Política

Les dio 15 días al Gobierno para responder

La CIDH planteó la prisión domiciliaria de Milagro Sala


La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) concedió la medida cautelar interpuesta a favor de Milagro Sala e instó al Estado argentino a “garantizar la vida y la integridad personal” de la líder de la Tupac Amaru, en un fallo en el que planteó la “prisión domiciliaria” como alternativa a su actual arresto en el penal de Alto Comedero.

En una extensa resolución, la CIDH también recordó su comunicado de diciembre pasado, en el que le había señalado que “el Estado argentino tiene la obligación” de cumplir con la decisión del Grupo de Detención Arbitraria de la ONU, que había considerado que el arresto de Sala era irregular y había reclamado su inmediata liberación.

La Comisión reclamó al Estado argentino que se adopten las “medidas necesarias a la detención preventiva, como el arresto domiciliario, o bien, que la señora Milagro Sala pueda enfrentar los procesos en libertad con medidas como la fiscalización electrónica”.

Además, le otorgó 15 días para informar de qué manera se acatará la resolución, que se conoció casi un año y medio después de que el Centro de Estudios Legales y Sociales, Amnistía Internacional y Andhes, presentaran la medida cautelar.

Tras conocerse la medida, el CELS consideró que el organismo internacional reclamó la “inmediata liberación” de Sala, detenida desde enero de 2016 en el penal de mujeres de Alto Comedero, y afirmó que se trata de una “decisión sin precedentes”.

“La Comisión no pidió la detención domiciliaria y dijo que la obligación del Estado es la liberación inmediata. Si menciona alternativas es en función de las irregularidades que se han cometido y la imposibilidad que tiene de expresarse sobre el debido proceso”, sostuvo el presidente del CELS, Horacio Verbitsky, en conferencia de prensa, en Piedras al 500.

Por su parte, el gobierno de Mauricio Macri entendió que el fallo no habla de “un cese a la detención”, sino de “analizar alternativas”, mostrándose a favor de la prisión domiciliaria, aunque cursó el pedido de inmediato a “las autoridades judiciales y administrativas de la Provincia de Jujuy”.

El secretario de Derechos Humanos, Claudio Avruj, sostuvo en declaraciones a la prensa que el fallo debe “acatarse” y destacó que tanto él como el ministro de Justicia, Germán Garavano, ya han dicho públicamente que, a raíz de las complicaciones en el estado de salud de Sala, “la detención domiciliaria era una posibilidad cierta”.

El gobernador de Jujuy, Gerardo Morales, quien es denunciante en causas que lleva la justicia provincial contra Sala por extorsión, asociación ilícita y fraude a la administración pública, prefirió en principio no expedirse sobre el tema.

La Comisión consideró en su resolución que “Milagro Sala se encuentra en una situación de gravedad y urgencia, toda vez que sus derechos a la vida e integridad personal enfrentan un riesgo de daño irreparable”.

Además, recordó que el junio pasado una delegación de la Comisión Interamericana confirmada por el presidente, Francisco Eguiguren, y la vicepresidenta, Esmeralda Arosemena, había visitado Jujuy en el marco de las medidas cautelares presentadas por el caso de la dirigente social y la información recolectada en ese momento fue tomada en cuenta para esta decisión.

En el punto 44 del fallo, la Comisión afirmó: “No corresponde en esta oportunidad determinar si se han producido violaciones al debido proceso en las causas contra Milagro Sala, ni pronunciarse sobre la presunta violación al derecho a la libertad personal. La Comisión deja establecido que estos extremos, así como la existencia o no de una criminalización del liderazgo social y político de Sala, constituyen aspectos que corresponden ser valorados en el fondo de una eventual petición”.

“Sobre tal aspecto, la Comisión considera pertinente reiterar una vez más que, tal y como indicó en su comunicado de prensa del 2 de diciembre de 2016, el Estado de Argentina de conformidad con sus obligaciones internacionales se encuentra obligado a atender la decisión del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU, que determinó que la detención de la señora Sala es arbitraria, llamando a su liberación inmediata”, establece el artículo 45.

Para hacer lugar a la medida cautelar, el organismo afirmó que se cumple el requisito de “urgencia”, en “vista de la prolongación de la detención de Sala” y de la “multiplicidad de sumarios y denuncias y hostigamientos”, que estarían “generando un serio impacto en su persona, inclusive con una autolesión”.

Además, recalcó que “la prisión preventiva es una medida que no debe ser punitiva y, al ser la restricción más severa que se puede imponer al imputado, el Estado debe garantizar que la regla sea la libertad del procesado mientras se resuelva acerca de su responsabilidad penal”.

El Comité por la Libertad de Milagro Sala aseguró que “a pesar de intentar poner todos los palos en la rueda, formalmente fue el Estado Nacional el que dijo haber invitado a la CIDH a Jujuy, de modo que ahora no puede hacerse los distraídos con esta  resolución”.

 

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