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Apelan condena por un crimen

El fiscal de Cámara y la querella contestaron el pedido de la defensa al sostener que en primera instancia se le brindó el adecuado tratamiento a la disminución mental de la acusada, que no le impide la comprensión de la criminalidad del hecho.


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El jueves pasado, el tribunal oral compuesto por los camaristas Adolfo Prunotto Laborde, Alfredo Ivaldi Artacho y Ernesto Pangia presidieron la audiencia de apelación contra las condenas impuestas a un hombre y una mujer por el crimen en ocasión de robo de un octogenario, ocurrido en abril de 2009 en una vivienda de calle Casiano Casas al 1600, en zona norte. Con la ausencia de uno de los acusados, la fiscalía y la querella solicitaron la comparecencia del hombre por la fuerza pública, por lo que el tribunal ordenó la presencia para hoy y en caso contrario se dictará su rebeldía en la causa y la captura correspondiente. Posteriormente, la defensa de la mujer cuestionó la condena impuesta, lo que fue refutado por las otras partes que pidieron la confirmación de la pena.

En abril pasado, el juez Gustavo Salvador condenó a Josefina Villalba, de 40 años y con un leve retraso mental, a la pena de 10 años de prisión domiciliaria al considerarla coautora del homicidio de Isaías Gabriel Retamar. En la misma sentencia impuso a Sergio G. una pena de tres años de prisión por el delito de robo, ya que durante el juicio no se probó que el hombre haya ingresado al domicilio de la víctima, pena que el juez consideró purgada por el tiempo que el hombre estuvo detenido. Pero el jueves, Sergio G. no se presentó a la audiencia por lo que el tribunal oral dispuso su comparecencia para hoy, caso contrario se considerará rebelde en el proceso y se dictará una captura en su contra. Esa ausencia generó que la audiencia respecto a su situación procesal fuera suspendida hasta nuevo aviso.

La defensa de Josefina Villalba, a cargo de Adrián Ruiz y José Ferrara, cuestionó la pena impuesta a la mujer y sostuvo que su clienta tiene un leve retraso mental, que se crió en un hogar pobre, que tuvo meningitis a los 9 años –enfermedad que le hizo perder la capacidad de habla y de caminar– y que tiene un desconocimiento de los soportes culturales. “No sabe el nombre de las calles o el valor del dinero”, ejemplificó Ruiz. Además, el defensor agregó que este robo fue realizado por una banda aceitada donde su clienta tuvo la condena más alta, por lo que se viola el principio de igualdad ante la ley.

El letrado cuestionó algunos testimonios del caso y refirió que si bien Villalba puede ser autora de delitos, puede cometer sólo delitos burdos que no tengan una planificación. “Se trató de una picardía de la banda que supo dejar como responsable a Villalba” afirmó. A la vez, argumentó que no existió dolo por parte de su defendida ya que desde su interpretación no pudo tener conocimiento que su accionar podía ocasionar una muerte, y concluyó pidiendo que se revoque el fallo respecto a la autoría del homicidio en ocasión de robo en cabeza de su cliente y subsidiariamente se revoque la calificación dolosa para el caso de que el tribunal entienda que la mujer fue partícipe del hecho.

A su turno, el fiscal de Cámaras Guillermo Camporini cuestionó uno a uno los puntos fijado por la defensa y sostuvo que si bien la acusada tiene una disminución en su capacidad puede comprender la criminalidad de ciertos hechos delictivos, sostuvo que los testimonios cuestionados no son las únicas pruebas en las que se basó la sentencia y concluyó que la banda que ingresó a robar aprovechó la debilidad de la mujer pero ella fue la que habilitó el ingreso a la casa de Retamar porque era conocida de la víctima y la dejaba ingresar a la vivienda.

Con estos argumentos, el fiscal solicitó la confirmación de la sentencia.

Luego fue el turno de la querella a cargo de Mariano Mascioli, Adriana Lucero y Karina Bartocci, del Centro de Asistencia Judicial (CAJ), quienes sostuvieron que el juez de primera instancia brindó en la sentencia el adecuado tratamiento a la disminución mental que sufre la acusada, retraso que no le impide a la acusada la compresión de la criminalidad del hecho. A ello agregaron que hay otro condenado con una pena mayor –14 años mediante un juicio abreviado– a la impuesta a la acusada y recordaron el testimonio de un hombre que vio salir de la vivienda de la víctima a la mujer con una agujereadora en la mano. Con estos fundamentos, la querella pidió la confirmación de la sentencia.

El decisorio de los camaristas se conocerá dentro de los 20 días hábiles, plazo con el que cuenta el tribunal para emitir un veredicto.

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