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Justicia

Triple crimen: la Corte rechazó pedido de dos de los condenados

Los homicidios ocurrieron el 1º de enero de 2012 y fueron asesinados Jeremías Trasante, Claudio Suárez y Adrián Rodríguez.


La Corte Suprema de Justicia de la provincia rechazó los recursos presentados por dos condenados en la causa conocida como el triple crimen de Villa Moreno. Los homicidios ocurrieron el 1 de enero de 2012 cuando un grupo de personas armadas llegó a una cancha de futbol ubicada en zona sur y atacaron a tiros a Jeremías Trasante, Claudio Suárez y Adrián Rodríguez. Se trata de los planteos de los condenados Mauricio Palvecino y Daniel Delgado. El máximo tribunal provincial denegó, en ambos casos, la concesión de un recurso de inconstitucionalidad, al sostener que los reproches que realizan, buscan imponer su propia postura y no aportan argumentos de eficacia para demostrar que la Corte rechazó esos planteos sin suficientes razones jurídicas. Los defensores anunciaron que se trata de una instancia previa a la Corte Nacional, donde también concurrirán.

El triple crimen de Villa Moreno fue una bisagra social y judicial en la ciudad. Cuatro chicos, que estaban sentados en un banco de una canchita de fútbol ubicada en Dorrego y Presidente Quintana, fueron atacados a balazos por una banda vinculada al narcotráfico, que buscaba a otro vecino. Sólo uno de ellos logró escapar de la lluvia de balas. En el lugar fueron ejecutados Jeremías Trasante, Claudio Suárez y Adrián Rodríguez.

Condenas

Cuatro de los atacantes llegaron a juicio y la familia, acompañada por el Movimiento 26 de Junio logró constituirse como querellante y cuestionar la primera versión policial. En un juicio oral presidido por los jueces Gustavo Salvador, José Luis Mascali e Ismael Manfrín fueron condenados, en diciembre de 2014 Sergio Quemado Rodríguez, padre de Maximiliano Rodríguez (quien fue atacado a balazos horas previas al hecho) recibió 32 años de cárcel. Brian Ismael Pescadito Sprío fue penado a 28 años de cárcel por los homicidios, sanción que se unificó en 33 años, ya que contaba con una condena previa. Daniel Alejandro Teletubi Delgado recibió 30 años de prisión y Mauricio Palavecino fue sentenciado a 24 años de cárcel por su participación necesaria en los crímenes.

El caso llegó a la Cámara Penal, y su revisión se produjo en agosto de 2015. Los vocales Georgina Depetris, Adolfo Prunotto Laborde y Daniel Acosta sólo mantuvieron la condena a Sergio Rodríguez. En cuanto a Palavecino y Delgado, disminuyeron la condena impuesta en ambos casos. Al primero le bajaron la sanción a 19 años y a Delgado de 30 a 21 años al entender que fue partícipe necesario y no coautor. Finalmente Sprio fue absuelto por el beneficio de la duda.

Este fallo generó una lluvia de críticas. Las querellas presentaron recurso de inconstitucionalidad cuya admisibilidad le corresponde a la Cámara Penal aunque no tuvieron éxito. Lo mismo hicieron las defensas de Delgado y Palavecino. Todos fueron finalmente presentaron un recurso de queja por denegación de recurso de inconstitucionalidad a la Corte.

Querella

En diciembre de 2016 el máximo tribunal provincial desecho el planteo de la querella que se quejó de la absolución de Brían Sprio y la reducción de penas a Delgado y Palavecino. La Corte sostuvo que se trata de una mera discrepancia con la valoración de las pruebas del proceso que hizo la Cámara Penal. Agregó que es un planteo que no le corresponde revisar a la Corte salvo que haya arbitrariedad o afectación de normas constitucionales.

Los ministros Daniel Erbeta, Eduardo Spuler, Rafael Gutierrez, María Angélica Gastaldi, Roberto Falistoco y Mario Netri, estos dos últimos con voto parcial en disidencia, sostuvieron que la motivación de la decisión es suficiente para modificar las sanciones impuestas y las querellas no lograron descalificarlos desde la óptica constitucional. En cuanto a Sprio, sostuvo la Corte que el análisis que realizaron los magistrados fue detallo y está fundado, en cuanto al tribunal de juicio afirmaron que el razonamiento que efectuaron no logra superar lo probabilístico y conjetural por lo que entendieron que no hay certeza para una condena y rechazaron el planteo.

La queja de las defensas

La primer semana de este mes corrieron la misma suerte los planteos de los defensores de Palavecino y Delgado. La Corte sostuvo que hay una reiteración de las posiciones de la defensa en las anteriores instancias que quedan reducidas a una mera disconformidad con el rechazo de admisibilidad. Por lo que rechazaron ambos planteos por no cumplir con los recaudos impuestos para la interposición de dichos recursos. Los defensores anunciaron que irán a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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