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Acá falta Paula

Causa Perassi: la Cámara Penal revisará las condenas al matrimonio Strumia-Michl a fin de mes

La audiencia tendrá lugar el 26 y 27 de octubre y si bien será público adelantaron que no habrá televisación. La publicidad del acto se garantizará a través de la prensa que podrá presencial la audiencia en una sala continua a través de una transmisión en vivo


Gabriel Strumia y su esposa Roxana Michl. Foto: Franco Trovato Fuoco.

La revisión de la sentencia condenatoria dictada al matrimonio Gabriel Strumia – Roxana Michl en la causa Paula Perassi se iniciará el próximo 26 y 27 de octubre en los Tribunales provinciales. Ambos fueron sentenciados a 17 y 7 años de cárcel, respectivamente por el delito de privación ilegítima de la libertad coactiva por tratarse de una mujer embarazada.

Paula Perassi salió de su casa un domingo de septiembre de 2011 y nunca volvió. Estaba embarazada de 6 semanas producto de una relación con el empresario Strumia y, según la teoría de la acusación, la obligaron a abortar y en esa práctica murió. Su cuerpo nunca apareció. En la causa, además de Strumia y su pareja Roxana Michl, estuvieron involucrados Mirta Rusñisky –acusada de practicarle un aborto clandestino a Paula– y Antonio Díaz, un chofer de camiones que trabajaba para Strumia. También los empleados policiales que intervinieron en la investigación Lorenzo Gabriel Godoy –actualmente detenido en la investigación del crimen del barra de Newell´s Marcelo “Coto” Medrano ocurrida en septiembre pasado–, Aldo Gómez y María Galtelli,  junto a los dos ex comisarios Jorge Krenz y Adolfo Daniel Puyol. Todas estas personas fueron absueltas en una primera instancia.

El caso fue apelado y la Cámara Penal revocó parcialmente la absolución dictada al matrimonio. Ahora por aplicación de un criterio que fijó la Corte Suprema –donde habilitó un recurso horizontal–, otros tres camaristas –Bibiana Alonso, Gabriela Sansó y José Luis Mascali– revisaran la sentencia respecto a estos dos acusados.

Sin televisación y habilitado a la prensa 

La audiencia será el 26 y 27 de octubre próximo, comenzará a las 9 y presencial para las partes y se habilitará una segunda sala destinada a la cobertura periodística. Desde el tribunal explicaron que no hubo un planteo formal de televisación en la causa que se tramita ante la Cámara Penal.

Agregaron que a los fines de respetar las normas de salubridad en el marco de la pandemia se resolvió habilitar otra sala para la cobertura periodística de la audiencia a los fines de garantizar la publicidad de los actos públicos, este este caso la revisión de la sentencia.

La causa

La noche del 18 de septiembre de 2011 Paula Perassi, de 33 años, salió de su casa. Dijo que iba a buscar una tarea para uno de sus hijos. Nunca más volvió. Se determinó que estaba embarazada del empresario Strumia, con quién tenía un vínculo desde hacía algunos meses. Desapareció y hasta el momento no hay rastros de su cuerpo. Sus padres pelearon y lo siguen haciendo por recuperar los huesos de su hija y por ello, Alberto Perassi y Alicia Ostri, no dejan de preguntar: ¿Dónde está Paula?

La causa tuvo innumerables inconsistencias e irregularidades, se perdió material probatorio de valor, a lo que se le sumó el tránsito del caso del viejo sistema al nuevo procedimiento penal.

Llegó a juicio con Strumia, Michl, Díaz y Rusñisky acusados de aborto sin consentimiento seguido de muerte y privación ilegítima de la libertad agravada. En cuanto a la pata policial, los uniformados estuvieron sindicados por diluir y encubrir el caso y fueron imputados de varios delitos entre ellos incumplimiento de los deberes de funcionario, encubrimiento y en algunos casos por sustracción, destrucción de pruebas y falsedad ideológica.

La investigación llegó a juicio oral y público en 2019. Fue presidido por los jueces Griselda Strólogo, Mariel Minetti y Álvaro Campos. El 2 de mayo de ese año absolvieron a todos los acusados y los liberaron.

En octubre de 2019, el caso llevo a revisión y quedó en manos de los camaristas Gustavo Salvador, Javier Beltramone y Carolina Hernández quienes revocaron parcialmente la sentencia. Confirmaron la absolución a casi todos los acusados, salvo al matrimonio Strumia – Michl a quienes condenaron a 17 y 7 años de prisión por el delito de privación ilegítima de la libertad coactiva por tratarse de una mujer embarazada. El único delito que consideraron probado.

Recurso horizontal

La Corte Suprema de Justicia provincial fijó un nuevo criterio desde el caso del subcomisario Alejandro Scalcione, a quien la Cámara en 2012 elevó su condena a 18 años de prisión por el asesinato del profesor Neldo Rosso ocurrido en 2009.

“Cuando la Cámara Penal agrava una sentencia no se resguarda el principio del doble conforme, es decir la posibilidad de revisión amplia de lo decidido conforme lo estipulan las normas convencionales de jerarquía constitucional”, dijeron en dicha oportunidad y explicaron que “el modo de garantizar el doble conforme en casos de agravación de la calificación legal y sanción penal por parte de la Cámara debe ser el mismo que el determinado por la Corte para los supuestos de primera condena en segunda instancia”.

Para ello, la Corte fijó la revisión por un nuevo tribunal de segunda instancia y fundamentó que “para el caso que el nuevo tribunal de apelación convalide la condena, no hay posibilidad de impugnación ordinaria porque se garantizó el doble conforme y solo tendrá habilitada la vía extraordinaria provincial, es decir el recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia”.

Esta situación se dará en el caso Perassi. Al revocar la absolución de Strumia y Michl y dictar una condena en su contra. Un nuevo tribunal designado por la Oficina de Gestión Judicial de Segunda Instancia deberá revisar la sentencia condenatoria. En este caso la evaluación de  ese agravamiento de la resolución estará a cargo de Bibiana Alonso, Gabriela Sansó y José Luis Mascali.

En cuanto a la forma en que se llevará adelante la audiencia, la camarista Alonso explicó que la misma se realizará en forma presencial y respetando las norma de salud fijadas en el marco de la pandemia por el Gobierno Nacional.

La magistrada agregó que no hubo una presentación en la causa que tiene a su cargo sobre un pedido de televisación y refirió que a los fines de garantizar la publicidad de la audiencia se habilitaran dos salas para la apelación horizontal. En una se llevará adelante la revisión y en la otra se televisará en directo para la cobertura periodística.

Alonso dijo que uno de los integrantes del tribunal estará vía zoom y el resto en el recinto, al igual los acusados, la Fiscalía, la querella y la defensa. También los padres de la víctima si así lo desean. En la otra sala, y a través de los periodistas se garantizará el acceso a la información, detalló.

En cuanto a la situación procesal en la que llegan los acusados. El matrimonio Michl-Strumia recuperó la libertad tras el dictado de la primera sentencia donde fueron absueltos.

En la apelación se revocó esa decisión y fueron condenados, pero la libertad se mantiene hasta que el fallo se encuentre firme, lo que ocurre cuando se agotan todos los recursos provinciales.

Las audiencias en principio serán 26 y 27 de octubre de 9 a 16 o 17, en el medio habrá algunos pocos recesos.

En caso que sea necesario se extenderá la audiencia algún día más. Finalizada la exposición de las partes, el tribunal deliberará y legalmente tiene hasta 20 días hábiles para dar a conocer su decisión, describieron voceros judiciales.

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