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Absuelto por el abuso de su hija

El juicio en el que un panadero había sido condenado a 11 años y medio de prisión en noviembre de 2015 fue declarado nulo. Para la Cámara Penal las pruebas fueron insuficientes porque no citaron a declarar a la presunta víctima.


La Cámara Penal de Rosario revocó la condena a 11 años y medio de prisión impuesta a un panadero por el abuso sexual de una de sus hijas. La pena fue establecida en el primer juicio oral y público realizado por este tipo de delitos, en noviembre de 2015. Pero para los jueces Guillermo Llaudet, Georgina Depetris y Daniel Acosta el debate estuvo lleno de irregularidades. La principal fue que se basó en una Cámara Gesell que se hizo un mes antes de la joven cumpliera 18 años. A eso se sumó que no fue citada a declarar, cuando varias veces intentó levantar la denuncia en Fiscalía. Según la defensora Andrea Corvalán, los fiscales nunca quisieron escuchar a la víctima: “Ella vino a la Defensoría tres veces a decir que había mentido. Se llegó a la instancia de juicio, que implica un gran costo para el Estado,   porque los fiscales nunca tuvieron la voluntad de investigar”.

Jorge Daniel P. estuvo preso casi tres años por un delito que, según la Cámara Penal, no cometió. En noviembre de 2015 fue condenado a once años y medio de prisión en el primer juicio oral y público de la Justicia rosarina. En ese momento, el tribunal compuesto por Raquel Cosgaya, Roxana Bernardelli y Juan Carlos Curto lo encontró culpable por los delitos de abuso sexual simple agravado por el vínculo y abuso sexual doblemente agravado por el acceso carnal y por el vínculo cometidos contra su hija cuando tenía 17 años.

Apelación

La pena fue apelada por la defensora Andrea Corvarán, quien desde un primer momento tildó a la investigación de “bochornosa”. Es que, según la teoría desplegada en el debate, la joven mintió en la denuncia bajo la influencia de su suegra para poder irse a vivir con su novio.

Según el fallo de la Cámara Penal, en el juicio no hubo pruebas suficientes para condenar al panadero. La principal evidencia de la Fiscalía fue una Cámara Gesell que se hizo un mes antes de que la chica cumpliera 18 años. Después, no fue citada a declarar y no pudo ser indagada por la defensa ni escuchada por los jueces. Incluso en el debate los familiares declararon que la joven mentía. Los únicos testimonios a favor del abuso fueron los de peritos basados en la medida probatoria realizada un año antes.

De acuerdo con Corvalán, “los fiscales no quisieron investigar y escuchar a la víctima”.  La defensora contó que la joven fue tres veces a Fiscalía a levantar la denuncia, pero nunca se la tomaron. Por eso, dejó su declaración en la defensa pública. Incluso, siempre según esta versión, cuando se realizó el juicio, la Fiscalía entrevistó a la víctima sin la presencia del tribunal y de la defensa. “Fue una medida totalmente irregular porque la instancia probatoria había terminado y no nos dejaron participar. Se hizo a espaldas del Tribunal”.

Para Corvalán la Fiscalía no tuvo la voluntad de escuchar a la protagonista de la denuncia. “Desde la defensa siempre pedimos que la joven declarara en el juicio para escuchar su versión, pero nos rechazaron. Si hubiesen escuchado a la supuesta víctima el Estado se hubiese ahorrado un mes de juicio, con todos los gastos que implican estas instancias”, dijo, y agregó: “Mi defendido estuvo tres años preso cuando era inocente”.

Corrupción de menores: penan a funcionaria judicial de Vera

Tres jueces de la Cámara Penal condenaron a una funcionaria judicial y otras ocho personas en el marco de la causa conocida como “fiestas sexuales vale todo”, incluyendo niñas de 12 años, en la ciudad de Vera. Así los magistrados revocaron una sentencia de primera instancia del juez Nicolás Musse Chemes, quien los había absuelto.

El tribunal integrado por Carlos Renna, Sebastián Creus y Martha Feijoó, además de revocar el fallo, condenó a cada uno de los imputados a penas de seis años y medio de prisión para los varones y siete años para la mujer, que además era la dueña de casa. Se trata de la funcionaria judicial Nilda Sánchez, conocida como Bibi. El fiscal de Cámaras José Antonio Mántaras y la representante del Centro de Asistencia Judicial de Vera, María Agustina Peralta, habían apelado la resolución dictada por el juez Muse Chemes, que absolvió a todos por el “beneficio de la duda”. El fiscal calificó como “una vergüenza” el fallo de Muse Chemes, al “querer justificar una fiesta sexual atento a ser en un ámbito privado”, cuando se trataba de niñas a las que les ofrecieron dineron por sexo.

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