Ciudad

En debate

A un paso de cerrar sin justicia

La reducción del plazo de la condena a una oficial de Policía que atropelló a un motociclista en el acceso a la ciudad de San Lorenzo pone en riesgo la posibilidad de que un hombre acusado de dar falso testimonio pueda ser juzgado.


La Fiscalía de San Lorenzo suspendió la audiencia imputativa a Jesús D., testigo clave en el juicio contra la oficial de policía Raquel Murúa, quien en noviembre de 2008 atropelló y causó la muerte de Mario Secondino cuando el hombre iba en moto por el acceso sur a esa ciudad. En la causa se investiga si el declarante incurrió en falso testimonio, delito para el que está prevista una pena máxima de cuatro años –ya transcurridos–, por lo que se estudia la prescripción. Jesús, compañero de trabajo de la víctima, habría mentido sobre cómo ocurrió el choque entre el auto de Murúa y la moto porque, según familiares de Secondino, habría sido apremiado por la Policía para beneficiar a la uniformada. El testigo iba en otra moto en sentido correcto y más adelante que Secondino cuando ocurrió el siniestro.

En 2013 la Cámara de Apelaciones bajó de cuatro a tres años de prisión efectiva la condena a la policía de la UR XVII por el siniestro en el intercambiador de las rutas 11 y A012. Esto posibilitó, según establece el Código Penal, que la mujer policía cumpliera menos de un tercio del tiempo de condena y accediera, hace más de un mes, a la libertad condicional.

Por el fallo se conoció la versión oficial de cómo ocurrió el polémico siniestro. La misma se apoya en los informes de los peritos de Gendarmería Nacional y los videos tomados por una cámara de vigilancia, apoyándose en los cuales la Justicia determinó que el coche de Murúa no fue movido, como se denunciaba, para simular que marchaba en la dirección correcta.

El caso reavivó el debate sobre las penas efectivas para los responsables de conductas indebidas en el tránsito que acarrean consecuencias fatales.

Pena reducida

Cuatro años después del siniestro vial en el que perdió la vida Mario Secondino, de 17 años, el juzgado de Sentencia Nº 8 condenó a la policía Raquel Murúa a cuatro años de prisión efectiva y ocho de inhabilitación para manejar. Pero por pedido de la defensa la decisión llegó a la Cámara de Apelación en lo Penal. En octubre de 2013 la Sala IV le redujo la pena a tres años. El texto de esta sentencia, al que accedió El Ciudadano, fue firmado por los jueces Daniel Acosta, Rubén Darío Jukic y Alfredo Ivaldi Artacho, quienes fundamentaron el motivo de la reducción y dispusieron que la policía cumpliera su tiempo de prisión lejos de otros infractores a la ley penal hasta poder solicitar la libertad condicional.

La oficial Murúa cumplió once meses de detención contando los dieciocho días de prisión preventiva que tuvo durante el juicio. Por formar parte de la fuerza policial fue ubicada en una dependencia que no compartió con otros condenados por delitos dolosos y en marzo de este año recuperó la libertad de modo condicional cumpliendo con lo establecido en el artículo 13 del Código Penal. “El condenado a reclusión o prisión por tres años o menos que hubiere cumplido un año de reclusión u ocho meses de prisión podrá obtener la libertad por resolución judicial, previo informe de la dirección del establecimiento e informe de peritos”, refiere tal punto.

En adelante, para mantener el beneficio, la mujer debe cumplir una serie de condiciones relativas al domicilio y otros requisitos de inspección. En particular, someterse a tratamiento médico, psiquiátrico o psicológico y si comete otro delito antes del plazo de cumplimiento de la pena la misma puede volverse efectiva.

Irregularidades

Del juicio a Murúa surgieron dos pedidos de investigación: uno por falso testimonio de Jesús D., y otro por la participación de uniformados en una supuesta adulteración de la escena del choque para beneficiar a la colega que en ese momento iba a hacer adicionales a Capitán Bermúdez.

Sobre el segundo pedido es que el fallo de la Cámara en 2013 descartó la supuesta irregularidad apoyándose en una filmación de las cámaras de vigilancia de la empresa Vicentín instalada en inmediaciones del lugar del choque.

Los magistrados admitieron que hubo testigos que dijeron que el auto de Murúa había sido corrido para beneficiar a la imputada. Sin embargo, insistieron en el escrito, la filmación de la cámara muestra que el automóvil no fue movido en ningún momento.

Comentarios