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Absuelven a Tato Camino por balacera en Alice y Lamadrid

Por Carina Ortiz.- Estaba procesado por intimidación pública y quebrantamiento de inhabilitación judicial por un incidente ocurrido en 2011.


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Alberto “Tato” Camino, hermano del asesinado jefe de la barra brava de Newell’s Roberto “Pimpi” Camino fue absuelto en una causa penal por intimidación pública y quebrantamiento de inhabilitación judicial que tramita en el Juzgado de Sentencia de la 2ª Nominación. El hecho ocurrió en junio de 2011 cuando una multitud se congregó en el barrio Municipal, emplazado en la zona sur, con la intención de marchar hacia la cancha de Newell’s a presenciar el partido de fútbol que el club del Parque iba a disputar con San Lorenzo de Almagro. En esa instancia se produjo una balacera que terminó con un simpatizante rojinegro y un comisario heridos. La magistrada María Isabel Mas Varela entendió que el accionar del acusado no configuró el delito imputado ya que no llegó a comprobarse que dicha marcha tuviera la intención de “alarmar o infundir temor en un sector de la sociedad” a la vez que sostuvo que no hubo quebrantamiento de una orden judicial. El fallo está apelado.

Bajo el lema de “La hinchada que nunca abandona”, la tarde del 4 de junio unas 500 personas se congregaron en la esquina de Alice y Lamadrid para realizar una “previa” del partido que Newell’s disputaría con San Lorenzo. Como el rumor de la convocatoria ya se conocía, la Policía contactó a Tato Camino para verificar la información y dispuso un operativo de seguridad para el evento del que participaron el jefe de la seccional 11ª, Máximo Alegre, el jefe de la Agrupación Unidades Especiales, por entonces Néstor Arismendi y el inspector de Zona, Néstor Cabrera, entre otros.

Bombos y cánticos invadieron el lugar hasta que se escucharon varias detonaciones de arma de fuego que, según algunos testigos, fueron realizadas por dos hombres que aparecieron y se dieron a la fuga en moto. Como resultado del ataque, un simpatizante y el comisario Alegre resultaron heridos.

La investigación del hecho puso la lupa sobre Camino quien fue sindicado como el organizador de ese movimiento de gente que tenía como destino la cancha ubicada en el Parque Independencia y la fiscalía lo acusó de organizar el encuentro que tenía como único fin intimidar públicamente a la sociedad, especialmente al público que concurría al estadio y generar caos en las inmediaciones del lugar, lo que fue difundido por medios periodísticos.

Según la fiscalía, Camino manifestó su odio hacia los entonces referentes de la hinchada del club y además se le achacó que a sabiendas de la prohibición que pesaba sobre su persona de ingresar al estadio violó dicha regla ante una supuesta jefatura mediata del grupo.

Pero la jueza de sentencia María Isabel Mas Varela no compartió el criterio. La magistrada valoró los testimonios de los funcionarios policiales, quienes refirieron que ante el conocimiento de una convocatoria de la parcialidad rojinegra contactaron a Camino, quien se presentó en sede policial junto con otro hombre (que luego fue sobreseído) que dijo ser el organizador de una movilización pacífica y pidió custodia. Y agregaron que Camino nunca intervino en la conversación y no participó en la movilización, lo que fue confirmado por los restantes testimonios reunidos en la causa.

La negativa de Tato

Por su parte, Tato sostuvo que no era líder ni referente de la barra y que tenía claro sus compromisos con la Justicia y cuando lo asesinaron a su hermano se refugió en la religión. Y agregó que no albergaba deseos de venganza y cree que “será Dios quien haga justicia”. Sostuvo que cumple estrictamente la prohibición de ir a la cancha, derivada de una condena a 3 años en suspenso por el copamiento del club en 2009 y ese día llamó a la comisaría y una empleada policial le dijo que no asistiera porque se había suspendido el partido, refiere el fallo.

A su vez, la jueza analizó algunas entrevistas periodísticas que dio el acusado. Una de ellas –previa al hecho– da detalles de la marcha y sostiene que es un nexo entre la gente y los medios de comunicación y una posterior donde afirma sus sospechas que el ataque tiene que ver con gente vinculada con el actual líder de la barra, Diego “Panadero” Ochoa.

Justificaciones del fallo

Luego de analizar las pruebas, Mas Varela concluyó que para que exista intimidación pública debe haber intención de alarmar o de infundir temor o miedo público, lo que debe derivar en desórdenes o tumultos y no se determinó certeramente que la marcha hacia el club pudiera revestir la idoneidad suficiente para infundir temor público o suscitar desórdenes; y agrega: “No llegó a comprobarse la intención de alarmar, de infundir temor en un sector de la sociedad y tampoco se advierte en la entrevista periodística donde pide a la gente que se desplace en forma pacífica, y agrega que los dichos sobre el actual jefe de la barra debe interpretarse como una crítica a su actuación como encargado de la hinchada”.

Respecto del delito de quebrantamiento de inhabilitación judicial la jueza sostuvo que el ingreso al estadio no se materializó de acuerdo a las constancias del expediente y que en todo caso el reproche es hacia un eventual incumplimiento de una regla de conducta al no presentarse en la comisaría, por lo que ordenó la remisión de copias al Juzgado de Ejecución penal y dicto la absolución de Alberto Cristóbal Camino en el caso.

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