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Lo echaron de su pueblo por robarle a un vecino

La Justicia lo castigó con el desarraigo por tres años a un hombre oriundo del pueblo de Amenábar.


Un hombre de 43 años, oriundo de la localidad de Amenábar, en el departamento General López, fue condenado a tres años de prisión condicional por el robo a una vivienda del lugar y se le impuso una restricción por el mismo plazo para residir en el pueblo donde cometió el delito, en el que también vive su familia. La decisión fue confirmada por la jueza Lorena Garini la semana pasada, en un juicio abreviado en Rufino, en el marco del cual la Fiscalía y la defensa acordaron la pena.

Lo novedoso de la resolución de la magistrada es que, a raíz del pedido del fiscal del Ministerio de Acusación Pública (MPA), Mauricio Clavero, la jueza estableció reglas de conducta entre las que se destacan que el condenado tiene prohibido durante los tres años que dura su condena condicional residir en las localidades de Amenábar y Sancti Spíritu. Además, en caso de visitar a su madre o a su hermano –que viven en Amenábar–, no lo podrá hacer por más de tres días al mes, y deberá informar a la policía el tiempo de su estadía, el lugar en el que permanecerá y concurrir a la subcomisaría de la localidad cada seis horas.

El delito ocurrió en julio pasado y, según el fiscal, “el condenado se llevó dinero en efectivo, dos notebooks, una tablet, un celular, una cámara digital de fotos, un GPS, joyas, alhajas y un reloj”, aunque gran parte de los objetos “fueron restituidos a la víctima”.

Más seguros

Clavero fundamentó su pedido a la jueza Garini de restricción para que el condenado resida en el lugar donde cometió el robo en que se trata de una pequeña localidad que valora positivamente ese tipo de medidas. “En comunidades tan pequeñas y en las que no ocurren delitos de manera frecuente, la prohibición al condenado de vivir en el lugar, es valorado por los vecinos”, afirmó Clavero.

“Los mismos parroquianos me manifestaron que si una persona relacionada con el delito se tiene que ir por un tiempo, se sienten más seguros y recuperan la tranquilidad luego de la conmoción que genera cualquier hecho delictivo en lugares tan chicos”, detalló el fiscal.

De acuerdo al fallo, al condenado también se le prohibió acercarse a la víctima, debe donar dos latas de alimento por mes durante un año al hospital de Amenábar, someterse al patronato de la Dirección Post Penitenciaria de Santa Fe y abstenerse del uso de bebidas alcohólicas y estupefacientes.

“Creo que es una condena sin precedentes. En el caso que el condenado no cumpla con estas medidas de conducta, el fiscal tiene la facultad de solicitar que se caiga la condicionalidad de la condena y que la misma se dé efectiva ejecución en un establecimiento penitenciario”, explicó Clavero.

El fiscal especificó que la víctima es un hombre de mediana edad, vive solo, y es un productor asesor de seguros; además indicó que en el momento del robo a su vivienda se encontraba en un festejo.

Devolución

“El condenado tuvo que restituir una computadora a la víctima, que compró su mamá en cuotas en una casa de electrodomésticos de Rufino, y que ya se encuentra en poder del Ministerio Público para ser entregada a la víctima. Además deberá entregar dos latas del alimento Ensure (suplementos nutricionales) por mes durante un año a la comuna de Amenábar que serán destinados a distintos comedores de ancianos”, detalló el fiscal.

Y concluyó: “Tiene prohibido acercarse y tener contacto con la víctima. Debe mantenerse a no menos de 50 metros del domicilio de la víctima mientras esté de visita en la localidad de Amenábar. El condenado constituyó su domicilio en la provincia de San Juan y hasta este sábado tiene tiempo para mudarse del lugar”. Amenábar está ubicada sobre la ruta 94 a 31 km de Rufino y 69 de Venado Tuerto, y cuenta con una población de 1900 habitantes.

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