Política

Presupuestos y controles

Auditorías a universidades: la AGN salió a aclarar ante la confusión de trolls y declaraciones

La presidencia de la Auditoría General de la Nación explicó que el plan para revisar cómo se gastan las partidas lo debe establecer el Congreso a través de una comisión mixta. Y recalcó que, más allá de eso, el Ejecutivo tiene el mandato constitucional de garantizar la educación superior


“Es necesario, a la luz del debate público, hacer algunas consideraciones sobre el «gasto» de la educación pública. En primer lugar, no es una opción para los gobiernos discutir si la educación pública se financia o no“. Así comienza un hilo de publicaciones en X de la cuenta Presidencia Auditoría General de la Nación sobre el intento del Gobierno de poner en el centro de la agenda sospechas sobre el uso de fondos por parte de la universidades. Los textos desandan el camino de la desinformación y precisan el mecanismo cuyo objetivo es minimizar corrupción o ineficiencia de la inversión nacional en un área clave para el desarrollo.

En los posteos se explica que la Constitución Nacional, en su artículo 75 inciso 19, “establece la gratuidad y equidad de la educación pública estatal, facultando al Congreso Nacional a dictar las leyes que la garanticen. Así como también establece la autonomía universitaria”. Por esa razón, sigue, “es obligación del Poder Ejecutivo Nacional garantizar el financiamiento de las universidades nacionales, dispuesta por el Congreso en el presupuesto nacional, pero no está dentro de su competencia controlar de qué manera se aplican los recursos“.

Y allí la aclaración: “Esto no quiere decir que carezca de control”. La encargada del mismo es la Auditoría General de la Nación, “órgano con competencia para realizar el control externo de las universidades nacionales”.

¿Y cómo se instrumenta?: “El Congreso Nacional es quien dispone qué, cuándo y a quiénes se audita a través del Plan Anual de Auditoría que aprueba la Comisión Mixta Revisora de Cuentas para cada ejercicio presupuestario”.

En declaraciones radiales, Juan Manuel Olmos, al frente de la AGN, agregó al respecto que el Congreso debería crear una comisión mixta entre diputados y senadores que es la que debe precisar y aprobar “los planes de auditoría”.

El titular de la AGN, que en cada período presidencial es designado por la oposición, señaló que, en este momento, “se aprobaron auditorías en las universidades de Jujuy, Formosa, Córdoba, Salta, Nordeste y La Plata”. Respecto de la Universidad Nacional de Buenos Aires, el funcionario refirió que por su volumen y monto presupuestario requiere un tratamiento particular y la designación de un equipo de auditores acorde, pero siempre a través de la comisión mixta. “La UBA (como sus pares en todo el país) es un ente público no estatal, no es parte del Poder Ejecutivo y no podría auditarlo el Poder Ejecutivo”, insistió. Y sobre el punto, añadió que “tiene auditorías internas que son concomitantes, es decir: mientras se desarrolla la gestión se están auditando”.

¿Qué es lo que se revisa en esos procesos? Olmos destacó que no solo el estado contable, sino también el de la gestión. “A veces no tenemos casos de corrupción, sino de ineficiencia del gasto”, puso como ejemplo de los resultados.

La cuenta de X finaliza con el señalamiento de que “en los recientes ejercicios se realizaron informes sobre las universidades de Rosario –en 2022, sobre transferencias, becas y convenios del ejercicio 2017–, del Litoral y de Buenos Aires y se comenzaron auditorías en las universidades nacionales de Formosa, Jujuy y Córdoba“.

 

Creación y funcionamiento

En la página web de la AGN se indica que el organismo fue creado en 1992 por la sanción de la Ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional. Dos años después, la reforma de la Constitución Nacional le otorga rango constitucional.

Es un organismo con autonomía funcional y con facultades propias cuya principal misión es la realización de auditorías y estudios especiales asistiendo técnicamente al Congreso en el ejercicio del control externo del Sector Público Nacional.

Su fin es promover el uso eficiente, económico y eficaz de los recursos públicos y contribuir a la rendición de cuentas y sus resultados para el perfeccionamiento del Estado en beneficio de la sociedad.

La Auditoría realiza el control externo posterior (ex-post) a la gestión de la administración central, los organismos descentralizados, las empresas y sociedades del Estado, los Entes reguladores de servicios públicos, las instituciones de Seguridad Social, los Fondos Fiduciarios integrados con bienes y fondos del Estado, las organizaciones privadas que reciban subsidios o aportes del Estado e instituciones cuyos fondos o administración estén a cargo del Estado.

Las autoridades de este organismo conforman el Colegio de Auditores, formado por un presidente, designado a propuesta del partido político de la oposición con mayor número de legisladores en el Parlamento, y seis auditores generales: tres designados por la Cámara de Diputados y tres por la de Senadores.

La Comisión Parlamentaria Mixta Revisora de Cuentas del Congreso aprueba el Programa de Acción Anual de control externo a desarrollar por la Auditoría.

 

 

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