El Hincha

No hubo denuncias penales

Causa Newell’s: Bellizia alertó maniobra indebida de la AFA

El juez que está a cargo del concurso preventivo bajo el que se encuentra la institución puso en conocimiento al Ministerio Público de la Acusación sobre la posibilidad de que la Asociación del Fútbol Argentino haya incurrido en el delito de “retención indebida".


 

El convulsionado presente de Newell’s vivió un nuevo capítulo esta vez en Tribunales. Es que el juez Fabián Bellizia, quien está a cargo del concurso preventivo bajo el que se encuentra la institución del Parque Independencia, puso en conocimiento al Ministerio Público de la Acusación sobre la posibilidad de que la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) haya incurrido en el delito de “retención indebida” y “desobediencia de orden judicial” al retener una suma de dinero que debía ser pagada a Newell’s como derechos de televisación.

Fuentes del Palacio de Justicia rosarino confirmaron que no hubo denuncia penal contra el presidente de Newell’s, Eduardo Bermúdez, ni contra la AFA. Lo que ocurrió fue que el juez Bellizia alertó al Ministerio Público de la Acusación sobre una maniobra económica que no había sido autorizada. Es que el dinero que le correspondía cobrar al club por derechos televisivos fue retenido por la AFA a modo de pago de parte de la deuda que el club mantiene con la máxima institución del fútbol argentino.

Esa deuda debe ser saldada de acuerdo a lo dispuesto por el “plan de cancelación de pasivo” establecido por sentencia, en contraposición al modo en que actuaron Bermúdez y el secretario José Menchón, quienes ofrecieron a la AFA quedarse con el pago que le correspondía a Newell’s por la televisación de los partidos a modo de saldar parte de la deuda. Para el magistrado, esta forma de pago “resulta inviable por contrariar y apartarse del mecanismo de cancelación de pasivos dispuesto” al no cumplir con las “disposiciones de orden público propias de la legislación concursal”.

Bellizia hizo la presentación por considerar que “podría configurar un supuesto de retención indebida en virtud de que se retiene deliberadamente una suma dineraria que le corresponde a la concursada y que resulta de medular importancia para la cancelación de sueldos atrasados, encontrándose quien la retiene en pleno conocimiento de que no poseía derecho para ello”.

El magistrado también advirtió que la retención podría implicar “desobediencia de una orden judicial” ya que el Tribunal había “ordenado a dichas entidades que se abstengan de realizar descuentos o retenciones sobre las sumas que le corresponden al Club Atlético Newell’s Old Boys”.