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Final: Legislatura eyectó a Marcelo Sain del sillón de jefe del Organismo de Investigaciones

Por 50 votos contra 13, diputados y senadores se sacaron de encima a un actor incómodo entre las instituciones provinciales, quien termina fuera de los poderes locales como consecuencia de su manera de hacer política y por sus magros resultados en la gestión de la seguridad


El titular del Organismo de Investigaciones Marcelo Sain fue destituido en la tarde de este jueves de su cargo en una sesión conjunta de la Legislatura, que también le aplicó una inhabilitación de diez años, luego de que un dictamen mayoritario lo recomendara este miércoles en la comisión de Acuerdos. Así, el ex ministro de Seguridad de Omar Perotti deberá dejar su cargo, pese a que en forma paralela hay recursos que tramitan ante la Justicia laboral. La votación resultó, tal como se preveía, cómoda para su eyección como jefe de la policía judicial del Ministerio Público de la Acusación: 38 diputados le bajaron el pulgar y sólo 9 lo subieron; mientras que entre los senadores fueron 12 los que sufragaron por su salida y sólo 4 en contra.

Fin del capítulo: Marcelo Sain vuelve a la dirección del Organismo de Investigaciones del MPA

“El resultado está cantado”, había dicho Sain la semana pasada luego de su visita a la Legislatura, donde cargó contra una entente que describió como transversal a los partidos políticos, a la que dijo haber molestado con sus investigaciones, tanto como funcionario de la Fiscalía como funcionario del Ejecutivo, por lo cual esos personajes influyentes decidieron echarlo. Primero con una presentación que quedó en la nada al renunciar como ministro de Seguridad, y ahora con una denuncia del senador radical Lisandro Enrico por incompatibilidad manifiesta: tuitear a favor de un partido político cuando debía guardar las formas exigibles para los funcionarios judiciales.

“El resultado está cantado, porque lo que van a intentar hacer es ir en contra mía”

Cuando se conoció el dictamen de mayoría de la comisión Bicameral de Acuerdos este miércoles, al unísono la Cámara Laboral hizo lugar a un amparo de Sain para que se suspendiera la sesión de hoy: determinó que el rechazo in limine, en primera instancia, de un recurso de Sain no estaba ajustado a derecho, por lo cual derivó la presentación en otro tribunal. Se especuló hasta las 15 de este jueves sobre si la resolución, salvadora o no para el ex ministro, iba a llegar a tiempo, pero no hubo noticias del fallo hasta el momento.

Hay dictamen para destituir a Sain, pero la Justicia le habilitó un amparo

Sain asumió como titular de Seguridad junto con el gobernador Perotti en diciembre de 2019 y con un perfil alto, sólo comparable en territorio santafesino con la actuación que tuvo años atrás el también desplazado jefe de la defensa pública Gabriel Ganón, pronto se ganó demasiados enemigos, dentro y fuera del partido gobernante, en la Justicia, en la Policía y en la Legislatura. Sus dichos le valieron el apodo de “Picante”, luego de que amonestara a un jefe policial vía un audio de whatsapp, una marca de su intervención pública durante el primer año y medio de la gestión peronista.

Marcelo Sain: “El Frente Progresista y la derecha peronista quieren cogobernar la provincia”

La sucesión de escándalos, que escalaron a nivel nacional, y la falta de resultados en la política de seguridad sellaron su suerte en aquel momento, y también la de estos días, cuando la problemática es el tema central de la campaña que desemboca en las elecciones generales de medio término, el próximo 14 de noviembre.

El dictamen

El dictamen de la comisión de Acuerdos, basado en la acusación redactada por Enrico estableció el miércoles los motivos formales por lo cuales se recomendaba el adiós a Sain, la violación el artículo 89 de la Constitución de Santa Fe que dice: “Los miembros del Poder Judicial no pueden actuar de manera alguna en política”.

“En su cuenta de Twitter (Sain), comparte frecuentemente notas o comentarios críticos sobre personajes de la política a los que considera sus enemigos, entre los cuales se encuentra prácticamente todo el arco político a excepción del gobernador”, sostiene y añade: “Con frecuencia las notas o comentarios son retuiteados desde páginas cuya orientación política es ostensible. Normalmente incurre en descalificaciones contra lo que él llama «el bloque tradicional de poder», que no son otros que los representantes votados por el pueblo de Santa Fe”.

“En la portada de su cuenta de Twitter, puede verse una foto de Sain junto al actual gobernador y su ex jefe, Omar Perotti. También a Perotti le dedica empalagosos elogios en otra publicación, lo que contrasta con su supuesta agudeza al criticar al resto de los dirigentes políticos”, evalúa y completa: “Tampoco se priva de compartir mensajes y contenidos de la señora Vicepresidenta de la Nación, Dra. Cristina Fernández de Kirchner”.

“Todo esto, siendo funcionario del Poder Judicial de Santa Fe. Y para que no queden dudas de esa simultaneidad, en su blog personal (https://www.marcelosainblog.com/) se define en estos términos: «Politólogo y Doctor en Ciencias Sociales; Profesor e investigador, UNQ; Director Provincial del Organismo de Investigaciones del Ministerio Público de la Acusación, Provincia de Santa Fe; Peronista»”.

“Los hechos relatados por el senador Enrico, tanto en su pieza introductoria como en su formal requerimiento acusatorio, pueden conglobarse en tres grandes ítems a efectos de su análisis y contrastación con el marco normativo vigente y con los estándares de actuación que cabe exigir al Director Provincial del Organismo de Investigaciones: a) Desplegar conductas que demuestran su intervención directa o indirectamente en política (proselitismo y propaganda art. 212 inc. 1 LOPJ; art. 45 inc. 1 Ley 13.013; art. 9 Ley 13.459; actuación política art. 89 Constitución Provincial de Santa Fe); b) Desplegar conductas públicas que afectan la confianza en la función que cumple en el Ministerio Público de la Acusación (art. 48 inc. 2 Ley 13.013); c) Observar una conducta reprochable que afecta su deber de guardar absoluta reserva de todo lo relativo con sus funciones (art. 213 LOPJ)”.

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