Sociedad

En Corrientes

Condenaron a un empresario que chocó y mató a un hombre y a su hijo de 12 años

Matías Piattoni dio positivo por drogas y alcohol. Pese a que estaba imputado por homicidio simple acordó una pena menor


Un empresario fue condenado a tres años de prisión efectiva e inhabilitación por 10 años para conducir por el crimen de Ángel Exequiel González y su hijo Mateo Ángel Gabriel, en Corrientes.

Fue el 13 de febrero de 2021 cuando Matías Piattoni embistió en la ruta nacional 12 , bajo los efectos del alcohol y drogas, al hombre y al menor provocándoles la muerte de forma instantánea.

Luego de un acuerdo entre todas las partes durante el juicio, Piattoni “pidió perdón” y reconoció las pruebas en su contra por lo que fue condenado por el delito de “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo automotor, bajo los efectos de estupefacientes, con un nivel de alcoholemia superior al gramo de litro por sangre, en exceso de velocidad de más de 30 kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho, sin estar habilitado y siendo más de una las víctimas fatales”.

Frente a los jueces Juan José Cochia, Ariel Héctor Azcona y Román Facundo Esquivel y a los familiares de la víctima, el empresario dio sus últimas palabras y les pidió perdón: “Ese 13 de febrero se me rompió el corazón y el alma; y eso me va a durar hasta el último día de mi vida”.

“Espero que este acuerdo lleve paz para todos”, finalizó. Luego de dicho testimonio fue detenido y trasladado a una unidad penal donde cumplirá la condena.

El acuerdo fue aprobado por los abogados del victimario, Julio Alberto Leguizamón y Estefanía Itatí Ceballos; la querella, por Juan Manuel Cubilla Podestá y el representante del Ministerio Público Fiscal, Jorge Omar Semhan.

Asimismo, se informó que la viuda del hombre de 32 años y mamá del menor de 12 también aceptó las condiciones del acuerdo.

En el escrito se informa además que “no se acogerá ni solicitará beneficio alguno relacionado a salidas transitorias ni modalidades de cumplimiento alternativo de la condena por un tiempo mínimo de 18 meses a contar desde su ingreso al establecimiento” carcelario.

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