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Audiencia

Juicios abreviados: cuando el juez decide decir “no”

Los acuerdos abreviados son la herramienta estrella del nuevo sistema procesal penal.


Los acuerdos abreviados son la herramienta estrella del nuevo sistema procesal penal.

Muchas de las causas que se persiguen penalmente finalizan con la implementación de un juicio abreviado donde la Fiscalía y la defensa negocian sobre el encuadre legal y la pena a imponer. A ello se suma el consentimiento expreso que el imputado debe otorgar en la audiencia de homologación. Pero la palabra final la tiene el juez y eso mismo quedó demostrado ayer cuando, en una audiencia, el magistrado destacó una incongruencia entre el hecho y la calificación penal elegida para un policía acusado de amenazar a testigos de un homicidio en el que participó su cuñado. Lo que implicó un retroceso de las partes que, finalmente, pidieron la suspensión de la audiencia cuando palparon la posibilidad de que el imputado terminara tras las rejas, ya que contaba con una condena previa, condicional, por encubrir ese mismo crimen.

El Gordo Moche fue asesinado el 27 de julio de 2015. Hacía poco que había recuperado la libertad y se mudó a una precaria vivienda en Bogotá y Santiago de Granadero Baigorria. Esa madrugada se encontró con dos muchachos, con uno de los cuales –Fabián V.– tenía una vieja rivalidad y afloraron las trompadas. La situación se terminó de desbandar cuando en escena apareció Oscar “Tucu” V. y la víctima recibió varias puñaladas: una de ellas fue directo al corazón y, a pesar de las heridas, eludió a sus agresores para escapar en moto. Igual, cerca fue alcanzado por los atacantes, quienes le incendiaron el rodado. Orlando Darío “Gordo Moche” Ferreyra quedó tendido en el suelo y fue auxiliado por su padre, aunque no sobrevivió.

Poco después arribó un móvil del Comando Radioeléctrico. Uno de sus ocupantes era Brian González, cuñado de Oscar “Tucu” V., a quien escoltó hasta su casa ubicada a los pocos metros y ayudó a salir luego del barrio. Por este hecho González fue imputado y en abril pasado firmó un abreviado al que arribaron el fiscal Adrián Spelta y el defensor José Luis Abichain Zuain por encubrimiento doblemente agravado –por la gravedad del delito y por su carácter de funcionario público– e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Ese convenio fijó una condena de 1 año y 9 meses de prisión más inhabilitación especial por el tiempo de ley que homologó el juez Juan Donnola.

Aunque otra investigación fiscal, a cargo de Karina Bartocci, quedó en el tintero. Se trata de las amenazas coactivas que el uniformado profirió –según la acusación– contra al menos dos testigos a los que paraba en la calle mientras estaba uniformado y, luego de palparlos, les decía: “Si hablás sos boleta”; o les aconsejaba que no declaren, de acuerdo con las denuncias.

Bartocci y Abichain Zuain presentaron un nuevo abreviado por estos amedrentamientos, en el que encuadraron los hechos en el delito de amenazas simples y solicitaron se revocara la sentencia del primer abreviado, se compusiera la pena y se unificara todo en 1 año y 9 meses de prisión en suspenso e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por un año.

Pero el juez Luis María Caterina advirtió la variación en la calificación legal de amenazas coactivas a simples y solicitó que le fundamentaran ese cambio. Las explicaciones fiscales no convencieron al magistrado, quien refirió que de los dichos de los testigos surgía que se trata de amenazas coactivas y explicó que los acuerdos deben tener una racionalidad entre los hechos y el derecho que se invoca, sobre todo cuando se trata de un funcionario público: hizo la observación en base a la facultad que le otorga el código de procedimiento, lo que derivó en un cuarto intermedio.

Al retorno las partes plantearon un nuevo acuerdo con base en el mínimo de la escala penal para el delito de amenazas coactivas y requirieron 2 años de prisión en suspenso, aunque apareció un nuevo escollo. Como ya existe una condena anterior, que al sumarse a esta nueva sentencia se transforma en una pena efectiva, solicitaron la revocación del abreviado previo y la composición de la pena. A lo que el juez requirió que se determinara cuál es esa composición y la pena definitiva acordada, por lo que las partes prefirieron solicitar la suspensión de la audiencia para evitar un perjuicio al imputado. En cuanto al resto, a las dos semanas del homicidio se presentó ante la Justicia Oscar “Tucu” V., mientras que Fabián V. fue detenido en un hospital donde ingresó herido. Ambos siguen detenidos.

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