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Cámara Penal

Para los jueces, la violencia de género no estuvo vinculada con móvil de crimen

En 2018 Celeste Morlivo fue condenada por el asesinato de Nicolás López, hermano de su ex padrastro, en un contexto de constantes agresiones machistas. La sentencia fue apelada, pero los camaristas entendieron que esa postura de género no surge de las circunstancias del caso y confirmaron pena


La Cámara Penal resolvió a través de los jueces Gustavo Salvador, Carlos Carbone y Carina Lurati.

Celeste Morlivo mató al hermano de su padrastro dos días después de cumplir 18 años. Su madre, Nora, estaba en pareja con Alejandro y durante el juicio contó cómo era víctima de violencia de género por parte del hombre, quien contaba con una restricción de acercamiento. La defensora oficial Andrea Conrvalán subrayó cómo repercutía en Morlivo esta situación. En octubre de 2014 Alejandro quebrantó la orden y llegó hasta la casa de Nora. Ese mismo día Celeste apretó el gatillo que terminó con la vida de Nicolás López, el hermano de Alejandro. Celeste fue condenada a 14 años de prisión por el crimen. Su defensora no cuestionó el hecho pero sí las circunstancias y encuadró el homicidio en un contexto de violencia de género. Pero el tribunal desechó esa postura y ahora la Cámara Penal avaló la decisión. Celeste vive en la cárcel con su pequeño hijo que pronto cumplirá 4 años y deberá dejar la unidad penitenciaria.

Durante siete años Nora y Alejandro estuvieron en pareja y convivieron junto con los hijos de ella. Celeste no tenía contacto con su padre y junto con sus hermanos toleró las violentas situaciones que se vivían en casa, al punto de ver a su madre prostituirse por disposición de su pareja, contaron durante el juicio.

La relación terminó y se separaron, pero Alejandro no estaba de acuerdo con la decisión. Nora debió presentar varias denuncias y solicitar una restricción de acercamiento para el hombre que seguía viviendo en barrio Molino Blanco. La relación entre ambas familias se volvió conflictiva y el 5 de octubre de 2014 Nora llamó a la Policía porque Alejandro quebrantó la orden judicial y marchó preso. Unas horas más tarde estaba libre.

Esa tarde Celeste fue al pasillo donde vive la familia de Alejandro. Su madre y hermana intentaron calmarla y la sacaron del lugar pero en Ayacucho y Guillermo Tell se cruzó con Nicolás López, que iba de acompañante en una moto. Celeste le gritó, Nicolás se bajó y discutieron. Celeste sacó un revólver calibre 22, le disparó en la en la parte trasera de la cabeza y luego se arrojó al arroyo Saladillo.

Nicolás fue trasladado a un hospital, estuvo 45 días tratando de recuperarse pero no lo logró. Si bien la defensa oficial de Morlivo no discutió que la joven apretó el gatillo, pidió un análisis del caso desde una perspectiva de género que no se tuvo en cuenta al momento de dictar sentencia tras el juicio oral al que fue sometida.

En septiembre pasado, los jueces Mónica Lamperti, Patricia Bilotta e Ismael Manfrín condenaron por unanimidad a Celeste Morlivo a la pena de 14 años de cárcel.

La decisión fue apelada y este lunes se conoció la resolución que tomó al respecto la Cámara Penal a través de los camaristas Gustavo Salvador, Carlos Carbone y Carina Lurati.

Para los jueces el eje de la discusión estuvo vinculado con el monto de la pena y a la crítica que hace la defensora en cuanto a la falta de ponderación del contexto de violencia de género que rodeó el caso previo al homicidio. Pero para los camaristas esta postura no surge de las circunstancias del caso.

Si bien el tribunal destacó una conflictiva relación entre la condenada, su madre y la familia de la víctima, desechó la configuración de un caso de violencia de género. Para los camaristas no se advierte del testimonio de la madre de Morlivo que la violencia de género a la que era sometida haya sido el móvil de la muerte de Nicolás López porque Morlivo no asesinó al agresor de su progenitora sino al hermano de éste, un hombre ajeno al conflicto familiar, dice el fallo.

A ello sumaron que no se arrimó prueba que permita vislumbrar un cuadro de intimación o amenazas por parte de la víctima hacia Morlivo o su familia en los momento previos al crimen. Los camaristas entendieron que el monto de la pena impuesta por el tribunal de primera instancia no fue desproporcionado. Explicaron que la actitud de la joven en los momentos previos definió que “el obrar delictivo de aquella no fue impulsado y/o motivado en ninguna acción previa de parte de terceros y/o de la víctima”. Y por unanimidad resolvieron confirmar la sentencia.

Con esta decisión Morlivo deberá purgar 14 años de cárcel.

Actualmente la joven se encuentra detenida en la cárcel de Las Flores, en Santa Fe, junto con su pequeño hijo. Fue remitida a esa unidad penitenciaria en enero. Esta decisión pone el eje en otro tema.

En algunos meses el niño cumplirá la edad límite para permanecer en el penal junto con su madre y, según la defensa, Morlivo no cuenta con personas que puedan hacerse cargo del niño.

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