Policiales

Juicio oral

Absolvieron a Aldana Muñoz, la joven que intentaron condenar al presentarla como “mala madre”

Su novio mató a su bebé. Los detuvieron a los dos. A ella por dejar al niño en manos del agresor para irse a bañar. Cuestionaron su integridad y la acusaron de que sabía el peligro que corría el niño. Con fuerte crítica a la Fiscalía por falta de perspectiva de género, el Tribunal la absolvió


Aldana tenía 20 años cuando mataron a su bebé de un golpe en la cabeza. El agresor fue un joven, quien era su pareja. La relación era insipiente y ella ya había intentado limitar los malos tratos del muchacho. En 2017, Aldana junto a su bebé Mateo fueron a visitar al atacante. Durmieron en una habitación al fondo de la propiedad. A la mañana siguiente Aldana se fue a bañar y al salir su bebé estaba desvanecido en los brazos de su novio. Tenía un fuerte golpe en la cabeza que le produjo la muerte horas después. Franco fue detenido por el homicidio y Aldana por abandono de persona agravada.

Este martes se conoció el veredicto en el juicio  oral al que ambos fueron sometidos. El muchacho fue condenado a 20 años de cárcel y ella resultó absuelta con una fuerte crítica a la Acusación: “Deberíamos reflexionar sobre la humanización del proceso, considerar los dramas personales en los que se desenvuelven los conflictos penales”, dijo el tribunal –integrado por Roman Lanzón, Ismael Manfrín y Mariano Aliau– y agregó que para los operadores de Justicia este juicio es sólo el cumplimiento de su labor pero para Aldana Muñoz fue una pesadilla difícil de imaginar y que sólo probablemente finalizará con el dictado de esta sentencia.

Aldana tenía tres hijos en 2017, uno de ellos era Mateo, de 6 meses. El 22 de abril de ese años, Aldana llegó con su bebé a la casa de su novio en Granadero Baigorria. Franco también de 20 años había acondicionado una pieza que había en el fondo de la casa, sin muebles sólo puso un colchón.

Esa noche los tres durmieron allí. A la mañana siguiente cerca de las 9, Aldana se fue a bañar en la parte delantera de la vivienda. Se estaba duchando cuando escuchó llorar a Mateo y salió. Según concluyeron los magistrados, Aldana se encontró con su pareja en la puerta junto a otros vecinos con el niño desvanecido en sus brazos.

Franco, con Mateo en sus brazos, se subió a la moto de un familiar y se fue al hospital Eva Perón mientras que Aldana llegó en un auto de un vecino. El bebé murió a las pocas horas a causa de un traumatismo de cráneo grave en la cabeza.

Aldana y Franco terminaron detenidos, él imputado por el crimen y ella recuperó la libertad pero en agosto de 2018 se hizo otra audiencia donde tanto la fiscal Georgina Pairola como la querella – que representó al padre del niño–, arremetieron ferozmente contra Aldana y la acusaron por abandono de persona. Incursionaron sobre aspectos de su vida personal y la hicieron responsable de dejar al niño con Franco para irse a bañar. Dijeron que Aldana sabía de los malos tratos de Franco hacia Mateo y que lo había expuesto al peligro pudiendo evitarlo.

Aldana

“Me están llevando presa cuando acababa de perder a mi bebe, lo había visto muerto y ni siquiera había podido llorar dos segundos, abrazar a alguien porque me encerraron”, declaró Aldana en el juicio sobre la primera de sus detenciones.

“Nunca pensé que por irme a bañar cinco minutos iba a perder a mi hijo, si no nunca lo hubiera dejado”, dijo la joven y para el tribunal esta declaración se vio reforzada con el correr del juicio.

Tras el debate, los jueces hicieron algunas consideraciones al momento de dar a conocer la sentencia donde echaron por tierra las teorías de la Fiscalía y la Querella de que Aldana llegó la noche anterior en un taxi con el niño golpeado y así permaneció hacia la mañana siguiente.

Hubo varios testimonios que contaron sobre la desesperación de Aldana al ver a su hijo desvanecido y el relato que hizo con todas las personas con los que habló incluidos los médicos.

Para el Tribunal está probado que en el momento del golpe el niño estaba con Franco López. “La víctima murió de un severo golpe, un choque de su cabeza con una superficie plana a gran velocidad. Los especialistas descartaron una caída casual. Debió ser de una energía importante por las características de la lesión y como no había muebles estiman que lo lanzó o azotó contra la pared o el piso”, describieron en sus argumentos.

Los mensajes

De los análisis de las comunicaciones por Whatsapp entre Franco y Aldana surgió que la relación era reciente y que ella no estaba de acuerdo con el trato que le daba al pequeño.

Franco le insistía en pasar más tiempo con el bebé y ella le dijo que no lo iba a dejar que lo maltratara, le pegara o le mojara la cara.

Si bien el Tribunal no logró saber a ciencia cierta el maltrato que sufría Mateo concluyeron que había una clase de destrato, circunstancia que Aldana repudiaba. “Le dijo que no le llevaría al niño si no lo respetada”, señalaron los jueces y citaron una conversación donde ella le contó a Franco lo feliz que estaba por cómo había cuidado y calmado al bebé. “Me encantó que te portes así con él”, decía unos de los mensajes, que hizo estimar que el agresor le pudo haber generado cierto grado de confianza a la joven.

Para el tribunal, los dramas y conflictos intrafamiliares donde no sólo existen agresiones físicas sino sexuales, son violencias que se manifiestan progresivamente antes de escalar a consecuencias más gravosas. Durante ese trance tanto las víctimas como los que toman conocimiento de este hecho no tienen la claridad que la Fiscalía y la querella estiman que tendría que haber tenido Aldana, resaltaron.

La Fiscalía y la querella le endilgaron a Aldana que no se alejó rápidamente de las primeras violencias hacia ella o el niño y pretendieron hacerla penalmente responsable de ello aún cuando ambas partes acusadoras dijeron estar cocientes de que había indicadores de violencia de género.

“Descartaron de un plumazo los dilatados estudios y parámetros referidos a la violencia de género para concluir que en este ámbito había que exigirle a la víctima una autonomía de voluntad”, contaron.

En cuanto a las agresiones al niño decían que tenían una entidad suficiente para que Aldana se apartara pero no dieron especificaciones de esos hechos. Aún cuando la joven hubiera percibido conductas violentas, ello no podía derivar en que la única respuesta racional, matemática y sobre todo obligatoria bajo sanción penal, era alejarse.

“La realidad no es así de lineal, hay matices”, dijeron los magistrados, quienes entendieron que la acusación contra Aldana es un exceso de punitivismo alejado de la realidad. “Como dice el refrán: Para quién tiene un martillo en la mano todos los problemas son clavos”, aseguraron.

El señalamiento de ciertos aspectos de la vida personal de Aldana no fue pasado por alto por los jueces.

“Se ventilaron aspectos innecesarios de la vida de la chica. Si tuvo errores o pudo haber tomado mejores decisiones no tiene que ser este Tribunal el que la juzgue”, señalaron.

“Que haya ocurrido un homicidio tremendo y lamentable no autoriza a extender las responsabilidades sin un claro criterio de imputación penal. Como si sólo bastara la causalidad (de haberse ido a bañar) sin evaluar los criterios de imputación penal”, concluyeron y absolvieron a Aldana por unanimidad.

En cuanto a Franco López el tribunal descartó que se haya probado un aprovechamiento consciente o maquinaciones específicas para generar una situación extra de indefensión que requiere la alevosía y le dieron 20 años de prisión por el delito de homicidio doloso.

“La juzgan por mala madre y por eso piden 10 años de prisión para ella”

 

Comentarios