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A Tribunales por sí al aborto

El colectivo Juana Azurduy presentó hábeas corpus preventivos para evitar la criminalización de las mujeres que deciden interrumpir un embarazo. Recordaron que se producen 500 mil al año en el país.

El agrupamiento de mujeres Juana Azurduy realizó ayer una inédita presentación colectiva de hábeas corpus preventivos en 14 provincias para, en términos generales, evitar la penalización de las mujeres que se realicen abortos y para que la Justicia reclame al Poder Legislativo la adecuación de las actuales normas que reprimen esas prácticas a las convenciones internacionales incluidas en la Constitución por la reforma de 1994. En suma: que se despenalice y se legalice la interrupción de los embarazos.

En todo el país fueron cerca de dos mil las firmantes del escrito por el cual se esgrime que los tres artículos del Código Penal que penalizan la interrupción voluntaria de los embarazos “vulneran garantías de rango constitucional” y afectan “el derecho a decidir el número de hijos e intervalo de nacimientos” por parte de las mujeres.

La organización argumenta que la existencia de esas normas es “inconstitucional” porque, a su criterio, constituyen un “cercenamiento e injerencia” en la libertad física consagrada constitucionalmente.

Lo que esgrimen las firmantes de la presentación es que “muchas mujeres con dinero y las que gozan de una protección social por tener prepagas u obras sociales, también pasan por esta decisión (de abortar) alguna vez en su vida; pero son las más pobres las que resultan criminalizadas”. Así, Sonia Lascano, coordinadora en Río Negro de Juana Azurduy puso sobre el tapete la brecha social que coloca a las mujeres a un lado u otro de una posible condena según el lugar que ocupen en la pirámide de ingresos económicos.

Junto a la presentación, que en Rosario contó con 230 rúbricas, el colectivo Juana Azurduy –también conocido como Las Juanas– incluyó dramáticos datos surgidos de ámbitos oficiales en torno a las prácticas abortivas.

El texto, a modo de introducción, señala así que “el Ministerio de Salud de la Nación ha dicho que en la Argentina se llevan a cabo cada año alrededor de 460.000 abortos; que se calcula, en promedio, la realización de un aborto por minuto; y que las mujeres abortan, en promedio, dos veces a lo largo de sus vidas”. En las mismas consideraciones, el escrito agrega que “el 37 por ciento de los embarazos que se registran en el país termina en aborto, y de ese porcentaje cerca del 15 por ciento corresponde a adolescentes menores de 20 años”.

La presentación judicial toma estas cifras de la “Guía Técnica para la atención integral de los abortos no punibles” que el Ministerio de Salud de la Nación elaboró en octubre 2007, cuando Ginés González García llevaba las riendas de la cartera (este año hubo una marcha atrás en el intento de trasformar estas recomendaciones –dirigidas a los médicos y efectores públicos– en un protocolo de carácter obligatorio).

El pedido de hábeas corpus de Juana Azurduy continúa con el despliegue cuantitativo en base a la información del Ministerio de Salud: “El aborto inducido es la causa de una de cada tres muertes maternas en el país, y de aproximadamente 80 mil hospitalizaciones por año. En 1995 hubo 53.978 egresos hospitalarios por complicaciones de abortos, y en 2000 hubo 78.894 internaciones a causa de una interrupción insegura del embarazo”. Y sigue, en base a la misma fuente: “En este mismo año, por primera vez, se registraron en la Argentina muertes maternas por aborto inseguro en menores de 15 años”. En esta parte, el texto concluye que “el aborto clandestino es la primera causa de mortalidad materna en la Argentina”.

Lo que pide la presentación judicial es que se dejen sin efecto artículos o parte de los mismos del Código Penal. Se refiere en primer lugar al segundo inciso del 85, según el cual “el que causare un aborto será reprimido con reclusión o prisión de uno a cuatro años si obrare con consentimiento de la mujer”, una pena que eleva “a seis años si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer”.

También se objeta el primer párrafo del artículo 86, que penaliza además con “inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena” a los “médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperaren a causarlo”. Por último, plantean la inconstitucionalidad también para el artículo 88, que habilita penas de “prisión de uno a cuatro años” a “la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare”, aunque no incrimina “la tentativa” de esas prácticas.

En Rosario, el escrito de la ONG Juana Azurduy fue firmado por 230 mujeres y se presentó en el Juzgado de Instrucción 13. La presentación invoca la figura de hábeas corpus preventivo aduciendo riesgo firme de sufrir sanciones en caso de que decidan en algún momento someterse a una interrupción de embarazo: “Siendo nosotras, las suscriptas, mujeres en edad reproductiva, manifestamos que en caso de quedar embarazadas –sin desearlo– vamos a recurrir a la interrupción voluntaria de esos embarazos, de modo que quedaremos imputadas de los delitos que mencionamos (contemplados en el Código Penal), que prevén una sanción de pena privativa de la libertad, los cuales reputamos de inconstitucionales”.

“Pedimos que declaren la inconstitucionalidad de los artículos del Código Penal que criminalizan a las mujeres que interrumpen voluntariamente su embarazo”, explicó Gabriela Sosa, de Las Juanas Rosario.

En la ciudad, y tras la incursión a Tribunales, hubo al mediodía una movilización a la plaza Montenegro, de San Martín y San Juan, junto al Movimiento de Autoconvocadas Rosario.

Además, el Taller de la Mujer del Cordón Industrial, Mujeres de ATE (gremio de los estatales), el Frente Darío Santillán, la agrupación Pan y Rosas y Tupac, entre otras organizaciones, realizaron en plaza Pringles un acto por el “aborto legal, seguro y gratuito para no morir y por una ley de salud integral que garantice el derecho femenino a decidir sobre sus propios cuerpos”. A ello agregaron la consigna “Basta de injerencia de la Iglesia en las políticas públicas, no a los registro de objetores de conciencia que atenten contra el derecho a la salud”.

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