Policiales

Caso Peyrano

Abogado baleado: correctivo al juez de Garantías

El camarista Acosta prorrogó preventiva a un letrado acusado de atacar a tiros a otro, pero sólo por 60 días: dijo que el magistrado de primera instancia debe fundar de mejor manera su decisión. La defensa cuestiona reconocimiento por fotofit; el juez de Cámara dice que no es una prueba definitiv


El juez Daniel Acosta. Foto: archivo

 

 

Dos meses atrás un abogado fue detenido por dispararle a otro letrado de la ciudad. Lo detuvieron en la localidad cordobesa de Marcos Juárez, disfrazado y colocando un dispositivo de localización en un auto estacionado. El disfraz fue la clave para que Fiscalía lo vinculara con el ataque sufrido por el abogado rosarino, que salvó su vida de milagro. La víctima participaba en un juicio de escrituración de unos campos y un departamento valuados en 14 millones de dólares que terminó en una denuncia penal contra el sospechoso, quien tras ser detenido en Córdoba fue imputado de tentativa de homicidio y quedó en prisión preventiva. Este jueves la Cámara Penal hizo algunas críticas a la actuación del juez de IPP (instrucción penal preparatoria) y, si bien confirmó varios de los puntos cuestionados por la defensa, limitó el plazo de detención a 60 días, en el que se deberá resolver si el caso pasa a juicio.

Eran cerca de las 21 de lunes 18 de mayo de 2015. El abogado Guillermo Peyrano estacionó su auto en una cochera en España al 800. Se dirigía a su casa y caminó por calle Córdoba. Un balazo le entró por la nuca y se le alojó en la mandíbula. La víctima dijo que el disparo se produjo desde atrás y no pudo ver a su agresor. El hecho pasó ante la mirada de algunos transeúntes; algunos de ellos se acercaron a auxiliar a Peyrano, quien quedó apoyado contra una pared. Uno de los testigos brindó una declaración pormenorizada y contó cómo vio al agresor, datos que sirvieron para hacer un fotofit.

El abogado Guillermo Peyrano

Para la acusación, el móvil del hecho está vinculado con un juicio de escrituración que terminó en una causa penal. La consuegra de la víctima fue intimada para escriturar un campo y un departamento valuados en 14 millones de dólares que aseguró no haber vendido. En esta causa civil su abogado es Guillermo Peyrano. Entonces la mujer denunció al imputado Alejandro Cristian M. y a su madre, que la intimaron a escriturar. Pero la defensa del acusado dijo que el abogado movía influencias judiciales y periodísticas para perjudicarlos. Por su parte, Peyrano aseguró que en cada movimiento procesal que había en la causa sufría amenazas y recordó que fue baleado poco después de que el padre del imputado fuera condenado por estafa en otro caso similar.

En diciembre de 2017 el abogado Alejandro M. fue detenido en Marcos Juárez colocando un rastreador al auto de un productor agropecuario con el que también tiene un diferendo que llegó a la Justicia. Tenía su fisonomía cambiada y un policía lo corrió seis cuadras hasta que logró detenerlo. Una foto que le sacaron en aquel momento fue comparada con el fotofit y, según la Fiscalía, arrojó un 75 por ciento de similitud, comparación que fue duramente cuestionada por el abogado defensor, Paul Krupnik.

En marzo de este año la fiscal Marisol Fabbro lo imputó de tentativa de homicidio, pidió la prisión preventiva y se comprometió a presentar acusación en 30 días, lo que fue admitido por el juez Román Lanzón. Pero Krupnik apeló. Planteó irregularidades que terminaron en la sindicación de su cliente, cuestionó la evidencia que recolectó Fabbro y la calificación legal elegida por la Fiscalía.

La revisión cayó en manos del camarista Daniel Acosta, que hizo un llamado de atención al juez de primera instancia por la “preocupante carencia” de fundamentación en su decisión. “Si bien el lugar idóneo para analizar la prueba es el juicio oral y público, ello no implica que el magistrado no tenga el deber de expedirse sobre la evidencia que se reunió”, dijo y  aconsejó profundizar en ello y no sólo remitir al planteo fiscal.

Si bien el juez de Cámara evaluó las quejas de la defensa en cuanto a la comparación del fotofit con una foto suministrada por personal policial –que proviene de la causa cordobesa donde se detiene al hombre disfrazado– no tiene las misma consecuencias de un reconocimiento, por lo que desechó la nulidad del planteo en este sentido y entendió que no es un acto definitivo e irreproducible.

Además, el juez Acosta tuvo en cuenta que la abogada del productor agropecuario también padeció amenazas con una metodología similar a la sufrida por Peyrano, una nota con un mensaje amenazante y una bala.

También el camarista tomó en cuenta la negativa del imputado a someterse a una rueda de reconocimiento sin ninguna motivación que lo justifique y evaluó el informe médico respecto del disparo que recibió la víctima. Concluyó que no resulta arbitraria la calificación elegida por la Fiscalía.

Con estos argumentos confirmó la decisión del juez Lanzón, aunque limitó el plazo de la prisión preventiva a 60 días o hasta la audiencia previa al juicio si se produce antes.

 

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