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veredicto

Atentado contra Bonfatti: condenan a Espíndola

El policía que trabajaba en la comisaría 10ª fue sentenciado a seis años de cárcel por el ataque contra la vivienda del entonces gobernador Bonfatti, ya que un arma usada en la agresión fue hallada en su poder; la pena incluye un intento de robo.


Pablo Espíndola, un policía en disponibilidad a quien le hallaron una de las armas utilizadas en el atentado contra el entonces gobernador Antonio Bonfatti –en octubre de 2013–, fue condenado a 6 años de prisión por encubrimiento agravado por ánimo de lucro y por tratarse de un funcionario público, tentativa de robo calificado por el uso de arma de fuego, portación de arma de guerra y uso de documento público falso. El veredicto fue firmado por el Juzgado de Sentencia 6ª y rubricado por el juez Ismael Manfrín, quien hizo una fuerte crítica al monto de la pena que pidió la Fiscalía, lo que limitó la posibilidad de una sanción más gravosa.

El 11 de octubre de 2013 la casa del entonces gobernador Bonfatti, en Gallo y Darragueira, fue baleada por los ocupantes de dos motocicletas que pasaron por el lugar. En el interior había tres personas: el mandatario, su esposa y una empleada doméstica aunque ninguno resultó herido. En el lugar se secuestraron cinco balas deformadas encamisadas, un trozo encamisado, trece vainas servidas 9 milímetros, otras cuatro 11.25 y dos cartuchos intactos de este último calibre.

Catorce días después, personal de Tropa de Operaciones Especiales fue comisionado a la comisaría 10ª, a raíz del llamado de un periodista al jefe de la repartición, quien le informó que las armas utilizadas en el atentado al gobernador estaban en el interior de un Ford Fiesta ubicado en el patio de la seccional. Tras un allanamiento, y al levantar el asiento trasero del auto, se encontró una bolsa con una pistola calibre 11.25 con cargador y cartuchos, más una vaina servida. En dicha comisaría prestaba servicio Pablo Espíndola.

La detención

El 5 de diciembre siguiente se escucharon detonaciones de arma de fuego en La República y Campbell. El episodio fue denunciado telefónicamente y cuando la Policía llegó a la intersección de Juan José Paso y Campbell se cruzó con un Peugeot 206 a gran velocidad, por lo que se produjo una persecución que terminó en Travesía y Juan B. Justo. Del auto bajaron tres hombres: uno de ellos era Pablo Espíndola, quien se identificó como policía y mostró una credencial que luego se determinó apócrifa. Según la versión policial, al requisar el vehículo, en el piso, detrás de la pedalera, se encontró una pistola semiautomática calibre 11.25. Según declaró después una testigo, unos hombres bajaron de un auto oscuro y le arrebataron la cartera; como se resistió fue golpeada en la cabeza con la culata de un arma y tras desapoderarla se subieron al auto donde había otras personas, detalló.  Por su parte, un muchacho que venía delante de la mujer sostuvo que venía caminando cuando bajaron tres hombres de un auto y comenzaron a pedirle dinero, lo arrastraron y golpearon hasta robarlo.

Al declarar, Espíndola sostuvo que esa mañana había sido víctima de un robo en su auto, que logró ver los autores y los persiguió hasta un pasillo en Campbell y Juan José Paso junto con otra persona. Dijo que ingresaron al pasillo y salió al cruce un hombre armado, a quien Espíndola le sacó una pistola. Luego apareció una mujer que tenía un cuchillo y le impidió el paso, mientras los ladrones se escaparon por los fondos, relató. Añadió que fue a dar aviso a la comisaría y, cuando se retiró, a las pocas cuadras se puso un auto a la par y el acompañante lo apuntó con un arma. Intentó huir,  afirmó, ya que no sabía que eran policías, hasta que en un momento reconoció a uno de los compañeros. Se detuvo y entregó el arma secuestrada a la persona con la que había luchado en el pasillo, sostiene la declaración.

Esta versión le resultó insustancial al juez. A su vez se contrapone con el resto de los elementos probatorios. A ello Manfrín sumó que el arma secuestrada tiene la numeración limada, por lo que debía conocer esta circunstancia, más aun teniendo la condición de empleado policial. El magistrado no dejó de lado la credencial que mostró al momento de su detención, la que fue sometida a una pericia y se determinó que era falsa.

El atentado

En cuanto a su participación en el ataque a la casa de Antonio Bonfatti, Manfrín sostuvo que fue imputado de participar en la organización del atentado, hecho en el que se usaron dos armas calibre 9 y 11.25. Y el secuestro de una pistola  semiautomática marca Colt, calibre 45 (como también se conoce a la 11.25), de su auto al momento de su detención fue un elemento incriminante, ya que la pericia balística determinó que fue una de las armas utilizadas en el atentado. Es más: todas las vainas servidas secuestradas,  de ese calibre, fueron disparadas por dicha pistola. Por lo que el juez entiende que Espíndola estaba ocultando el arma utilizada en el atentado, lo que se enmarca en un encubrimiento agravado con ánimo de lucro y por su condición de funcionario público.

De los testimonios de los compañeros de trabajo de Espíndola se desprende un vínculo del uniformado con Emanuel Sandoval, conocido como Ema Pimpi, condenado, mediante juicio abreviado, por el ataque a la casa de Bonfatti y conectado con la venta de drogas, según surge del fallo. Por lo que habría una “doble pertenencia” del uniformado, que al momento de la detención se encontrada en disponibilidad, sostiene el fallo. A ello sumó el magistrado la existencia de escuchas telefónicas donde Espíndola habla de un “fierro caliente” al intentar vender el arma y la ofrece por 4 mil pesos.

Con estos elementos el juez determinó la responsabilidad de Pablo Espíndola en los delitos de encubrimiento agravado por ánimo de lucro y por tratarse de un funcionario público, tentativa de robo calificado por el uso de arma de fuego – ya que no se pudo determinar concretamente el desapoderamiento–, portación de arma de guerra y uso de documento público falso, para disponer una condena de 6 años de prisión.

Manfrín sostuvo que la pena aparece limitada procesalmente en base al pedido de la Fiscalía –en un primer momento a cargo de Enrique Paz y luego de Alejandra Rodríguez– que solicitó por todos los delitos 5 años de prisión y la querella, a cargo de Claudio Puccinelli, que requirió 6 años de prisión. El juez sostuvo que ese es un límite infranqueable, “impidiendo una cuantificación mayor que en el caso hubiere resultado acorde a la gravedad de las conductas y al alto grado de culpabilidad exteriorizado por el justiciable en la sucesión delictiva sometida a juzgamiento” concluye el fallo.

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