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Condenan a joven por matar a automovilista de un piedrazo

La Cámara de Apelaciones dictó sentencia definitiva para Nahuel Santamaría, quien deberá pasar 14 años en prisión.


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En una audiencia oral y pública, la Cámara de Apelación en lo Penal dictó ayer la sentencia definitiva para Nahuel David Santamaría, quien en enero de 2010 atacó de un piedrazo a Claudio Frutos cuando transitaba en auto junto a su familia por el acceso sur, y le quitó la vida, según el fallo. El imputado, de 22 años, había sido absuelto por el beneficio de la duda en un juicio celebrado en 2012. Sin embargo, la resolución fue apelada por el fiscal Aníbal Vescovo y los camaristas Carina Lurati, Ramón Ríos y Daniel Acosta revocaron la pena y dispusieron la remisión del caso a otro tribunal para que dictara nueva sentencia. La misma llegó en mayo del año pasado, cuando fue condenado a 14 años de prisión por ser considerado “coautor penalmente responsable del delito de robo calificado seguido de muerte”. Pero la defensa de Santamaría, a cargo de Marcos Cella, interpuso un recurso de apelación. Esta semana, los jueces Alfredo Ivaldi Artacho, Adolfo Prunotto Laborde y Carlos Carbone desestimaron el mismo y confirmaron la sanción.

El abogado de Santamaría había apelado la condena por considerar que el tribunal que la emitió lo hizo “bajo presión, no fue un tribunal libre”. Entre otras cosas, Cella afirmó que no se puede someter a una persona dos veces al mismo proceso y solicitó la nulidad del fallo. Además, indicó que “no hay prueba legal que avale la presencia de Nahuel Santamaría en el lugar del hecho, no hay prueba directa que indique que el mismo sea autor del ilícito que se le enrostra” y criticó el allanamiento en el que su cliente fue detenido, considerando que se le plantaron elementos. De esta manera, hizo referencia a tickets a nombre de la víctima con manchas de sangre y una tarjeta de un hotel donde la familia Frutos se había alojado en Mar del Plata ese verano.

El fiscal de Cámaras Guillermo Camporini pidió que se rechazara el pedido de la defensa expresando que “no se han violado ninguna de las garantías”, que los jueces no actuaron bajo presión y que lo que hubo fue una valoración de la prueba por un tribunal distinto. Asimismo, descartó que la Policía haya plantado los tickets en la vivienda del acusado el día de su detención.

De esta manera, el tribunal que confirmó la condena afirmó que “no se advierte vicio alguno tanto en la norma que permite la apelación fiscal de la absolución como en el reenvío efectuado”.

Los jueces hicieron referencia también a la presunta plantación de pruebas a la que hace referencia la defensa de Santamaría, explicando que “contrariamente a lo afirmado en los agravios fue filmado y contó con la presencia de un testigo civil como exige el rito vigente”. Aclaran que ni siquiera el tribunal que absuelve al imputado había puesto en duda la validez de estas pruebas.

En relación con el planteo de inconstitucionalidad de la apelación del fiscal, los camaristas –basándose en distintos casos– consideraron que “no existe colisión irreconciliable entre derecho al recurso contra la sentencia absolutoria y el principio non bis in idem; el que no aparece violado mientras no exista sentencia condenatoria firme”.

Por lo tanto, el tribunal conformado por los camaristas Alfredo Ivaldi Artacho, Adolfo Prunotto Laborde y  Carlos Carbone rechazó la nulidad del fallo, como así también de la declaración de inconstitucionalidad, confirmando la sentencia a 14 años de prisión.  

Viaje mortal

El 31 de enero de 2010, Claudio Frutos, su esposa, su cuñada y su hijo de 11 años viajaban a bordo de un Chevrolet Corsa por avenida Circunvalación. A la altura de Uriburu, recibieron un adoquinazo que rompió el parabrisas e impactó en la cabeza del hombre dejándolo inconsciente.

“¡Claudio, cuidado!”, gritó la mujer a su marido, pero fue tarde. El adoquín pegó en el parabrisas y golpeó al hombre en la cabeza. Frutos quedó inconsciente, dio un volantazo y chocó contra el guardarrail.

De acuerdo con el relato de la mujer, cuando se acercó a su marido para ver qué tenía, el mismo muchacho al que había visto arrojar la piedra se acercó al auto y con un cuchillo tipo tramontina se le abalanzó y comenzó a pedirle sus pertenencias.

La esposa de Frutos contó que entregó todo lo que tenía –teléfonos celulares, 500 pesos y los papeles del auto–, al asaltante, a quien se le habían sumado otros dos cómplices.

Luego, todos huyeron del lugar, dejando a las víctimas a su propia suerte, ya que no tenían teléfono para pedir una ambulancia que los socorriera.

Frutos quedó internado en el Heca, adonde permaneció durante 10 días en la sala de terapia intensiva, con un diagnóstico de “traumatismo grave de cráneo con fractura y desplazamiento del hueso y pérdida de masa encefálica”. Falleció el 9 de febrero a causa de las lesiones.

Por el hecho, fueron detenidos Nahuel Santamaría y Rodrigo Olguín, quien durante un juicio abreviado fue penado con 14 años de cárcel por el crimen de Frutos y otro robo ocurrido un mes antes en similares circunstancias.

Juicio abreviado

En abril de 2011, Rodrigo Olguín, de 19 años, fue condenado a 14 años de prisión por el homicidio de Frutos, durante un juicio abreviado que fue homologado por el Juzgado de Sentencia 6ª, a cargo del juez Julio Cesar García.

Olguín había sido detenido el 2 de febrero de 2010 durante una serie de allanamientos que la Policía realizó en Grandoli al 3800. En el mismo procedimiento fueron apresados otros dos jóvenes, entre ellos Nahuel Santamaría.

En abril de 2010, el juez de Instrucción 11ª, Hernán Postma, procesó a Olguín y Santamaría como coautores del delito de “robo calificado por homicidio”.

La abogada de Olguín solicitó que se realizara un juicio abreviado, que fue aceptado por la Fiscalía. Santamaría no quiso hacer lo mismo y decidió ir a juicio oral.

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