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Fallo

Ratifican fallo por abuso sexual

Cuatro hombres condenados por las vejaciones a dos hermanitas de barrio Gráfico quedaron a un paso del juicio. La Cámara Penal confirmó duras penas para el padre de la niña, un vecino, un empresario de la verdura y su empleado.


La Cámara Penal confirmó la condena impuesta a cuatro hombres acusados de abusar sexualmente de dos hermanitas en 2010, aunque respecto de dos de ellos se efectuó una modificación en la calificación legal que diminuyó en un año la pena de prisión impuesta en primera instancia. Por el hecho el padre de las niñas deberá purgar 11 años por el delito de abuso sexual con acceso carnal y gravemente ultrajante mientras que su vecino cumplirá una pena de 9 años. La modificación se produjo en relación con los otros dos imputados, un empresario de la verdura y su empleado, a quienes la Cámara suprimió la acusación de abuso sexual gravemente ultrajante al entender que esta circunstancia no fue imputada en las indagatorias. Con este argumento, redujo en un año la pena impuesta, por lo que permanecerán 8 años tras las rejas si el fallo queda firme.

Ahora la defensa del empresario sostuvo que va a recurrir a la Corte provincial por el caso.

En una breve audiencia donde se dio a conocer la parte dispositiva de la sentencia, los cuatro imputados escucharon la confirmación de la condena, aunque para dos de ellos con modificaciones. El caso se conoció públicamente en septiembre de 2010 cuando una militante del movimiento Evita que concurría a un centro comunitario de barrio Gráfico denunció que dos niñas, por ese entonces de 11 y 12 años, eran golpeadas y obligadas por su padre a asistir a la vivienda de un vecino, donde eran abusadas, circunstancia que se reiteró en otros domicilios donde las chicas fueron trasladadas y vejadas por otros hombres que fueron identificados con el correr de la investigación.

El padre de las niñas, Víctor Walterio C., de 57 años, su vecinos Alfredo Sánchez y Agustín Velásquez (55) junto al empresario Antonio Cataldo, de 60 años, fueron condenados por el Juzgado de Sentencia 5ª por el delito de abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual gravemente ultrajante en dos hechos. El primero de ellos y progenitor de las niñas, fue considerado por el juez de primera instancia como partícipe primario del abuso, que agravó por el vínculo. Además le achacó el delito de lesiones agravadas por lo que deberá purgar una pena de 11 años de cárcel mientras que los tres restantes fueron sentenciados a 9 años de prisión.

El fallo fue apelado y ayer el tribunal oral compuesto por Otto Crippa García (en la presidencia), Georgina Depetris y Carlos Carbone dio a conocer la parte resolutiva de la decisión de Cámara, en la que los magitrados confirmaron la sentencia respecto del progenitor de las niñas y su vecino Sánchez, mientras que Velásquez y Cataldo recibieron una reducción de un año de condena al sostener que el delito de abuso sexual gravemente ultrajante por el que fueron condenados nunca les fue imputado.

Fundamentos

Entre sus fundamentos, los camaristas descartaron las nulidades planteadas por las partes, especialmente en referencia a la Cámara Gesell, y la actuación de la médica forense, duramente cuestionada por algunos defensores. El tribunal desechó que se haya intentado perjudicar a Cataldo con adelantos de las entrevistas a las niñas, consideraron solvente los dichos de las víctimas y entendieron que la falta de un informe del equipo interdisciplinario no puede fundar la invalidez del acto ya que ello no está previsto en la norma.

A su vez, Crippa, en su voto sostuvo que la denunciante fue quien puso en marcha la protección de las niñas, descartó un supuesto designio o propósito político de la mujer de usar el caso y su repercusión para aparecer o lograr aquiescencia social a una candidatura, y dispusieron la remisión de una nota a la Unidad Regional II de Policía respecto de la actuación de la médica legista, quien revisó a las niñas en un primer momento y efectuó un examen incompleto, lo que impidió la correcta toma de muestras.

Querella y defensa

Concluido el acto, Ricardo Lamas, abogado querellante y miembro del Centro de Asistencia Judicial, mostró su conformidad con el fallo: “Habrá que analizar esa cuestión técnica de la calificante «gravemente ultrajante». En principio estoy satisfecho: se trabajó mucho y trabajaron mucho todos los actores de este juicio. Que la Cámara lo confirme casi en su totalidad es positivo”.

Por su parte el abogado Jorge Bedouret, a cargo de la defensa de Cataldo, refirió: “Por todos los planteos hechos en el alegato nosotros consideramos que es un fallo que no se ajusta a derecho, que es arbitrario, pero bueno, la cosa no termina acá: vamos a recurrir a la Corte. Lamentablemente, tenemos un cliente que hace mucho tiempo que está detenido, por lo tanto esto va a hacer duro, pero todavía tenemos confianza en la Corte santafesina o, si no, será en la Corte de la Nación. En algún momento tenemos que aclarar que la Cámara Gesell como fue tomada es una arbitrariedad, en algún momento alguien lo tiene que decir: vamos a seguir intentándolo”.

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