El Hincha

De cara a los Juegos

Autorizaron el retorno a los entrenamientos de los atletas paralímpicos

Este permiso llega un mes y medio después de que fueran habilitados los atletas olímpicos, cumpliéndose así con el anuncio realizado oportunamente por la secretaria de Deporte de la Nación, Inés Arrondo, que en ese momento indicó que los paralímpicos iban a ser autorizados "en una segunda etapa"


Los atletas paralímpicos fueron habilitados este viernes para retornar a los entrenamientos con vistas a los Juegos de Tokio 2021 mediante una autorización oficial suscripta por el ministro de Salud, Ginés González García, y el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero.

Este permiso llega un mes y medio después de que fueran habilitados los atletas olímpicos, cumpliéndose así con el anuncio realizado oportunamente por la secretaria de Deporte de la Nación, Inés Arrondo, que en ese momento indicó que los paralímpicos iban a ser autorizados “en una segunda etapa”.

Los Juegos Paralímpicos de Tokio 2020 fueron reprogramados para el año que viene y se desarrollarán entre el 24 de agosto y el 5 de septiembre de 2021.

En el arranque de esta preparación que tomará forma a partir de que esta decisión administrativa sea publicada en el Boletín Oficial en los próximos días, el Comité Paralímpico Argentino (Copar), se encuentra atravesando un severo conflicto institucional que deberá dirimir la Inspección General de Justicia (IGJ), ya que hay dos corrientes dirigenciales que se adjudican la conducción del organismo.

La resolución que habilita el regreso a los entrenamientos de los atletas paralímpicos argentinos dispone la excepción al cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y a la prohibición de circular para los atletas argentinos clasificados, y en vías clasificatorias a los Juegos Paralímpicos de Tokio 2020 (postergados para el año 2021), con sus respectivos equipos de trabajo.

También señala que las actividades deportivas autorizadas deberán desarrollarse con el cumplimiento de los Protocolos de Prevención y Control de Coronavirus elaborados para la referida preparación, que deberán ser adaptados para su implementación según la dinámica de la situación epidemiológica.

La autorización de la actividad alcanza además a los clubes y gimnasios donde realicen su entrenamiento los atletas paralímpicos, y en esos lugares solo podrán practicar deporte aquellos que se preparan para la mencionada competencia en Tokio.

Asimismo se dispuso que para estas actividades se deberá garantizar la higiene, y cuando correspondiere la organización de turnos y los modos de entrenamiento deportivo que garanticen las medidas de distanciamiento necesarias para disminuir el riesgo de contagio de Covid-19, mientras que los desplazamientos de las personas involucradas deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades exceptuadas de la prohibición.

El Comité Olímpico Argentino (COA) y las federaciones deportivas deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas para preservar la salud de los y las atletas, así como de sus equipos de trabajo, y tampoco podrán utilizar el servicio público de transporte de pasajeros.

Los que participen de esta actividad autorizada también deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia Covid-19, y a tal fin, el Ministerio de Turismo y Deportes remitirá la nómina de personas alcanzadas para el otorgamiento.

De esta manera los atletas paralímpicos estarán en igualdad de condiciones en cuanto a su preparación que los olímpicos, cuyos Juegos de Tokio fueron trasladados a realizarse entre el 23 de julio y el 8 de agosto de 2021.

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