Ciudad

La Justicia condenó a una escuela por un chico herido

Por Diego Montilla / Carina Ortiz.- Un tribunal la consideró responsable por la agresión que sufrió un alumno por parte de otro en 2003.


La Biblioteca y Escuela de la Asociación de Mujeres de Rosario –en su calidad de propietaria de la escuela de Enseñanza Media Nº 8038 “María Bicecci”, ubicada en Buenos Aires 1290– fue condenada judicialmente a pagar más de 50 mil pesos a un ex alumno que fue agredido con una tijera por otro chico que concurría también al establecimiento educativo, en la puerta del lugar, en noviembre de 2003, produciéndole diversas heridas en la cabeza, el tórax y la región lumbar. El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 sostuvo en la resolución que “la obligación de dar seguridad y de educar se encuentran en un pie de igualdad”. Las juezas Paula Sansó, Susana Igarzábal y Mariana Varela afirmaron que “la actividad educativa es lícita, pero si se causa un daño debe ser reparado porque es injusto que la víctima lo soporte y no el que ha sido creador del riesgo”. Desde la dirección del colegio no ocultaron su disconformidad con el fallo y consideraron “lamentable que la Justicia actúe de esta manera”.

Según se denunció en su oportunidad, el 3 de noviembre de 2003 en el primer escalón de entrada al centro educacional un alumno de 15 años atacó con una tijera a otro de 16 y le produjo diversas heridas en la cabeza, tórax y en la región lumbar. El estudiante agredido quedó con cicatrices por las heridas sufridas. En el informe de la perito psicóloga se manifiesta que el menor padeció un daño psíquico moderado y trastornos de angustia y miedo.

Así las cosas, en la resolución se destaca que el Código Civil establece que “los propietarios de los establecimientos educativos privados o estatales serán responsables por los daños causados o sufridos por sus alumnos menores cuando se hallen bajo el control de la autoridad educativa”.

También se puntualiza que “cuando un menor ingresa o se encuentra en un establecimiento educativo se desplaza la guarda material del hijo que ejercen los padres. En estos casos existe una verdadera delegación de la guarda al establecimiento, en donde los padres resignan en forma temporal sus deberes y derechos de cuidarlos y educarlos, quedando éstos a cargo de la institución”.

Las juezas destacaron que en consecuencia “si algún alumno sufre un daño se produce el incumplimiento por parte del establecimiento educativo de la obligación de seguridad” y agregaron que “la autoridad escolar está obligada a reintegrar a la salida de cada jornada escolar sano y salvo al alumno”.

El artículo 117

El abogado de la familia del chico agredido, Alfredo Messina, explicó que “fue condenado el propietario del establecimiento educativo donde concurría el alumno herido”. “En un principio nosotros demandamos también a los padres del chico agresor pero es obvio que la guarda de los chicos cuando van a la escuela se trasladan al establecimiento educativo”, afirmó.

“Esto tiene fundamento en el artículo 117 del Código Civil reformado. Digo reformado porque antes eran responsables los profesores, el preceptor y los directores de la escuela y ahora se hace responsable a los propietarios del establecimiento educativo, ya sea privado o estatal. La norma es un poco dura porque es una responsabilidad del tipo objetiva, o sea, no se basa en la culpa, se basa en la responsabilidad objetiva que tienen los establecimientos en que el chico sea reintegrado a sus padres sano y salvo. Solamente se eximen acreditando el caso fortuito, que es cuando no se hubiera podido prever el resultado. Acá no se dio el caso fortuito y es por eso que se da la condena”, continuó.

“Ante la pregunta de qué pudo haber hecho la escuela, la respuesta es que pudo haber vigilado. Fue en el horario de la salida, que es donde se producen los mayores tumultos. Yo soy una persona mayor pero recuerdo cuando iba a la escuela todos los problemas que se ocasionaban en ese momento. Aquí ocurrió eso. Fue a la salida de la escuela y no había ningún tipo de custodia en un momento tan álgido como lo es el de la salida de un establecimiento escolar”, añadió.

“Fuimos humanitarios”

Por su parte, la directora de la escuela, Carmen Bonet, se lamentó de la decisión judicial. “Nosotros nos enteramos por los medios. Es lamentable que la Justicia actúe de esa manera, entregando la noticia primero a los medios. Los alumnos eran de nuestra institución y uno tuvo una agresión con una tijera, eso es real. Resultó herido y en ese momento la directora que estaba a cargo del establecimiento en 2003 junto con algunos docentes ingresó al alumno, lo trajimos al patio, lo higienizamos en una primera urgencia para ver cuál era su situación, llamamos a la ambulancia, el alumno fue atendido, y ahí lo hicimos derivar porque teníamos un seguro contratado. La empresa nos mandó a que fuésemos a un sanatorio cercano a la escuela y allí lo atendieron”, comentó.

“Cuando el alumno fue dado de alta la escuela siguió siempre en contacto con la familia. En ningún momento se les aplicó ninguna medida disciplinaria ni nada de eso a ninguno de los dos. Nuestra equivocación como institución educativa fue haber sido humanitarios, haber sido responsables con nuestros alumnos, que es lo que hacemos siempre. Cabe aclarar que esto no sucedió adentro de la escuela y que los alumnos ya habían terminado su horario de clase. Yo le pregunto a la Justicia cómo le asegura a cada uno de los padres de todo el país que le van a devolver sanos a sus hijos cuando todos los días tenemos una innumerable cantidad de casos sin aclarar y sin resolver. Reitero, el error nuestro fue haber ayudado al alumno humanitariamente y haber hecho todo lo que teníamos que hacer pensando en la persona”, concluyó.

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