Ciudad

Ley de consumidor

La firma Flybondi deberá resarcir a cuatro amigos por suspender una ruta aérea al norte

Habían planeado un viaje de placer pero debieron cancelarlo cuando la empresa saco sus aviones de circulación de la ruta aérea Rosario Tucumán. Los amigos se quedaron sin viaje y reclamaron judicialmente, ahora Flybondi deberá indemnizarlos


Cuatro amigos tenían planeado un viaje de placer a Tucumán, optaron por comprar pasajes en la empresa aérea de bajo costo Flybondi. Contrataron el hospedaje y un auto para recorrer el norte argentino pero poco antes de la fecha del vuelo la firma aérea decidió suspender la ruta Rosario – Tucumán por una cuestión económica. No le dieron solución a problema y los amigos terminaron suspendiendo le viaje. Uno de ellos es abogado, por derecho propio y en representación del resto inició un planteo judicial. La firma no se presentó al juicio y terminó condenada. Deberá indemnizarlos, si bien el monto no es importante, con intereses ronda los 150 mil pesos, la cifra mayor se fijó para el daño moral que le ocasionó al grupo no poder disfrutar unos días en el norte argentino. La sentencia fue dictada por la jueza de Laura Babaya Loria, a cargo del Tribunal de Circuito de Casilda.

El abogado Benjamín Rosello contó a El Ciudadano que en 2019 decidieron planear un viaje al norte. Eran cuatro y se ocuparon de buscar pasaje, contratar la estadía y un coche para recorrer el lugar. Pensaban viajar a fines de agosto y volver los primeros días de septiembre pero la empresa Flybondi decidió suspender la ruta aérea Rosario – Tucumán días antes del viaje. Ello implicaba que podían viajar a Tucumán pero no volver porque la empresa para septiembre ya había dejado de operar ese trayecto.

Un intercambio de mails no les solucionaron su problema. Roselló contó que la empresa adujo que había una baja ocupación y tenían un desequilibrio económico con esa ruta por lo que decidieron suspenderla. Los amigos se vieron en la obligación de hacer lo mismo con su viaje. El grupo, con Roselló a la cabeza, decidió iniciar acciones legales.

Roselló echó manos a la ley de consumidor para presentar el reclamo. Ello les permitió ejercer garantías que la ley fija en amparo del consumidor, por ejemplo la gratuidad del trámite judicial, lo que implica que si bien es necesario un letrado que haga el trámite no se pagan impuestos o sellos por el reclamo. También pudieron elegir para litigar la jurisdicción más conveniente para el consumidor, en este caso Casilda.

La empresa se presentó a la instancia extrajudicial pero no al juicio que se tramitó en rebeldía. El trámite que se llevó adelante fue de plazos muy breves, otra garantía que otorga la ley al consumidor. Ello fue posible gracias a que los usuarios contaban con toda la evidencia necesaria. Hubo un fluido intercambio de mails  entre los demandantes y la empresa aérea, a lo que sumaron las constancias de pago a través de tarjetas de crédito.

Al evaluar el caso la Laura Babaya Loria hizo lugar al planteo de los amigos y condenó a la firma a pagar por daños materiales y el daño moral que le ocasionó al grupo la suspensión de la ruta aérea y por ende la del viaje de placer que habían planeado hasta el último detalle. La magistrada condenó a Flybondi a pagar una suma cercana a los 150 mil pesos, contó el letrado.

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