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Aborto legal: qué dice la ley que se votará en el Congreso

Los diputados agregaron la objeción de conciencia individual y la creación de un registro estadístico. La interrupción voluntaria del embarazo será legal hasta la semana 14 con atención médica, social y psicológica


El debate por el aborto legal generó una amplia discusión en todo el país y los ojos ahora estárán puestos en el Congreso. Foto. Juan José García

El miércoles de la semana que viene el Congreso Nacional votará por primera vez en la historia del país una ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). El jueves pasado, legisladores de todo el arco político acordaron un proyecto de consenso. Tomaron como base la iniciativa de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito y agregaron modificaciones para sumar el voto de los indecisos. La nueva ley dice que el aborto será legal por decisión de la mujer o persona gestante hasta la semana 14 de embarazo inclusive. Será garantizado en la salud pública y privada a través de consejerías integradas por profesionales que trabajarán con un enfoque médico, social y psicológico.

Después de ese período de gestación será un derecho en casos de violación, riesgo de salud o malformaciones fetales incompatibles con la vida afuera del útero. Este último punto fue una de las modificaciones agregadas. Los diputados también sumaron la objeción de conciencia individual y con registro previo y la prohibición de la objeción a nivel institucional. Otros de los cambios fueron la creación de un registro de estadísticas y la referencia al Código Civil y Comercial para garantizar el derecho a decidir de niñas menores de 16 años. La ley pide además la garantía de la educación sexual integral, el acceso a anticonceptivos y la modificación del Código Penal para que abortar en el período mencionado deje de ser un delito.

El principal cambio que propone la ley en relación a la legislación actual es que Argentina deje el modelo de despenalización por causales de violación y riesgo de salud vigente desde 1921 y pase a la legalización por voluntad de la mujer o persona gestante. El proyecto de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito entró a la Legislatura el 6 de marzo con la firma de apoyo de 71 diputados. Desde 2005 fue presentado siete veces pero este año se debate por primera vez después de que el presidente Mauricio Macri diera libertad de conciencia a los legisladores de Cambiemos. A la par llegaron al Congreso otros ocho proyectos de IVE, algunos de los cuales fueron usados para pensar el texto final actual. Las comisiones que los trataron fueron las de Legislación General, Salud, Mujer y Familia. Desde el 10 de abril y durante dos meses, 738 especialistas y referentes hablaron a favor y en contra de la legalización en los plenarios de las comisiones. Las exposiciones de 7 minutos fueron transmitidas a través del canal de la Cámara de Diputados y seguidas por miles de personas en todo el país.

Qué dice la ley

La ley tiene 22 artículos en 9 páginas y en sus primeros renglones dice que el objetivo es garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo. Está basada en los derechos reconocidos en la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos ratificados por la Argentina, en especial, los derechos a la dignidad, la vida, la autonomía, la salud, la integridad, la diversidad corporal, la intimidad, la igualdad real de oportunidades, la libertad de creencias y pensamiento y la no discriminación.

Según el texto las mujeres y personas gestantes podrán acceder a la IVE hasta la semana 14 y deberá ser garantizada tanto en la salud pública como en la privada en un plazo máximo de cinco días desde la solicitud. Después de ese período de gestación el aborto será legal por las causales vigentes actualmente en el país, a las que se suma el ítem de malformaciones fetales. Todos los centros de salud deberán dar la atención a través de consejerías. En el caso excepcional de que no puedan derivarán a la paciente para que puedan abortar en el plazo de la ley. Para hacerse la práctica la mujer o persona gestante tendrá que firmar un consentimiento informado.

En el caso de menores de 16 años la IVE se hará con consentimiento informado y según lo que dice el Código Civil y Comercial, en concordancia con la Convención sobre los Derechos del Niño, y respetando el interés superior de la niña, niño o adolescente y su derecho a ser oído.

La atención de los profesionales de la salud está pensada desde una perspectiva que busca favorecer la autonomía en la toma de decisiones. Para eso le darán a la mujer la información adecuada sobre el procedimiento, garantizarán la atención previa y posterior tanto a nivel médico como social y psicológico, la acompañarán en el cuidado de la salud y le darán información completa y confiable sobre métodos anticonceptivos.

Registro de objetores

Una de las modificaciones en el texto original es la inclusión de la objeción de conciencia. Dice que los profesionales de la salud tienen que garantizar el acceso a la práctica y que podrán no hacerlo si previamente se registran. La objeción será por escrito e individual y tendrá validez tanto en la salud pública como privada. En ninguna circunstancia podrá ser institucional como pasó en el caso de Ana María Acevedo, que murió a los 19 años porque en el Hospital Iturraspe de Santa Fe le negaron un aborto no punible y no la trataron por un cáncer de mandíbula para salvar al feto.

Educación sexual

La ley también contempla la educación sexual integral y hace referencia al deber del Estado de aplicación de las normas ya vigentes en este tema, como la sancionada en 2006. Otro de los artículos plantea la creación de un registro estadístico. Este punto será fundamental para tener números actualizados y certeros de la cantidad de abortos que se practican en Argentina. El último estudio oficial encargado por el Ministerio de Salud nacional fue en 2005 y arrojó que en promedio se hacen entre 320 mil y 500 mil abortos por año.

Fin del delito

La segunda parte de la ley es la que elimina la penalización del aborto, tanto de la mujer o persona gestante como del profesional o quien lo practique. A través de tres artículos se solicita modificar el Código Penal para que el aborto no sea considerado un delito hasta la semana 14. Después de ese período será penalizado salvo en las causales antes mencionadas.

Cómo legislan otros países

En el mundo existen tres tipos de legislaciones en relación a la práctica del aborto: la legalización hasta una determinada cantidad de semanas, la despenalización por causales y la penalización total. En Canadá, Estados Unidos, Uruguay, India, los países de la antigua órbita soviética y la mayoría de los de Europa, el aborto es legal a petición o demanda de la mujer durante cierto período de gestación. Gran parte de estas naciones legalizaron en la década del 70. En la mayoría de los países de Latinoamérica, África, Medio Oriente, Oceanía y el Sudeste Asiático el aborto es legal por causales, es decir está penado salvo excepciones.

Por último, sólo cinco países -Ciudad del Vaticano, El Salvador, Malta, Nicaragua y República Dominicana- prohíben la interrupción del embarazo bajo cualquier circunstancia y tipifican penas de cárcel para la persona gestante y para quien realice o facilite la realización de un aborto.

En Argentina, parte del grupo de la despenalización por causales, el aborto debe ser garantizado en la salud pública y privada a través del protocolo de Interrupción Legal del Embarazo (ILE) elaborado por el Ministerio de Salud de la Nación. Actualmente sólo un tercio de las provincias lo aplica.

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