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El fallo no está firme

Condenan al gobierno porteño a pagar casi $20 millones por caso de mala praxis

La víctima fue atendida en un hospital por el nacimiento de su cuarto hijo y varios días después tuvo que ser internada de urgencia en terapia intensiva. Los médicos tuvieron que amputarle sus cuatro miembros.


El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires deberá pagar casi $20 millones a una mujer por un caso de mala praxis, ya que ingresó al Hospital Durand para tener a su cuarto hijo y los médicos tuvieron que amputarle sus cuatro miembros por una “deficiente prestación del servicio médico”.

El fallo fue dictado por la jueza nacional en lo civil Silvia Tanzi, quien incluyó en su condena a dos médicas y al Hospital de General de Agudos Carlos Durand, pero rechazó el reclamo contra otros profesionales de ese centro asistencial.

La sentencia que trascendió hoy pero se dictó hace una semana, “aún no está firme”, por lo que las partes pueden presentar recursos al fallo de la jueza Tanzi que condenó al gobierno porteño a pagar sumas de 15.486.000, 1.610.000, 445.000, 535.000, 490.000 y 490.000 pesos como indemnización para la mujer, su marido y los cuatro hijos menores de edad.

La juez otorgó la indemnización en concepto de daño moral debido a la “gravísima incapacidad sufrida” y aseguró que no puede permanecer indiferente “ante la ingente transformación de la damnificada, quien nunca más podrá abrazar a sus hijos ni atender sus necesidades personales más básicas”.

Los hechos que originaron la demanda comenzaron el 8 de mayo de 2007, cuando la mujer, con casi 39 semanas de embarazo y antecedentes de tres cesáreas, se dirigió junto a su esposo al Hospital Durand para el alumbramiento de su hijo. Tras el nacimiento permaneció internada cuatro días hasta que el 13 de mayo fue dada de alta, oportunidad en que se le indicó una serie de revisiones periódicas de control.

La demandante relató que el 8 de junio de 2007 volvió al hospital donde la atendieron por guardia, le practicaron una revisión, le tomaron una placa RX y les informaron que se encontraba ginecológicamente bien, pero luego le hicieron firmar un consentimiento para una intervención quirúrgica.

Minutos después fue trasladada de urgencia a cirugía en malas condiciones físicas, estado de shock y con trastornos circulatorios.

Durante la operación le extrajeron tres litros de pus y le realizaron una histerectomía, para su posterior traslado a la unidad de terapia intensiva con asistencia respiratoria mecánica.

El 22 de junio de 2007 se le practicó otra operación en la que le amputaron un brazo y unos días después, en una nueva intervención, el otro miembro superior y las dos piernas.

La pareja demandante afirmó que cuando la mujer ingresó al hospital no se le realizó una correcta evaluación clínica, lo que demoró la intervención quirúrgica, lo que profundizó el estado de shock y obligó al uso de altas dosis de drogas vasoactivas, que generaron isquemia y necrosis en los miembros.

La magistrada indicó que, de acuerdo al concepto de “culpa” que establece el Código Civil, cuando un profesional incurre en la omisión de determinadas diligencias “ya sea por imprudencia, impericia o negligencia, falta a sus obligaciones y se coloca en la posición de deudor”.

Para la magistrada hubo un “deficiente prestación de servicios médicos” por parte de las profesionales que resultaron condenadas.

“La comprobación de la deficiente prestación médica recibida por parte de las médicas V. C. y L. M. conlleva sin lugar a dudas la responsabilidad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires”, sostuvo Tanzi.

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