Ciudad

Adopción

Denuncian a juez por maltrato

Es contra el magistrado Marcelo Escola, de San Lorenzo, por parte de una pareja oriunda de Bigand que se había quedado con la guarda de un niño de 2 años sin tener el permiso de la Dirección Provincial de Niñez.


El juez de Familia de San Lorenzo Marcelo Escola fue denunciado en la Corte Suprema de Justicia provincial por su actuación en el caso de la restitución de Dani, un niño de 2 años alojado en el hogar rosarino “La casa del sol naciente”, que fue adoptado transitoriamente sin autorización de la Dirección Provincial de Niñez ni del juzgado actuante, por una pareja de Bigand. El magistrado dispuso la guarda preadoptiva a una familia de Rosario, inscripta en el Ruaga, que también se hizo cargo de un hermano mayor de Dani. La comunidad de Bigand salió en defensa de la pareja que se había quedado con el menor y ahora la abogada que la patrocina denunció al juez por “malos tratos”.

La ex jueza y abogada María Esther Venza de Venetucci calificó a Escola como “una persona violenta con el trato”. En rigor, lo acusó de tomar “resoluciones autoritarias” por no escuchar la voluntad de las partes, no ser conciliador y no tener en cuenta el interés superior del niño.

“(La denuncia) la hice por mí, como abogada y como persona, por mis clientes y sobre todo por los menores que no pueden ir a hacer ningún tipo de denuncia. Me siento con la autoridad jurídica, moral y ética para asumir la responsabilidad, porque no quiero que esto siga ocurriendo en mi ciudad, no quiero que la gente siga sufriendo”, manifestó la letrada al portal Síntesis.

En ese sentido, consideró que “un juez de familia debe ser bondadoso, conciliador y tiene que entender que cuando la gente va por un conflicto necesita contención, no que lo maltraten o le griten sin escucharlo”.

Una decisión cuestionada

A mediados de noviembre, el juez Escola determinó que Dani debía ser entregado a una familia rosarina inscripta en el Registro Único Provincial de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (Ruaga), a pesar de que desde hacía un año se encontraba bajo el resguardo de una familia que –según el magistrado– sabía que criarlo era ilegal por varios motivos.

Explicó que el pequeño fue separado en “La casa del sol naciente” de su hermano de 8 años, que “constantemente pregunta por él” y que aún mantiene contacto con el padre biológico que lo visita frecuentemente en el hogar con la esperanza de poder volver a estar juntos.

La decisión del magistrado buscó interrumpir esa suerte de adopción sin sustento legal por parte de la pareja de Bigand, que se acercó a Dani primero a través de paseos y salidas breves hasta que en determinado momento lo llevaron a vivir con ellos.

La pareja tuvo una importante adhesión de vecinos y personalidades públicas de su localidad, que a través de las redes sociales pidieron que Dani siguiera con “su familia de corazón”.

En esa misma línea, se hizo oír la voz del presidente comunal de Bigand, Patricio Erceg, quien explicó que la metodología de salir a pasear con nenes del jardín maternal siempre tuvo el aval de Minoridad y Familia, al tiempo que reveló que hubo algunos casos en los que padres comenzaron con esos paseos y recién obtuvieron la adopción mucho tiempo después.

“La medida del juez Escola no permitió derecho a la defensa. El magistrado salió rápido a los medios porque sabe que cometió un error muy grande y quiso adelantarse a decir cosas que no tienen asidero con la realidad. Estamos desconcertados”, estimó el funcionario.

La contradicción

El hogar permitía que familias, con una autorización de la Dirección Provincial de Niñez, pudieran tener una adopción temporaria y hacerse cargo de los niños. Ello fue confirmado por el propio Erceg, quien expresó que “ahora todo el mundo se vuelve legalista y reglamentarista” luego de revelar que “muchas familias del pueblo adoptaron legalmente chicos con esta metodología”.

La pareja contaba con el aval de la jueza de Casilda, Luz Mariela Álvarez, quien se declaró competente en la causa, aunque finalmente la Cámara de Apelaciones en lo Civil determinó que la competencia de este caso le correspondía al magistrado Escola.

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