimiento informado debe quedar entre el defensor y su pupilo y no es una cuestión a exponer en una audiencia de estas características y ello debe ponerse en conocimiento del defensor regional.

Sorteado este escollo y admitido el acuerdo por mayoría los jueces evaluaron la legalidad y racionalidad del convenio y allí coincidieron en que estaban cumplidas las pautas que fija la ley al respecto. Por lo que resolvieron homologar el acuerdo y condenar a Gustavo Espíndola a la pena de 14 años de cárcel.

“¿Hay que creer en la justicia no? Pero los años que le dieron para mí no valen una vida”, dijo Miguel Ángel, el padre de Rocío. Con Marcela contaron que es una forma de cerrar el círculo, terminar con una pesadilla y dejar que Rocío descanse en paz.

El hermano más grande estaba en el boliche, contaron Marcela y Miguel. Y dijeron que el atacante pasó a los tiros contra el boliche sin medir las consecuencias. Tras el crimen gestionaron el cierre del boliche en dos oportunidades y recibieron amenazas pero esa investigación quedó en la nada.

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