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Legislatura

Adhesión a la ley nacional de blanqueo tiene media sanción

El Senado aprobó y giró a diputados el proyecto para que Santa Fe forme parte de la iniciativa que impulsa Nación.


El Senado provincial le dio media sanción ayer a la adhesión de Santa Fe a la ley nacional de blanqueo. El proyecto del senador justicialista Alcides Calvo define las condiciones en las que se podrán exteriorizar en Santa Fe los fondos resultantes del blanqueo que promueve el gobierno nacional a través de la ley 27.260, sancionada por el Congreso y que entró en vigencia el 23 de julio.

La principal novedad es que no se trata de una adhesión lisa y llana a la ley nacional, sino que contempla cargas –y beneficios– de la provincia. Quienes blanqueen bienes por debajo de los 305 mil pesos no tributarán en Santa Fe; a partir de ese monto, deberán pagar un impuesto del 1%, pero hay una excepción: si el 60% –o más– del total blanqueado se reinvierte en la provincia, no se abonará el tributo local. Del dinero que se recaude, se coparticipará el 13% a municipios y comunas y el resto se destinará al Fondo de Infraestructura Vial.

Entre las condiciones para quedar exento del tributo local, aquellos santafesinos que blanqueen su dinero deberán dejarlo al menos cinco años en la provincia y financiar proyectos de infraestructura, inversión productiva, inmobiliaria o en energías renovables; o suscribir o adquirir fondos de inversión destinados a los mismos tipos de proyectos. En cambio, los que declaren sus bienes o recursos pero no los inviertan con esos fines, deberán pagar el impuesto del 1% del total declarado al Estado provincial.

Se especifica además que quienes blanqueen quedarán liberados de toda acción civil y delitos previstos por la ley. Quedan excluidas de la liberación aquellas obligaciones tributarias que estén en proceso de discusión administrativa o judicial. El procedimiento será reservado, ya que se incorporó un artículo que garantiza el secreto fiscal no sólo para la operación de blanqueo sino también para los trámites y consultas previas.

El proyecto de Alcides Calvo –presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado– lleva además las firmas del resto de los senadores justicialistas, del senador capitalino Emilio Jatón y fue votado por unanimidad por el PJ y el Frente Progresista. El Ejecutivo participó también de la redacción final del proyecto que obtuvo media sanción.

El texto pasó a la Cámara de Diputados, donde el radical Julián Galdeano ya había presentado una iniciativa similar pero con tributación local a partir de los 350 mil pesos. Según dijo ayer el senador Calvo, “hay un acuerdo para que el proyecto (de su autoría) sea aprobado tal cual le dimos media sanción”.

El senador del departamento Castellanos explicó además que “en términos generales, se trata de cumplir con un principio que fue dado desde el gobierno nacional y Santa Fe no podía ser la excepción si queremos tener una cierta sintonía. El principal objetivo es estar en concordancia con el gobierno nacional”.

El 31 de octubre, la fecha límite

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), cuyo titular es el funcionario Alberto Abad, recordó que el 31 de octubre es el último día para depositar el efectivo de moneda nacional o extranjera que no se tenga declarado.

Según indicaron en un comunicado, el primer paso para realizar la declaración es gestionar una cuenta especial en cualquier entidad bancaria. Luego se registra el efectivo a declarar, indicando CBU de la cuenta en la cual se depositará el dinero, el monto total y el tipo de moneda. Finalmente, se deberá depositar el dinero en el banco. Se recomienda no esperar a los últimos días.

El dinero declarado puede utilizarse inmediatamente para comprar cualquier bien registrable, como puede ser un vehículo o un inmueble. En caso de no utilizarlo, debe quedar depositado en la cuenta especial por el transcurso de seis meses.

El blanqueo (formalmente llamado Régimen de Sinceramiento Fiscal) establece la declaración voluntaria y excepcional de tenencia de dinero y bienes, en el que se abona un impuesto especial por el reconocimiento de activos en el país y en el exterior. Dicho impuesto puede pagarse hasta el 31 de diciembre al 10 por ciento o bien hasta el 31 de marzo de 2017 al 15 por ciento.

Para facilitar la planificación a los ciudadanos, la Afip cuenta con un simulador al que se puede acceder en http://www.afip.gob.ar/sinceramiento/simulador/default.asp o bien descargarlo a para dispositivos móviles que utilicen los sistemas operativos iOS o Android.

El simulador que se encuentra en la página web de Afip permite calcular el impuesto especial que haya que abonar según los activos a declarar, entre ellos el dinero en efectivo.

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