Ciudad

Salud en verde

Dictaron la falta de mérito a jubilado que cultivaba marihuana medicinal

La Justicia consideró que las pruebas no alcanzan para asegurar que se dedicaba a la venta de droga


Pisando los 70 años, Alcides H. buscó alivio en una planta de marihuana. Le habían diagnosticado depresión, lumbalgia y acúfenos, una patología que altera la percepción como si una chicharra sonara sin parar dentro de su cabeza. Para peor, desarrolló una intolerancia gástrica a los medicamentos recetados.

Cansado por falta de sueño y flaco por no tener apetito, el jubilado de la metalúrgica Acindar cultivó cannabis en su casa de Villa Constitución y prendió su primer porro hace cuatro años. El alivio llegó, pero no por mucho tiempo. En 2014, la Policía allanó la casa y secuestró cinco plantas jóvenes de marihuana, un picador y papel de armar, entre otros elementos propios de quien tiene para consumir. En este caso, con fines medicinales. Sin embargo, y basándose en un polémico operativo de vigilancia, la Justicia federal de Rosario entendió que Alcides vendía droga, delito que prevé penas de entre 4 y 15 años detrás de las rejas. Por eso, el juez Marcelo Bailaque lo procesó a fines de 2015.

La semana pasada, la Cámara Federal analizó el caso y dictó la falta de mérito al jubilado. Entendió que no había pruebas suficientes para juzgarlo por comercializar, aunque no lo sobreseyeron todavía.

“Alivio” es la primera palabra que usó ayer Gretel, la hija de Alcides, cuando narró a El Ciudadano lo que parece el final de la historia. Hace años que por el fallo Arriola, originado en Rosario, la Corte Suprema de la Nación declaró inconstitucional la pena por tenencia para consumo personal, es decir, cuando se trata de escasa cantidad y no atenta contra terceros al usarla. Desde entonces y hasta el caso de Alcides, no se registraban procesamientos por consumo personal en la jurisdicción de Rosario.

Lo que el fallo por drogas dejó

El dictamen que calmó a la familia de Alcides está firmado por los jueces de Cámara, José Toledo y Edgardo Bello. En breves fundamentos hicieron lugar a la apelación de la defensa pública que llevó adelante Enrique Comellas y María Belén Pennisi junto con la Asociación Pensamiento Penal (APP) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels). Sobre el delito de comercio, los jueces señalaron que si bien las circunstancias habilitaban la sospecha, no bastan para sostener el juicio.

Tal como publicó en su momento El Ciudadano, la causa empezó en 2014 cuando un grupo de policías de Villa Constitución siguieron “información de calle” que apuntaba a la casa del jubilado como lugar de venta de drogas. La Brigada Operativa Departamental VI, que depende de la Dirección General de Prevención y Control de Adicciones de la Policía santafesina, montó una vigilancia para filmar y fotografiar alguna transacción, prueba del delito de comercio.

Al cuarto día de inspección, un hombre en moto llegó a la casa, se bajó y tocó el timbre. Entonces ocurrió la presunta transacción de dinero por droga en una bolsa que justificó el inicio de la causa. Lo extraño es que los investigadores admitieron que no vieron quién le dio la bolsa al motociclista, según consta en el expediente. Y más dudoso: una vez que el presunto comprador se retiró, no pudieron identificar ni la patente del vehículo. No era una moto de alta cilindrada que pudiera alcanzar gran velocidad, pero la perdieron.

Los uniformados no atraparon al supuesto comprador. La persecución que detalla el expediente sucedió a primera hora de la mañana de un jueves en una ciudad de no más de 50 mil habitantes. La Policía tampoco secuestró la supuesta droga comprada para confirmar la “información de calle”.

Aun así, la Justicia Federal autorizó un allanamiento a la casa del jubilado, donde secuestraron cinco plantas, pero ningún elemento de corte, ni grandes sumas de dinero, ni armas. En cambio, hallaron elementos típicos de un usuario de cannabis: picador, papel de fumar y tijeras. Desde la defensa del jubilado insistieron en que son pruebas de que Alcides no vendía, sino que cultivaba para consumir y atemperar secuelas físicas de sus días como metalúrgico en los hornos de Acindar.

Otro dato es que, según los peritos oficiales, las plantas tenían un bajo nivel de THC, uno de los componentes psicoactivos de la marihuana. No servían para drogarse. “Es un caso patente donde está reflejado el uso terapéutico del cannabis”, opinó el presidente de la Asociación Rosarina de Estudios Culturales (Arec), Pablo Ascolani, quien agregó: “El cannabis en su uso terapéutico tiene efectos positivos en pacientes de distintas patologías. Por un lado, es analgésico para quienes se tratan por cáncer o HIV y también como estimulante del apetito y para disminuir náuseas. Por el otro, se usa para atemperar los síntomas de enfermedades epileptoides, esto es, que llevan a convulsiones”.

Según Ascolani, estos usos fueron estudiados en otras partes del mundo. En varias regiones de Estados Unidos y Europa, hay medicamentos fabricados con cannabis. “Es un analgésico ampliamente legitimado por estudios como efectivo para luchar contra dolores crónicos. Los dolores neuropáticos como el de Alcides, por ejemplo”, completó.

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