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Camino Nuevo a Soldini

Prisión sin plazo por un asesinato

Lo acusan de matar a Ezequiel Díaz, a quien ya había atacado a tiros. La víctima fue ejecutada de 17 balazos.


Le dicen Leo Caca y ayer fue imputado por el crimen de Ezequiel Rafael Díaz. El hecho se desencadenó en septiembre de 2015 cuando la víctima desapareció. Dos días después fue hallado en el Camino Nuevo a Soldini con 17 orificios de bala. Ayer, el fiscal Florentino Malaponte lo apuntó como una de las personas que “levantó” a la víctima cuando iba con un amigo, presuntamente a cometer un robo, y lo metió en el baúl de un automóvil para luego asesinarlo, delito que encuadró en un homicidio calificado por la participación de tres o más personas a lo que le sumó la portación de armas y privación ilegítima de la libertad. Por su parte el juez Luis María Caterina, admitió la calificación legal a pesar del cuestionamiento del defensor Ignacio Carbone, dispuso la acumulación de esta investigación con otra causa por homicidio donde el sospechoso ya fue imputado y dictó la prisión preventiva sin plazo.

El 23 de septiembre Ezequiel fue visto por última vez por su familia. La noche que desapareció se encontraba con un amigo en Soldati y Blanes, en la zona suroeste de la ciudad. Según el testimonio de este acompañante estaban por concretar un robo cuando apareció una motocicleta negra con dos ocupantes y un auto blanco –que supone era un Peugeot– con otras dos personas, y bajo amenazas ingresaron a Ortiz al baúl del automóvil. Uno de los ocupantes del auto fue identificado por el testigo como Leonardo Sebastián F. Dos días después, la victima apareció en el camino límite a Soldini con 17 balazos en el cráneo y abdomen que fueron realizadas por al menos dos armas de fuego ya que en el lugar se hallaron dos calibres diferentes de vainas.

Durante esos dos días que Ortiz estuvo desaparecido, su familia lo buscó intensamente y dio con el testigo presencial y con un hombre que prestaba servicios de custodia en un predio quien aseguró que vio a dos personas, una con las características de la victima “con la actitud de que se estaban por mandar alguna” sostuvo y agregó que vio como se les acercó una moto, aunque observó sólo esa secuencia que para el fiscal se complementa con los dichos del declarante que estaba con Ortiz.

A ello, el fiscal sumó una condena que Leo Caca tiene por un hecho anterior donde Ortiz resultó víctima. El ataque se produjo el 26 de abril de 2014 y en aquella oportunidad el imputado baleo a la víctima. Esta causa derivó en una condena a través de un juicio abreviado por el delito de abuso de armas. En marzo de 2015, el convenio fue homologado y Leonardo F. fue condenado a dos años y medio de prisión en suspenso.

Para Malaponte ello demuestra una enemistad previa con el imputado y agregó el testimonio de una hermana de la víctima que afirmó que la víctima tenía problemas con Leo Caca y con su ex suegro, quien también cuenta con dificultades con la ley, según refirió una fuente consultada

El crimen de Gómez

La madrugada del 14 de junio, Iván Manuel Gómez recibió cuatro disparos durante una fiesta que se desarrollaba en su vivienda ubicada en Boman al 3600 donde Leo Caca también fue herido. Por este hecho, el sospechoso fue imputado de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y cuenta con prisión preventiva hasta el 13 de mayo.

Malaponte solicitó que estas dos investigaciones se acumulen.

Por su parte, Carbone discutió intensamente la calificación legal en el crimen de Ortiz, se opuso a la acumulación y al dictado de la prisión preventiva sin plazo. Refirió que no hay elementos en ninguna de las dos causas para sostener la acusación fiscal e invitó a la Fiscalía a presentar la acusación en las dos causas antes del 13 de mayo como lo sostuvo el agente fiscal durante la audiencia.

Finalmente el juez Caterina entendió que existe probabilidad de autoría en el caso También extendió esa probabilidad a un acuerdo previo para la comisión del crimen por lo que sostuvo la calificación legal del hecho, dictó la prisión preventiva sin plazo e hizo lugar al pedido de acumulación de las causas con la salvedad de que la medida cautelar dictada no alcanza al otro homicidio.

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