Ciudad

Con más de 20 personas

Clubes: la Municipalidad ya reglamentó los protocolos para las asambleas

Los representantes jurídicos de dichas instituciones deberán solicitar el permiso con siete días de antelación, presentando los protocolos, y luego serán evaluados por las autoridades sanitarias para su confirmación


La Municipalidad de Rosario reglamentó este miércoles, tal como había sido solicitado por la Inspección General de Persona Jurídica de la Provincia de Santa Fe, los requisitos para que aquellos clubes de la ciudad que deban hacer asambleas u otro tipo de actos institucionales presenciales con más de 20 personas. Los representantes jurídicos de dichas instituciones deberán solicitar el permiso con siete días de antelación, presentando los correspondientes protocolos y croquis del lugar, y los mismos serán evaluados por las autoridades sanitarias para su confirmación.

Mientras dure el periodo de “distanciamiento social preventivo y obligatorio”, dictado por el Gobierno Nacional, todos los procesos de esta índole deberán ajustarse a las disposiciones del decreto firmado en la tarde de hoy. El mismo, se emitió luego de que la IGPJ definiera el pasado 28 de diciembre que los municipios deberían otorgar las autorizaciones para dichos actos y que en la jornada de ayer, a través de una circular aclaratoria, se definieran los alcances de los mismos.

De esta manera, a través de un formulario web publicado en www.rosario.gob.ar, todos los representantes legales interesados podrán realizar el pedido. En caso de aquellos que ya lo hayan realizado previamente a la emisión de dicho decreto, deberán readecuar el mismo a los puntos mencionados, en caso de que fuera necesario. Vale recordar que de no contar con el permiso emitido ni los respectivos protocolos sanitarios aprobados, el mismo no quedará ratificado.

Entre las condiciones generales que figuran en el decreto, para la realización de dichos eventos, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a) Las actividades previstas solo podrán tener lugar en la franja horaria comprendida entre las 8  y las 20.

b) Siempre que las características del acto lo permitan, deberá priorizarse un sistema de turnos para los asistentes.

c) Antes del ingreso al lugar se deberá tomar la temperatura a cada asistente.

d) Se le exigirá a los asistentes (aportando los elementos necesarios, para higienizarse el calzado y las manos.

e) Se le exigirá a los asistentes la utilización de barbijo que cubran nariz, boca y mentón, durante todo el tiempo que permanezcan en el lugar.

f) En caso de que el acto sea en un lugar cerrado, se deberá cumplir con la correcta ventilación.

g) Se deberá cumplir con el correcto distanciamiento, cumpliendo con 2 metros cuadrados circulables, por cada persona que asista.

h) Se deberán disponer lugares de ingreso y egreso independientes.

i) La actividad autorizada deberá hacerse en correctas condiciones de higiene, seguridad y salubridad.

j) Se deberá colocar cartelería de difusión de las anteriores recomendaciones.

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