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Sugieren dar en adopción a uno de cada tres niños en riesgo

Es la tarea a cargo de la Subsecretaría de Niñez de la provincia: después, la última palabra la tiene el juez de Familia.


En Santa Fe una de cada tres situaciones de vulnerabilidad en niños detectadas por el gobierno lleva a una posible adopción. Es el promedio de las medidas que toma la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. Después depende de los jueces de Familia analizar los casos y pedir al registro de adoptantes los mejores postulantes para que ese chico tenga un nuevo hogar. El resto de los niños en problemas con las familias biológicas son contenidos en instituciones o dispositivos. “Las leyes y el Código Civil y Comercial nos comanda a preservar el vínculo con la familia biológica. Las recomendaciones de adopción son excepciones a la regla”, explicó el subsecretario de Niñez, Horacio Coutaz. Todavía restan conocer los efectos de la aplicación del nuevo Código Civil y Comercial, puesto en vigencia hace un año y que redujo a la mitad los plazos de intervención cuando ingresa un caso de emergencia.

No es oferta y demanda

En 2011 la provincia creó la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia para hacer cumplir la ley nacional de protección a menores de edad. Desde entonces cada año el Ministerio de Desarrollo Social, del cual depende, recibe y analiza casos de abandono, maltrato, abuso y violencia que empiezan en la casa. Algunos llegan por denuncias en comisarías, centros de salud y escuelas. La gravedad y complejidad de cada situación hace difícil mostrar tendencias o estadísticas de lo que antes era trabajo de jueces de menores.

En diálogo con El Ciudadano, el subsecretario Horacio Coutaz pudo confirmar que en los cinco años se emitieron 600 medidas cada año. Del total, entre un 30 y 40 por ciento son recomendaciones a los jueces para declarar a los niños en estado de adoptabilidad. El resto, unos 400 casos por año, son tratados en instituciones –centro de día, guardería, residencia de alojamiento transitorio o especial– o en dispositivos como las familias solidarias, esto es, personas solas, matrimonios o parejas mayores de 25 años de edad que alojan por un tiempo a niños o adolescentes desvinculados temporalmente de la familia de origen.

“Se prioriza mantener el vínculo con la familia biológica, aun el extendido (tíos, abuelos), y la excepción es separarlo. Las leyes y el nuevo código privilegian la vinculación con el centro de la familia. Se activan las áreas pertinentes para la solución del problema: psicólogos, trabajadores sociales y médicos, entre otros”, explicó Coutaz sobre el trabajo de la Subsecretaría, y agregó: “Buscamos evitar la medida excepcional a través de la promoción y protección de los derechos del niño. Existe una gran transferencia desde el Estado provincial a los municipios, comunas y hasta ONG que se encargan de contener a niños”.

Argumentos de la normativa

La directora del Registro Único Provincial de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (Ruaga), Selva Di Giorgio, señaló: “Estamos para responder por los niños, no por las parejas. Juntarlos es difícil. Y más cuando cambió el paradigma legal. Antes el Derecho estaba inclinado a poner primero a la pareja con deseo de formar una familia que la del niño a mantener el vínculo biológico. El niño era un incapaz. Ahora no. Los chicos son sujetos de derecho y no objeto. Es complejo porque tenemos que garantizar el derecho biológico de la madre del niño y la identidad”. La pena por no respetarlo puede ser alta.

Según Di Girgio, se multiplican los casos de padres biológicos que van a la Justicia para recuperar la guarda de un niño que ha sido vinculado permanentemente con una familia nueva. El caso ejemplar es el de Leonardo Fornerón. En 2014 el Estado argentino debió indemnizarlo con unos 200 mil dólares por orden de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Fornerón había tenido una relación con una mujer que le ocultó el embarazo de una beba dada en adopción. El examen de ADN confirmó la paternidad. El tribunal dijo que la adopción no tuvo el consentimiento del padre. Tampoco se respetó el resto de los procesos judiciales: régimen de visitas, tiempos y garantías. “No contó con recursos judiciales adecuados y que se violó su derecho a la protección a la familia y el de su hija”, explicaron desde la Corte.

La estadística a la que accedió este diario se da en el contexto de un polémico fallo de la Justicia santafesina que permitió a una pareja de Rosario postularse como posibles padres adoptantes de un niño en República Dominicana.

El Ruaga se negó a evaluarlos porque los registros en Argentina no acompañan procesos internacionales siguiendo las recomendaciones de Unicef, que buscan preservar la identidad del niño y los vínculos con el ámbito familiar y cultural de origen. La pareja fue a la Justicia y logró un certificado de idoneidad para quedar en condiciones de adoptar a un niño en República Dominicana.

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